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SGIPYME

Cerrada
PERTE-DI-Línea 4
Ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas como parte del PERTE de Descarbonización Industrial
Se financiarán proyectos tractores que consistirán en uno o varios proyectos primarios destinados a la construcción y puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones industriales o nuevas líneas completas de producción altamente eficientes y descarbonizadas.
Crédito con fondo perdido 80% | 80 %
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 26-09-2024.
Hace 1 mes(es) del cierre de la convocatoria y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, puede que esta información se publique pronto.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Cada uno de los proyectos primarios que compongan un proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayuda detalladas y dentro de cada línea,
únicamente en una de sus tipologías.
1. Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.
a) Proyectos de investigación industrial.
b) Proyectos de desarrollo experimental.
c) Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental.
2 .Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
a) Proyectos de innovación en materia de organización.
b) Proyectos de innovación en materia de procesos.
3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador.
a) Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador.
b) Inversiones destinadas a la captura de carbono emitido en procesos industriales.
4. Inversiones en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.
5. Inversiones para la promoción de la energía proceden... ver más

Cada uno de los proyectos primarios que compongan un proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayuda detalladas y dentro de cada línea,
únicamente en una de sus tipologías.
1. Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.
a) Proyectos de investigación industrial.
b) Proyectos de desarrollo experimental.
c) Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental.
2 .Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
a) Proyectos de innovación en materia de organización.
b) Proyectos de innovación en materia de procesos.
3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador.
a) Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador.
b) Inversiones destinadas a la captura de carbono emitido en procesos industriales.
4. Inversiones en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.
5. Inversiones para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales.
6. Estudios medioambientales. ver menos

Temáticas del proyecto: Actividades Elegibles (Anexo I): 1. Calcinación o sinterización, incluida la peletización, de minerales metálicos, incluido el mineral sulfuroso 2. Producción de hierro o acero (fusión primaria o secundaria), incluidas las correspondientes instalaciones de colada continua de una capacidad superior a 2,5 toneladas por hora 3. Producción o transformación de metales férreos (como ferroaleaciones) cuando se explotan unidades con una capacidad superior a 5 toneladas por hora. La transformación incluye, entre otros elementos, laminadores, recalentadores, hornos de recocido, forjas, fundición, y unidades de recubrimiento y decapado 4. Producción de aluminio primario o alúmina 5. Producción de aluminio secundario cuando se explotan unidades con una capacidad superior a 5 toneladas por hora. 6. Producción o transformación de metales no férreos, incluida la producción de aleaciones, el refinado, el moldeado en fundición, etc., cuando se explotan unidades con una capacidad superior a 5 toneladas por hora. 7. Fabricación de cemento sin pulverizar («clinker») en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 500 toneladas diarias o en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 toneladas por día. 8. Producción de cal o calcinación de dolomita o magnesita en hornos rotatorios o en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 toneladas diarias. 9. Fabricación de vidrio incluida la fibra de vidrio, con una capacidad de fusión superior a 20 toneladas por día. 10. Fabricación de productos cerámicos mediante horneado, en particular de tejas, ladrillos, ladrillos refractarios, azulejos, gres cerámico o porcelanas, con una capacidad de producción superior a 75 toneladas por día. 11. Fabricación de material aislante de lana mineral utilizando cristal, roca o escoria, con una capacidad de fusión superior a 20 toneladas por día. 12. Secado o calcinación del yeso o producción de placas de yeso laminado y otros productos de yeso, con una capacidad de producción de yeso calcinado o yeso secundario secado superior a un total de 20 toneladas diarias. 13. Fabricación de pasta de papel a partir de madera o de otras materias fibrosas. 14. Fabricación de papel o cartón con una capacidad de producción de más de 20 toneladas diarias. 15. Producción de negro de humo, incluida la carbonización de sustancias orgánicas como aceites, alquitranes y residuos de craqueo y destilación, con una capacidad de producción superior a 50 toneladas diarias. 16. Producción de ácido nítrico. 17. Producción de ácido adípico. 18. Producción de ácido de glioxal y ácido glioxílico. 19. Producción de amoníaco. 20. Fabricación de productos químicos orgánicos en bruto mediante craqueo, reformado, oxidación parcial o total, o mediante procesos similares, con una capacidad de producción superior a 100 toneladas por día. 21. Producción de carbonato sódico (Na2CO3) y bicarbonato de sodio (NaHCO3). También se considerará como Actividad Elegible las instalaciones de cualquier sector de la industria manufacturera con una demanda de potencia térmica en todos sus procesos productivos superior a 20MW, independientemente de que la actividad de la instalación pertenezca o no al listado anterior.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Empresas Micro, Pequeña, Mediana, Grande
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño.
Estas sociedades deberán demostrar una experiencia industrial mínima de tres años contados hasta la fecha de solicitud en las actividades o sectores a los que se dirija el proyecto. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad, o bien los accionistas o el equipo directivo, acreditan experiencia en producción industrial comparable en la actividad, o bien en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

2.Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán estar válidamente constituidas y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en España.

3. No podrán tener la condición de beneficiario:
a. Las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como aquellas que tengan pendientes obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas. A estos efectos deberán aportarse, en los términos previstos en los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los correspondientes certificados y declaraciones responsables...
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño.
Estas sociedades deberán demostrar una experiencia industrial mínima de tres años contados hasta la fecha de solicitud en las actividades o sectores a los que se dirija el proyecto. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad, o bien los accionistas o el equipo directivo, acreditan experiencia en producción industrial comparable en la actividad, o bien en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
2.Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán estar válidamente constituidas y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en España.
3. No podrán tener la condición de beneficiario:
a. Las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como aquellas que tengan pendientes obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas. A estos efectos deberán aportarse, en los términos previstos en los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los correspondientes certificados y declaraciones responsables y deberá tenerse en cuenta lo señalado por el artículo 22 bis de dicho Reglamento en cuanto al informe de procedimientos acordados se refiere.
c. Las empresas en crisis, de acuerdo con el artículo 1 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, tal como se definen en su artículo 2.18.
d. Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado interior.
e. Las empresas que incumplan lo dispuesto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: 1. Un proyecto tractor deberá consistir en la puesta en funcionamiento de una nueva instalación industrial altamente eficiente y descarbonizada en la que se realice alguna de las actividades descritas en el anexo I (descritas en el apartado de Líneas Temáticas de esta página de convocatoria). Esta instalación no podrá utilizar combustibles fósiles como fuente de energía ni como materia prima en ninguno de sus procesos, excepto para el arranque de la instalación, para equipos de emergencia o similares.
2. La nueva instalación industrial a la que se refiere el apartado anterior podrá ser:
a) Una nueva planta de producción industrial.
b) Una nueva línea de producción completa en una planta existente. Esta línea de producción deberá integrar todas las etapas y procesos productivos necesarios para obtener los productos finales a partir de materias primas. Si existiesen etapas o procesos productivos, que no puedan separarse de forma técnica o económicamente viable, compartidos entre la nueva línea de producción descarbonizada y las líneas de producción ya existentes, estas etapas o procesos compartidos no podrán utilizar combustibles fósiles. La inversión para su transformación también podrá formar parte del proyecto tractor.
3. Un proyecto tractor contendrá uno o varios proyectos primarios de alguna de las líneas de ayudas y tipologías.
Al menos uno de los proyectos primarios se encuadrará obligatoriamente en la línea de ayudas del artículo 11.4....
1. Un proyecto tractor deberá consistir en la puesta en funcionamiento de una nueva instalación industrial altamente eficiente y descarbonizada en la que se realice alguna de las actividades descritas en el anexo I (descritas en el apartado de Líneas Temáticas de esta página de convocatoria). Esta instalación no podrá utilizar combustibles fósiles como fuente de energía ni como materia prima en ninguno de sus procesos, excepto para el arranque de la instalación, para equipos de emergencia o similares.
2. La nueva instalación industrial a la que se refiere el apartado anterior podrá ser:
a) Una nueva planta de producción industrial.
b) Una nueva línea de producción completa en una planta existente. Esta línea de producción deberá integrar todas las etapas y procesos productivos necesarios para obtener los productos finales a partir de materias primas. Si existiesen etapas o procesos productivos, que no puedan separarse de forma técnica o económicamente viable, compartidos entre la nueva línea de producción descarbonizada y las líneas de producción ya existentes, estas etapas o procesos compartidos no podrán utilizar combustibles fósiles. La inversión para su transformación también podrá formar parte del proyecto tractor.
3. Un proyecto tractor contendrá uno o varios proyectos primarios de alguna de las líneas de ayudas y tipologías.
Al menos uno de los proyectos primarios se encuadrará obligatoriamente en la línea de ayudas del artículo 11.4.a). (a) Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general) El incumplimiento de esta condición dará lugar a la inadmisión de la solicitud.
4. Para poder obtener financiación en esta línea de ayudas un proyecto tractor deberá evitar, al menos, la emisión de 5.000 toneladas de CO2 equivalente anuales. El cálculo de las emisiones evitadas se realizará de acuerdo con el artículo 18.
5. Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. El plazo máximo para realizar las inversiones y gastos se determinará en cada convocatoria, pero en ningún caso se podrá extender más allá del 31 de marzo de 2026.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 7:. El diseño final está prácticamente completo. El prototipo se prueba en un entorno operativo real y se abordan adecuadamente todas las cuestiones críticas de escalado para demostrar su rendimiento. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Crédito con fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Crédito máximo:
0% 25% 50% 75% 100%

FIJO + 2.99 % 36 M de carencia Amort. 10 años

Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán tener la forma de subvención, de préstamo reembolsable o una combinación de ambas. Durante la instrucción del procedimiento y previo a su resolución, se podrá reconfigurar de oficio la estructura del préstamos y subvención, previa audiencia y aceptación de los solicitantes conforme con el procedimiento regulado en el artículo 30 de la orden de bases, sin superar, en ningún caso, la ayuda total máxima solicitada y respetando los límites establecidos en el artículo 13 de la orden de bases. En su solicitud, las entidades podrán seleccionar en qué forman solicitan la ayuda. La convocatoria tiene un presupuesto de noventa millones (90.000.000) de euros en forma de subvención y de cincuenta millones (50.000.000) de euros en forma de préstamos.
La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable. Según los tipos de proyectos, las intensidades de subvención bruta máxima, considerando la suma de la subvención más la subvención bruta equivalente del préstamo, por proyectos y primario y entidad beneficiaria serán los siguientes:
- Proyectos de investigación industrial: (No Pyme: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-e...
Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán tener la forma de subvención, de préstamo reembolsable o una combinación de ambas. Durante la instrucción del procedimiento y previo a su resolución, se podrá reconfigurar de oficio la estructura del préstamos y subvención, previa audiencia y aceptación de los solicitantes conforme con el procedimiento regulado en el artículo 30 de la orden de bases, sin superar, en ningún caso, la ayuda total máxima solicitada y respetando los límites establecidos en el artículo 13 de la orden de bases. En su solicitud, las entidades podrán seleccionar en qué forman solicitan la ayuda. La convocatoria tiene un presupuesto de noventa millones (90.000.000) de euros en forma de subvención y de cincuenta millones (50.000.000) de euros en forma de préstamos.
La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable. Según los tipos de proyectos, las intensidades de subvención bruta máxima, considerando la suma de la subvención más la subvención bruta equivalente del préstamo, por proyectos y primario y entidad beneficiaria serán los siguientes:
- Proyectos de investigación industrial: (No Pyme: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 70% del gasto subvencionable del proyecto)
- Proyectos de desarrollo experimental: (No Pyme: Hasta el 25% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 35% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 45% del gasto subvencionable del proyecto)
- Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental: (No Pyme: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 70% del gasto subvencionable del proyecto)
- Proyectos de protección del medio ambiente y descarbonización industrial: (No Pyme: Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto)
- Proyectos de protección del medio ambiente y descarbonización industrial: proyectos de captura de carbono: (No Pyme: Hasta el 30% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto)
- Eficiencia energética: (No Pyme: Hasta el 30% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto)
- Proyectos de promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía: producción de energía renovable, incluida la cogeneración y de hidrógeno renovable: (No Pyme: Hasta el 45% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 55% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 65% del gasto subvencionable del proyecto)
- Proyectos de promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía: resto de inversiones, incluido el almacenamiento de energía: (No Pyme: Hasta el 30% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 40% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 50% del gasto subvencionable del proyecto)
- Proyectos de estudios medioambientales: (No Pyme: Hasta el 60% del gasto subvencionable del proyecto) - (Mediana Empresa: Hasta el 70% del gasto subvencionable del proyecto) - (Pequeña y micro-empresa: Hasta el 80% del gasto subvencionable del proyecto)
CUANTÍA DE LA AYUDA:
El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto tractor será de diez millones de euros (10.000.000 €)
A la cuantía de las subvenciones concedidas, entendida como la suma de la subvención y la subvención bruta equivalente del préstamo concedido, se aplican los siguientes límites máximos
1. Para los proyectos primarios de investigación y desarrollo:
i. Si se trata de un proyecto predominantemente de investigación industrial: 35.000.000 €
ii. Si se trata de un proyecto predominantemente de desarrollo experimental: 25.000.000€
iii. Ayudas para estudios de viabilidad previos a las actividades de investigación: 8.250.000€
2. Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos: 12.500.000€.
3. Para los proyectos de inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador:
i. En general, 30.000.000€
ii. Para infraestructura específica y almacenamiento de energía: 25.000.000€
4. Para los proyectos de eficiencia energética: 30.000.000€
5. Para los proyectos de promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo:
i. Para proyectos de generación de energía eléctrica para autoconsumo que no incluyan una instalación de almacenamiento, excepto proyectos de cogeneración de energía eléctrica y térmica: 1.000.000€.
ii. Para el resto de proyectos: 5.000.000€ de euros por proyecto.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
Exige Garantías
Cuando las ayudas propuestas combinen préstamo y subvención, deberán presentarse resguardos de constitución de garantías separados para cada modalidad de ayuda.
a) Ayuda en forma de subvención. El importe por el que debe constituirse la garantía, el porcentaje de garantía exigido será:
– del 30 % de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera satisfactoria;
– del 20 % de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera buena;
– del 10 % de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera excelente.
b) Ayuda en forma de préstamo. En función de la calificación financiera de la entidad propuesta como beneficiaria, el porcentaje de garantía exigido será:
– del 20 % de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera satisfactoria;
– del 15 % de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera buena;
– del 10 % de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera excelente.
Cuando las ayudas propuestas combinen préstamo y subvención, deberán presentarse resguardos de constitución de garantías separados para cada modalidad de ayuda.
a) Ayuda en forma de subvención. El importe por el que debe constituirse la garantía, el porcentaje de garantía exigido será:
– del 30 % de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera satisfactoria;
– del 20 % de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera buena;
– del 10 % de la ayuda propuesta en forma de subvención para entidades con calificación financiera excelente.
b) Ayuda en forma de préstamo. En función de la calificación financiera de la entidad propuesta como beneficiaria, el porcentaje de garantía exigido será:
– del 20 % de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera satisfactoria;
– del 15 % de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera buena;
– del 10 % de la ayuda propuesta en forma de préstamo para entidades con calificación financiera excelente.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info