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RENOCICLA Perte Economia Circular
RENOCICLA Perte Economia Circular: Ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables
Las ayudas IDAE del Programa Renocicla 2025 están dirigidas a fomentar la economía circular en el ámbito de los bienes de equipo relacionados con las energías renovables. Estas inversiones se orientan a proyectos de reciclaje, reutilización, preparación para la reutilización y/o segunda vida de dichos equipos, así como a iniciativas de innovación en su ecodiseño.
Sólo fondo perdido 70%
Nacional
Estos datos no son definitivos y pueden estar sujetos a cambios.
Convocatoria Cerrada, se espera que reabra en September Esta línea abrirá próximamente, el inicio de convocatoria será en el próximo mes de September.
Esta ayuda tiene 1 convocatoria(s) más que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Serán subvencionables las actuaciones incluidas en los siguientes programas y subprogramas según el bien de equipo de energía renovable:

a) Programa 1: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de bienes de equipo para energías renovables*
– Subprograma 1.1.: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de paneles solares fotovoltaicos. La instalación deberá valorizar un porcentaje superior al 85 % en peso y preparará para la reutilización y reciclará un porcentaje superior al 80 % en peso, en ambas actividades, en su caso.
– Subprograma 1.2.: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de palas de aerogeneradores. La instalación de reciclaje, en su caso, deberá recuperar al menos el 65 % en peso de las palas y/u otros materiales compuestos de los aerogeneradores y transformarlos en materias primas secundarias.
– Subprograma 1.3.: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de baterías. La instalación de reciclaje, en su caso, deberá reciclar un porcentaje superior al 65 % en peso de las pilas y acumuladores.
* Las actuaciones descritas en los subprogramas de este Programa 1 contribuirán de manera directa a la recogida de datos para los s... ver más

Serán subvencionables las actuaciones incluidas en los siguientes programas y subprogramas según el bien de equipo de energía renovable:

a) Programa 1: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de bienes de equipo para energías renovables*
– Subprograma 1.1.: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de paneles solares fotovoltaicos. La instalación deberá valorizar un porcentaje superior al 85 % en peso y preparará para la reutilización y reciclará un porcentaje superior al 80 % en peso, en ambas actividades, en su caso.
– Subprograma 1.2.: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de palas de aerogeneradores. La instalación de reciclaje, en su caso, deberá recuperar al menos el 65 % en peso de las palas y/u otros materiales compuestos de los aerogeneradores y transformarlos en materias primas secundarias.
– Subprograma 1.3.: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de baterías. La instalación de reciclaje, en su caso, deberá reciclar un porcentaje superior al 65 % en peso de las pilas y acumuladores.
* Las actuaciones descritas en los subprogramas de este Programa 1 contribuirán de manera directa a la recogida de datos para los siguientes indicadores del Plan de Vigilancia Ambiental del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima: «Tasa de valorización material (incluyendo reciclado) de residuos de Paneles solares (aparatos eléctricos y electrónicos)»; «Tasa de valorización material (incluyendo reciclado) de residuos de aerogeneradores (palas y/u otros materiales compuestos)»; «Tasa de valorización material (incluyendo reciclado) de residuos de almacenamiento (baterías)» y «Contribución a la Economía Circular»

b) Programa 2: Proyectos de innovación en el ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables.
1. Proyectos de investigación industrial:
Se centran en adquirir nuevos conocimientos para crear o mejorar bienes de equipo o procesos de fabricación, orientados al ecodiseño en energías renovables. Pueden incluir la creación de prototipos o líneas piloto en entornos de laboratorio o simulados.
2. Proyectos de desarrollo experimental:
Buscan aplicar conocimientos existentes para desarrollar o mejorar bienes de equipo o procesos de fabricación relacionados con el ecodiseño en renovables. Incluyen la creación y validación de prototipos o proyectos piloto en condiciones reales, siempre que impliquen avances técnicos significativos.
3. Estudios de viabilidad:
Analizan el potencial de un proyecto para ayudar a tomar decisiones, evaluando sus fortalezas, debilidades, oportunidades, riesgos y recursos necesarios, con el fin de estimar sus posibilidades de éxito. ver menos

Temáticas del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 2 temáticas.

1. Programa 1: Instalaciones de reciclaje y/o segunda vida de bienes de equipo para energías renovables.

2. Programa 2. Proyectos de innovación en el ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
1. Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden de bases cualesquiera personas jurídicas, legal y válidamente constituidas en la Unión Europea, y debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuyos accionistas, socios o partícipes mayoritarios sean personas físicas y/o jurídicas de naturaleza privada, y que cumplan todos los requisitos exigidos por esta orden de bases, las respectivas convocatorias y las resoluciones de concesión.
No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las agrupaciones que no dispongan de personalidad jurídica propia.
*Las actividades objeto de estas ayudas deberán desarrollarse dentro del ámbitom territorial del Estado español.
2. De acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se consideran asimismo entidades beneficiarias a los miembros asociados de la persona jurídica beneficiaria con los que la persona jurídica beneficiaria mantenga una relación o vínculo de carácter jurídico no contractual, que se encuentre recogido en sus estatutos, en escritura pública o en documento análogo de constitución. En estos casos, no tendrán la consideración de subcontrataciones aplicándose la condición de entidad beneficiaria a estos miembros asociados.
3. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas:
a) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la defini...
1. Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden de bases cualesquiera personas jurídicas, legal y válidamente constituidas en la Unión Europea, y debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuyos accionistas, socios o partícipes mayoritarios sean personas físicas y/o jurídicas de naturaleza privada, y que cumplan todos los requisitos exigidos por esta orden de bases, las respectivas convocatorias y las resoluciones de concesión.
No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las agrupaciones que no dispongan de personalidad jurídica propia.
*Las actividades objeto de estas ayudas deberán desarrollarse dentro del ámbitom territorial del Estado español.
2. De acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se consideran asimismo entidades beneficiarias a los miembros asociados de la persona jurídica beneficiaria con los que la persona jurídica beneficiaria mantenga una relación o vínculo de carácter jurídico no contractual, que se encuentre recogido en sus estatutos, en escritura pública o en documento análogo de constitución. En estos casos, no tendrán la consideración de subcontrataciones aplicándose la condición de entidad beneficiaria a estos miembros asociados.
3. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas:
a) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que se realiza en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).
b) Haber sido condenados, como autores o como cómplices, mediante sentencia firme por la comisión de delito de los comprendidos en el capítulo III, del título XVI, libro II del Código Penal, en el plazo de cinco (5) años anteriores a la fecha de la convocatoria que se regula en esta orden.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Los activos materiales e inmateriales deberán:
a) Utilizarse exclusivamente al proyecto objeto de la ayuda.
b) Ser amortizables, en los términos contemplados por la normativa contable de aplicación.
c) Adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador, salvo cuando ello no fuera posible, en cuyo caso esta circunstancia deberá quedar suficientemente acreditada.
d) Incluirse en los activos de la entidad beneficiaria

Requisitos específicos adicionales para el Programa 1
i. Subprograma 1.1: El porcentaje en peso de valorización y el porcentaje en peso de preparación para la reutilización y reciclaje de los paneles solares fotovoltaicos deben ser superiores al 85 % y al 80 %, respectivamente, para poder considerarse como actuación subvencionable.
ii. Subprograma 1.2: El porcentaje de recuperación en peso y transformación en materias primas secundarias debe ser superior al 65 % para las palas de aerogeneradores y/u otros componentes del aerogenerador que utilicen materiales compuestos, para que la actuación pueda considerarse como actuación subvencionable.
iii. Subprograma 1.3: El porcentaje de reciclaje de las baterías debe ser superior al 65 % para poder considerarse como actuación subvencionable.
iv. Estos porcentajes, que deben cumplirse dependiendo del subprograma al que se presenten, serán un compromiso asumido por el solicitante de las ayudas mediante modelo o declaración re...
Los activos materiales e inmateriales deberán:
a) Utilizarse exclusivamente al proyecto objeto de la ayuda.
b) Ser amortizables, en los términos contemplados por la normativa contable de aplicación.
c) Adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador, salvo cuando ello no fuera posible, en cuyo caso esta circunstancia deberá quedar suficientemente acreditada.
d) Incluirse en los activos de la entidad beneficiaria
Requisitos específicos adicionales para el Programa 1
i. Subprograma 1.1: El porcentaje en peso de valorización y el porcentaje en peso de preparación para la reutilización y reciclaje de los paneles solares fotovoltaicos deben ser superiores al 85 % y al 80 %, respectivamente, para poder considerarse como actuación subvencionable.
ii. Subprograma 1.2: El porcentaje de recuperación en peso y transformación en materias primas secundarias debe ser superior al 65 % para las palas de aerogeneradores y/u otros componentes del aerogenerador que utilicen materiales compuestos, para que la actuación pueda considerarse como actuación subvencionable.
iii. Subprograma 1.3: El porcentaje de reciclaje de las baterías debe ser superior al 65 % para poder considerarse como actuación subvencionable.
iv. Estos porcentajes, que deben cumplirse dependiendo del subprograma al que se presenten, serán un compromiso asumido por el solicitante de las ayudas mediante modelo o declaración responsable, según se detalle en la convocatoria, sin perjuicio de la acreditación posterior en la fase de justificación de la ayuda, en los términos contemplados en la convocatoria.
v. No serán subvencionables aquellas instalaciones de reciclaje con una capacidad anual de tratamiento inferior a 1.000 t/año.
vi. No serán subvencionables aquellas instalaciones con una capacidad anual de tratamiento, específicamente destinado para la reutilización y segunda vida de los bienes de equipo renovables procesados objeto de ayuda inferior a 1.000 t/año.
vii. Se deberá garantizar que los bienes de equipo procesados para su reutilización y segunda vida cuenten con una garantía mínima de 1 año.
Requisitos específicos adicionales para el Programa 2
i. Solo será subvencionables actuaciones dirigidas a proyectos de innovación de ecodiseño de bienes de equipos de energía renovables, de acuerdo con su definición y limitaciones contempladas. Este requisito será un compromiso asumido por el solicitante de las ayudas mediante modelo o declaración responsable, según se detalle en la convocatoria, sin perjuicio de la acreditación posterior en la fase de justificación de la ayuda, en los términos contemplados en el artículo 6 de estas bases reguladoras y en la convocatoria.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Obra civil.
Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: Las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto. Dentro del concepto de obra civil se consideran incluidas las instalaciones de calefacción, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 6:. Se cuenta con prototipos piloto capaces de desarrollar todas las funciones necesarias dentro de un sistema determinado, habiendo superado pruebas de factibilidad en condiciones de operación o funcionamiento real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

INTENSIDAD DE AYUDA
Programa 1: Con carácter general, 40% del coste subvencionable del proyecto, que podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales para pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales para medianas empresas. La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales en el caso de las inversiones ubicadas en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra a), del Tratado, y en 5 puntos porcentuales en el caso de las ubicadas en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado. b).
Programa 2:
- El 50% de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
- El 25% de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
- El 50% de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
* Las intensidades de ayuda para la investigación industrial, el desarrollo experimental y estudios de viabilidad podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de medianas empresas y en 20 puntos porcentuales si se trata de pequeñas empresas.
PRESUPUESTO
Para las actuaciones del Programa 1: Importe de ayuda máximo de 30 millones de euros por empresa y por proyecto de inversión.
Para las actuaciones del Programa 2 relativas a investigación industrial: Importe de ayuda máximo de 35 millones de euros por empresa y por proyecto.
Para las actuaciones del Programa 2 relativas a desarrollo experimental: Importe de ayu...
INTENSIDAD DE AYUDA
Programa 1: Con carácter general, 40% del coste subvencionable del proyecto, que podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales para pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales para medianas empresas. La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales en el caso de las inversiones ubicadas en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra a), del Tratado, y en 5 puntos porcentuales en el caso de las ubicadas en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado. b).
Programa 2:
- El 50% de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
- El 25% de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
- El 50% de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
* Las intensidades de ayuda para la investigación industrial, el desarrollo experimental y estudios de viabilidad podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de medianas empresas y en 20 puntos porcentuales si se trata de pequeñas empresas.
PRESUPUESTO
Para las actuaciones del Programa 1: Importe de ayuda máximo de 30 millones de euros por empresa y por proyecto de inversión.
Para las actuaciones del Programa 2 relativas a investigación industrial: Importe de ayuda máximo de 35 millones de euros por empresa y por proyecto.
Para las actuaciones del Programa 2 relativas a desarrollo experimental: Importe de ayuda máximo de 25 millones de euros por empresa y por proyecto.
Para las actuaciones del Programa 2 relativas a estudios de viabilidad: Importe de ayuda máximo de 8,25 millones de euros por estudio.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
Exige Garantías en la solicitud
1. Procederá la constitución de garantías para la participación en las convocatorias, las cuales asegurarán que los proyectos a los que se les conceda una ayuda se ejecutan en los términos que se establezcan en la convocatoria y bases reguladoras. Así mismo, procederá la constitución de garantías para solicitar el pago anticipado de la subvención.
2. Las garantías deberán ser constituidas por el beneficiario, a disposición del IDAE.
1. Procederá la constitución de garantías para la participación en las convocatorias, las cuales asegurarán que los proyectos a los que se les conceda una ayuda se ejecutan en los términos que se establezcan en la convocatoria y bases reguladoras. Así mismo, procederá la constitución de garantías para solicitar el pago anticipado de la subvención.
2. Las garantías deberán ser constituidas por el beneficiario, a disposición del IDAE.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info
RENOCICLA Perte Economia Circular Ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables
Serán subvencionables las actuaciones incluidas en los siguientes programas y subprogramas según el bien de equipo de energía renovable:...
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