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ICO

Abierta
Línea ICO MRR Verde
Línea ICO MRR Verde: Dinamizar la transición verde
Esta Línea financia proyectos de empresas de todos los tamaños y de hogares con el objetivo de dinamizar la transición verde. Los préstamos se podrán destinar, entre otras finalidades, al desarrollo de proyectos de transporte sostenible, eficiencia energética, energías renovables, descarbonización de la industria, gestión del agua, economía circular y adaptación al cambio climático.
Crédito con tipo de interes | 100 %
Nacional
Esta convocatoria está abierta La Convocatoria finaliza el 01-06-2026.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

La Línea proporcionará préstamos para la realización de proyectos de inversión viables y sostenibles por parte del sector privado, prestando especial atención a los autónomos y pymes. Está enmarcada en el Componente 13.16 del Plan, Impulso a la Pyme, y tiene como objetivo contribuir a dinamizar la transición hacia una economía climáticamente neutra en los ámbitos de la eficiencia energética, la producción de energía renovable, el transporte sostenible y la descarbonización industrial.
Las inversiones financiables deberán enmarcarse en alguno de los campos de intervención del Anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con un coeficiente para el cálculo de la ayuda de los objetivos climáticos del 40% o del 100%.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Autónomos y Empresas privadas, con independencia de su tamaño, y sector de actividad, que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos.
Hogares, entendiendo por estos a particulares que no soliciten financiación para el ejercicio de una actividad económica.
En caso de que figuren varias personas, físicas o jurídicas, como titulares de la financiación, todos ellos deberán cumplir con todas las condiciones exigidas.
Autónomos y Empresas privadas, con independencia de su tamaño, y sector de actividad, que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos.
Hogares, entendiendo por estos a particulares que no soliciten financiación para el ejercicio de una actividad económica.
En caso de que figuren varias personas, físicas o jurídicas, como titulares de la financiación, todos ellos deberán cumplir con todas las condiciones exigidas.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Proyectos de inversión realizados en España o en el exterior, siempre que exista un interés español. No serán financiables las necesidades de capital circulante asociadas al proyecto de inversión.
En el caso de empresas, los proyectos deberán incluirse en cualquiera de los campos de intervención del Anexo VI con una contribución del 40% o 100% del objetivo climático. Se incluirían entre otros: proyectos de energías renovables, proyectos de eficiencia energética, proyectos de transporte limpio, gestión de residuos, etc. A modo de ejemplo, se financiarán instalaciones de placas solares, renovación de maquinaria, renovaciones de edificios o instalaciones que mejoren la eficiencia energética, adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga, etc.
Todos los proyectos deberán cumplir con el principio de No Causar Daño Significativo (DNSH por sus siglas en inglés), tal y como señala el Reglamento UE 2021/241 por el que se establece el MRR (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia).
Las inversiones que se financien han de ser nuevas, considerándose cómo tales aquellas que se hayan iniciado (realizado el primer pago de factura), a partir del 1 de enero del año anterior a la formalización del contrato de financiación con la Entidad Financiera.
Con carácter general, los proyectos de inversión deberán estar completamente realizados en el plazo máximo de 4 años a contar desde la firma del contrato.
Proyectos de inversión realizados en España o en el exterior, siempre que exista un interés español. No serán financiables las necesidades de capital circulante asociadas al proyecto de inversión.
En el caso de empresas, los proyectos deberán incluirse en cualquiera de los campos de intervención del Anexo VI con una contribución del 40% o 100% del objetivo climático. Se incluirían entre otros: proyectos de energías renovables, proyectos de eficiencia energética, proyectos de transporte limpio, gestión de residuos, etc. A modo de ejemplo, se financiarán instalaciones de placas solares, renovación de maquinaria, renovaciones de edificios o instalaciones que mejoren la eficiencia energética, adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga, etc.
Todos los proyectos deberán cumplir con el principio de No Causar Daño Significativo (DNSH por sus siglas en inglés), tal y como señala el Reglamento UE 2021/241 por el que se establece el MRR (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia).
Las inversiones que se financien han de ser nuevas, considerándose cómo tales aquellas que se hayan iniciado (realizado el primer pago de factura), a partir del 1 de enero del año anterior a la formalización del contrato de financiación con la Entidad Financiera.
Con carácter general, los proyectos de inversión deberán estar completamente realizados en el plazo máximo de 4 años a contar desde la firma del contrato.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Crédito con tipo de interes + info
Crédito máximo:
0% 25% 50% 75% 100%

FIJO + 2.3 %

La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo o leasing.
Plazo de amortización y carencia
- 1 año sin carencia o con un año de carencia de principal.
- 2 a 6 años sin carencia de principal o con un año de carencia de principal.
- 7 a 9 años sin carencia de principal o con 1 o 2 años de carencia de principal.
- 10 a 20 años con 1, 2 ó 3 años de carencia de principal.
Si la operación se formaliza a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad Financiera de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación. La Entidad Financiera podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad Financiera puede aplicar a la operación en función de su plazo.
La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial que en su caso aplique la Entidad Financiera más el tipo de interés. La TAE no podrá superar los límites siguientes:
- Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta un margen del 2,30%.
- Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta un margen del 4,00%.
- Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta un margen del 4,30%.
Al tipo fijo o variable la entidad financiera le aplicará un margen en función del riesgo que la empresa o el proyecto...
La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo o leasing.
Plazo de amortización y carencia
- 1 año sin carencia o con un año de carencia de principal.
- 2 a 6 años sin carencia de principal o con un año de carencia de principal.
- 7 a 9 años sin carencia de principal o con 1 o 2 años de carencia de principal.
- 10 a 20 años con 1, 2 ó 3 años de carencia de principal.
Si la operación se formaliza a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad Financiera de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación. La Entidad Financiera podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad Financiera puede aplicar a la operación en función de su plazo.
La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial que en su caso aplique la Entidad Financiera más el tipo de interés. La TAE no podrá superar los límites siguientes:
- Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta un margen del 2,30%.
- Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta un margen del 4,00%.
- Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta un margen del 4,30%.
Al tipo fijo o variable la entidad financiera le aplicará un margen en función del riesgo que la empresa o el proyecto a financiar suponga para el banco. Este margen nunca podrá superar el máximo establecido por ICO.
Comisiones
Podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será como máximo del 1,00% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se podrá aplicar una comisión máxima del 0,50%, en función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización. Ampliar información sobre la cancelación anticipada del préstamo.
En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2,00% sobre el importe indebidamente formalizado.
Adicionalmente, en su caso, la Entidad Financiera podrá acordar con su cliente la aplicación de una comisión de disponibilidad en caso de disposiciones parciales de la financiación del proyecto. A efectos de considerar que no se supera la TAE máxima aplicable al cliente, no se tendrá en cuenta esta comisión de disponibilidad.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
Exige Garantías
La Entidad Financiera podrá solicitar las garantías que considere, de acuerdo con sus políticas y prácticas de admisión y gestión de riesgos, excepto garantías cuyos fondos provengan de la Unión Europea La Entidad Financiera podrá solicitar las garantías que considere, de acuerdo con sus políticas y prácticas de admisión y gestión de riesgos, excepto garantías cuyos fondos provengan de la Unión Europea

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.