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Energía y Economía Circul...
Energía y Economía Circular Turismo: Proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas Canarias
El objeto de estas bases consiste en la financiación de proyectos de entidades del sector privado destinados a la mejora en eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos y de actividades económicas vinculadas al sector turístico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C14.I4).
Sólo fondo perdido 100%
Comunidad autónoma: CANARIAS
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 19-12-2024 hasta el 31-01-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

La presente convocatoria financia las siguientes actuaciones:
a) Proyectos de mejora de eficiencia energética, como: implantación de sensores que permitan la monitorización de los consumos y optimicen los ahorros energéticos, de alimentos y de agua; impulsar la implantación de sistemas de gestión energética, como la certificación según la ISO 50001; el uso de materiales que favorezcan el aislamiento térmico; el uso de tecnologías más eficientes en materia energética; y el uso de elementos exteriores, como sombras o jardines, entre otros, que permitan amortiguar los efectos del cambio climático.
b) Medidas de gestión de residuos: Plan para la segregación de residuos en origen y posterior recogida separada y de equipamiento para la preparación, para la reutilización y reciclado; actuaciones orientadas a la reutilización y reciclado de residuos de la actividad turística.
c) Acciones que fomenten la producción y obtención de suministros locales de proximidad (Km 0).
d) Mejoras en las instalaciones y equipos: en materia de iluminación, como el control de presencia, la iluminación de bajo consumo; o en materia de electrodomésticos eficientes; o de instalacione... ver más

La presente convocatoria financia las siguientes actuaciones:
a) Proyectos de mejora de eficiencia energética, como: implantación de sensores que permitan la monitorización de los consumos y optimicen los ahorros energéticos, de alimentos y de agua; impulsar la implantación de sistemas de gestión energética, como la certificación según la ISO 50001; el uso de materiales que favorezcan el aislamiento térmico; el uso de tecnologías más eficientes en materia energética; y el uso de elementos exteriores, como sombras o jardines, entre otros, que permitan amortiguar los efectos del cambio climático.
b) Medidas de gestión de residuos: Plan para la segregación de residuos en origen y posterior recogida separada y de equipamiento para la preparación, para la reutilización y reciclado; actuaciones orientadas a la reutilización y reciclado de residuos de la actividad turística.
c) Acciones que fomenten la producción y obtención de suministros locales de proximidad (Km 0).
d) Mejoras en las instalaciones y equipos: en materia de iluminación, como el control de presencia, la iluminación de bajo consumo; o en materia de electrodomésticos eficientes; o de instalaciones térmicas como el aislamiento de calderas o tuberías; así como intervenciones en terminales de climatización eficiente; sistemas de ventilación eficiente; sustitución de combustibles o calderas de alta eficiencia; almacenamiento térmico y eléctrico; solar térmica para ACS y climatización, solar térmica para piscinas o solar fotovoltaica.
e) Digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios: control integral de todos los sistemas del inmueble; así como, por ejemplo, la optimización del encendido y apagado de equipos para reducir los consumos innecesarios.
f) Concienciación y formación de plantilla y sensibilización de clientes respecto a sencillas acciones que repercuten en la eficiencia energética, como temperaturas razonables (ventanas cerradas durante climatización, luces apagadas, persianas bajadas, recambio de toallas y sábanas diario), y formación específica de personal técnico de las plantillas en el uso de las nuevas tecnologías que se incorporen al inmueble. ver menos

Características del participante

Ámbito CANARIAS :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CANARIAS
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que respondan a la descripción de establecimiento turístico recogida en la normativa sectorial, así como otras actividades económicas vinculadas al sector turístico, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y que:

a) Realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
b) Que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o, en su caso, en la Agencia Tributaria Canaria.
c) Que estén dados de alta en el Registro Turístico de Canarias.
d) Y que su actividad esté clasificada bajo alguno de los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) financiables.
Podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que respondan a la descripción de establecimiento turístico recogida en la normativa sectorial, así como otras actividades económicas vinculadas al sector turístico, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y que:
a) Realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
b) Que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o, en su caso, en la Agencia Tributaria Canaria.
c) Que estén dados de alta en el Registro Turístico de Canarias.
d) Y que su actividad esté clasificada bajo alguno de los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) financiables.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 9329, 9321, 9106, 9105, 9104, 9103, 9102, 910, 9004, 8230, 7912, 7911, 7721, 7711, 5629, 5621, 562, 5610, 561, 5590, 559, 5520, 552, 5510, 551. ver más
Condiciones Especiales: Cuidado: Se entenderán como gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, que se destinen a alcanzar el objetivo de mejorar la eficiencia energética y la economía circular en el ámbito turístico, mediante la realización de actividades subvencionables, pero deberán estar realizados con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, salvo en el caso de las actuaciones preparatorias previas que fueran necesarias para establecer y mantener la prestación de servicios, suministro de bienes o la realización de la actividad correspondiente, respecto de las cuales se admitirán gastos con fecha posterior a 1 de enero de 2021.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, conforme a la documentación presentada junto a la solicitud y que fue valorada para su concesión.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como a los órganos de control y fiscalización nacionales o de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actuaciones subvencionadas.
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al benefici...
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, conforme a la documentación presentada junto a la solicitud y que fue valorada para su concesión.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como a los órganos de control y fiscalización nacionales o de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actuaciones subvencionadas.
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso. En particular, la persona beneficiaria deberá llevar un sistema de contabilidad diferenciado de la actividad subvencionada.
g) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.
h) Cumplir con las obligaciones de publicidad establecidas en el artículo 18 de la LGS, respecto a la subvención percibida, sin perjuicio de la obligación de visibilidad y publicidad específica recogida en el apartado 4.2.i) de estas bases.
i) Con el objetivo de contribuir al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados al C14.I4, Submedida 2, del PRTR, se realizará un seguimiento de la actividad subvencionada debiendo presentar el beneficiario, ante el órgano instructor y por medio de la sede electrónica en los diez primeros días del mes de diciembre de la anualidad de la concesión en caso de no haber justificado completamente la subvención, una cuenta justificativa provisional, a cuenta de la liquidación final del proyecto, que comprenda una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas con una relación clasificada del total de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, indicando el importe de los impuestos indirectos por separado, así como una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
j) Una vez completada la inversión, deberá mantenerse/estar en uso turístico la actuación financiada con cargo a esta subvención al menos durante cinco años, contados a partir de la finalización del plazo de justificación.
k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro y, en todo caso, hasta el cierre definitivo del programa, así como retornar el importe del anticipo que se hubiera percibido incrementado en el interés legal que resulte de aplicación, en su caso.
l) Permitir el libre acceso a las dependencias donde se desarrolla la actuación subvencionada y a la documentación relacionada con el proyecto al personal de la Consejería de Turismo y Empleo encargados de su supervisión y control.
m) Cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas autorizaciones administrativas, licencias y permisos en el caso de que las mismas lo requieran.
n) Cumplir las condiciones impuestas en la resolución de concesión o de cualquier normativa de obligado cumplimiento.
o) Dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en la página web de la entidad beneficiaria, especificando las informaciones a las que se refieren los artículos 6 y 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en el supuesto de que la cuantía de la subvención o ayuda percibida sea superior a 60.000,00 euros, o bien igual o superior a 5.000 euros y represente al menos el 30 por 100 del total de los ingresos anuales de la entidad beneficiaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

1. El importe de la financiación a conceder será de un 100% sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable.
2. Las ayudas se concederán por empresa hasta un máximo de 150.000 euros, pudiendo solicitar para uno o más proyectos, siempre que la suma total de las solicitudes no supere esa cantidad, por entidad y dentro de los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo al régimen de minimis.
3. Un mismo beneficiario podrá solicitar financiación para más de un proyecto en distinta o igual categoría siempre y cuando cumpla con la normativa de minimis.
4. En ningún caso se podrán autorizar ampliaciones de plazos para la ejecución de la actuación objeto de ayuda que superen en su cómputo total los dieciocho meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda
1. El importe de la financiación a conceder será de un 100% sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable.
2. Las ayudas se concederán por empresa hasta un máximo de 150.000 euros, pudiendo solicitar para uno o más proyectos, siempre que la suma total de las solicitudes no supere esa cantidad, por entidad y dentro de los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo al régimen de minimis.
3. Un mismo beneficiario podrá solicitar financiación para más de un proyecto en distinta o igual categoría siempre y cuando cumpla con la normativa de minimis.
4. En ningún caso se podrán autorizar ampliaciones de plazos para la ejecución de la actuación objeto de ayuda que superen en su cómputo total los dieciocho meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Energía y Economía Circular Turismo Proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas Canarias
La presente convocatoria financia las siguientes actuaciones: a) Proyectos de mejora de eficiencia energética, como: implantación de sensor...
¡nueva convocatoria abierta! | Desde 19-12-2024 Hasta el 31-01-2025