1. Los proyectos de digitalización deberán contener al menos una de las siguientes actuaciones subvencionables:
a) Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
b) Plataformas colaborativas.
c) Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
d) Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
e) Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.
2. Serán considerados gastos subvencionables los costes de los activos que formen parte del proyecto de digitalización a implementar en el centro de trabajo de la entidad solicitante de la ayuda, siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica desarrollada por la pyme.
Las inversiones en activos materiales e inmateriales estarán relacionadas con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacida...
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1. Los proyectos de digitalización deberán contener al menos una de las siguientes actuaciones subvencionables:
a) Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
b) Plataformas colaborativas.
c) Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
d) Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
e) Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.
2. Serán considerados gastos subvencionables los costes de los activos que formen parte del proyecto de digitalización a implementar en el centro de trabajo de la entidad solicitante de la ayuda, siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica desarrollada por la pyme.
Las inversiones en activos materiales e inmateriales estarán relacionadas con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de producción.
En particular, serán subvencionables los siguientes conceptos de gasto:
a) Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como equipos que, no estando directamente vinculados con la producción, resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado.
b) Adquisición de activos inmateriales como software, así como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad que contribuyan a la ejecución del proyecto.
c) Gastos de consultoría prestados por empresas externas para la implementación efectiva del proyecto de digitalización que se solicita
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