Serán subvencionables las siguientes actuaciones desglosadas por líneas estratégicas:
Línea 1. Competitividad y valorización.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Compra de maquinaria nueva vinculada a los procesos de transformación de productos de origen forestal no alimentarios, así como para los procesos de secado y de otros tratamientos y acabados de la madera.
b) Obras e instalaciones necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de las inversiones objeto de subvención.
Línea 2. Mobiliario, contract y construcción.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Compra de maquinaria nueva vinculada al diseño y fabricación de mobiliario y al diseño y fabricación de elementos para la construcción.
b) Obras e instalaciones necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de las inversiones objeto de subvención.
Línea 3. Digitalización.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Costes de colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica,...
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Serán subvencionables las siguientes actuaciones desglosadas por líneas estratégicas:
Línea 1. Competitividad y valorización.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Compra de maquinaria nueva vinculada a los procesos de transformación de productos de origen forestal no alimentarios, así como para los procesos de secado y de otros tratamientos y acabados de la madera.
b) Obras e instalaciones necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de las inversiones objeto de subvención.
Línea 2. Mobiliario, contract y construcción.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Compra de maquinaria nueva vinculada al diseño y fabricación de mobiliario y al diseño y fabricación de elementos para la construcción.
b) Obras e instalaciones necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de las inversiones objeto de subvención.
Línea 3. Digitalización.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Costes de colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto (diagnóstico, planificación o definición y desarrollo de los servicios previstos). Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normal de la empresa como son servicios rutinarios de asesoría fiscal, servicios jurídicos o de publicidad.
b) Costes asociados a las actuaciones de formación necesarias para la puesta en marcha de las herramientas adquiridas. Será subvencionable como máximo hasta el 10 % del presupuesto total del proyecto.
c) Costes de adquisición de dispositivos tales como sensores, automatismos y equipos de comunicación necesarios para el objeto del proyecto. Solamente serán subvencionables los ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, que sean de uso indispensable como interfaz para captura de datos o configuración de dispositivos. Será subvencionable como máximo hasta el 50 % del presupuesto total del proyecto.
d) Gastos derivados del desarrollo, implantación y puesta en funcionamiento del software relacionado con el proyecto. Se consideran en este epígrafe:
• Costes de suscripción a software: se admitirá como gasto subvencionable el período de suscripción durante el período de ejecución del proyecto. En caso de que el sistema de adquisición supere el plazo de ejecución de la ayuda, el período restante se descontará del gasto subvencionable a prorrata.
• Licencias de software para aplicaciones de empresas del sector forestal-madera que interoperen con las ventanas administrativas de la Xunta de Galicia y para el uso de la solución objeto de las actuaciones realizadas, excluyendo el software de propósito general, por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión/monitorización de redes/sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
Línea 4. Certificaciones, ensayos e informes.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Implantación y certificación de la cadena de custodia de productos forestales, de normativas de calidad y de gestión ambiental.
b) Procesos de certificación de la integración de la variable ambiental en el diseño conforme a la norma ISO 14006, Gestión ambiental-Directrices para la incorporación del ecodiseño, o a la norma UNE-EN ISO 14020, Etiquetas ecológicas y declaraciones ambientales.
c) Informes, servicios, bienes, equipos, tecnologías y obras de acondicionamiento necesarios para la obtención de certificados o sellos de calidad y medioambientales, marcas de garantía registradas, marcas colectivas registradas o implantación del marcado CE de productos de origen forestal y condicionados a la obtención de los mismos dentro del plazo de justificación de la ayuda.
d) Ensayos de caracterización de producto realizados conforme a la normativa oficial por un laboratorio acreditado para la realización del ensayo.
Línea 5. Seguridad y salud en el entorno laboral.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Servicios para la implantación y certificación del estándar ISO 45001 (Gestión de la seguridad y salud en el trabajo-SST).
b) Informes de estado de cada establecimiento, en lo relativo a PCI, tanto desde un enfoque normativo como desde una óptica de adecuación al nivel de riesgo real, realizados por entidades (ingenierías, consultorías) especializadas en la materia.
c) Medidas orientadas a la minimización del riesgo de origen y propagación de incendios. Estas pueden ser tanto ejecutivas (sectorización, protección pasiva, etc.) como operativas (protocolos de actuación, trabajos en caliente, etc.).
Línea 6. Ecoinnovación.
Tendrán la consideración de conceptos de gasto subvencionables los siguientes:
a) Costes de colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, consultoría, ensayos y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto (diagnóstico, planificación o definición y desarrollo de los servicios previstos). Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normal de la empresa como son servicios rutinarios de asesoría fiscal, servicios jurídicos o de publicidad.
b) Costes asociados a las actuaciones de formación necesarias para la puesta en marcha de las soluciones adoptadas. Será subvencionable como máximo hasta el 10 % del presupuesto total del proyecto.
c) Costes de materiales y suministros, con la condición de que deriven directamente del desarrollo del proyecto. Será subvencionable como máximo hasta el 50 % del presupuesto total del proyecto.
d) Costes de suscripción a software. Se admitirá como gasto subvencionable el período de suscripción durante la vigencia de la ayuda. En caso de que el sistema de adquisición supere el plazo de ejecución de la ayuda, el período restante se descontará del gasto subvencionable a prorrata.
e) Costes de adquisición de licencias de software y/o propiedad intelectual o industrial, siempre que sean de uso específico para el desarrollo de las tareas incluidas en el proyecto y no de uso general.
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1. Línea 1. Competitividad y valorización.
2. Línea 2. Mobiliario, contract y construcción.
3. Línea 3. Digitalización.
4. Línea 4. Certificaciones, ensayos e informes.
5. Línea 5. Seguridad y salud en el entorno laboral.
6. Línea 6. Ecoinnovación.
Características del participante
Características del Proyecto
Características de la financiación
Información adicional de la convocatoria
Otras ventajas