Descripción del proyecto
ESTE PROYECTO DE INVESTIGACION ES CONTINUACION DE OTRO COORDINADO ENTRE LAS UNIVERSIDADES DE NAVARRA, PAIS VASCO Y EXTREMADURA (2013-2015) QUE VERSO SOBRE COORDINACION FISCAL DESDE LA PERSPECTIVA DEL ORDENAMIENTO COMUN Y FORAL, ENTRE LAS CONCLUSIONES MAS RELEVANTES SE HALLA QUE LA ASIMETRIA PRODUCIDA EN CUANTO A LA RESIDENCIA FISCAL COMO PUNTO DE CONEXION CON UN DETERMINADO PODER TRIBUTARIO CONSTITUYE UNA POTENCIAL FUENTE DE CONFLICTOS, QUE MERECE SER ESTUDIADO CON MAYOR DETENIMIENTOLA PROLIFERACION DE PODERES TRIBUTARIOS UNIDA A LA COMPLEJIDAD DE LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS MODERNOS MOTIVADA POR LA "MOVILIDAD" DE LOS OPERADORES ECONOMICOS, ESTA PRODUCIENDO UN REPLANTEAMIENTO A NIVEL INTERNACIONAL DE LA TRIBUTACION, LAS CONSECUENCIAS QUE SE EXTRAEN DE LA RESIDENCIA FISCAL SON MUCHAS Y VARIADAS, DE SUERTE QUE LA FALTA DE COORDINACION DE ORDENAMIENTOS PUEDE PROVOCAR TANTO SOBREIMPOSICIONES COMO DESFISCALIZACIONES, CADA VEZ, PUES, RESULTA MAS NECESARIO DISEÑAR ESTRUCTURAS JURIDICAS INTERNACIONALES QUE EVITAN TANTO UNAS COSAS COMO OTRAS, ESTRUCTURAS QUE REQUIEREN EL DISEÑO DE FIGURAS TRIBUTARIAS ACORDES CON LOS TIEMPOS ACTUALES, QUE CONTEMPLEN EL SUMINISTRO DE INFORMACION ENTRE LOS DISTINTOS TITULARES DE LOS PODERES TRIBUTARIOS Y QUE PREVEN MECANISMOS INTERNOS E INTERNACIONALES PARA SOLVENTAR LOS CONFLICTOS, DESDE LA PERSPECTIVA DEL PAIS VASCO, A ESA PROBLEMATICA VIENE A SUMARSE LA QUE DERIVA DE LA DELIMITACION DE LOS DENOMINADOS PODERES TRIBUTARIOS FORAL Y COMUN, PLASMADOS EN EL CONCIERTO ECONOMICO, LA PROBLEMATICA RECUERDA VAGAMENTE A LA QUE SE PLANTEA, EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS, EN TERRITORIO COMUN ENTRE LAS DISTINTAS COMUNIDADES AUTONOMAS Y ENTRE ESTAS Y EL ESTADO, LA RESIDENCIA FISCAL SE CONVIERTE EN UNA FUENTE ABUNDANTE DE CONSECUENCIAS TRIBUTARIAS TANTO EN TERRITORIO VASCO COMO EN TERRITORIO NAVARRO, CON EL AÑADIDO DE QUE LA ESTRUCTURA JURIDICO-POLITICA DEL PAIS VASCO ES MAS COMPLEJA, PUES SE RECONOCEN PODERES TRIBUTARIOS DIFERENCIADOS A LA PROPIA COMUNIDAD AUTONOMA Y A CADA UNO DE LOS TRES TERRITORIOS HISTORICOS (ALAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA), EL DISEÑO DE LOS CAMPOS DE JUEGO FISCAL ES, POR TANTO, MAS COMPLICADO Y LAS RELACIONES FISCALES QUE SE TRABAN ENTRE LOS MISMOS SON VARIADAS, LA SINGULARIDAD DERIVADA DEL HECHO DE QUE, EN EL PAIS VASCO, LA MAYOR PARTE DEL PODER TRIBUTARIO ESTE OCUPADO POR CADA UNA DE LAS TRES DIPUTACIONES FORALES, MULTIPLICA LAS CONSECUENCIAS FISCALES DE LA RESIDENCIA FISCAL, PUESTO QUE LAS RELACIONES HORIZONTALES ENTRE LAS TRES DIPUTACIONES FORALES TAMBIEN SON GENERADORAS DE CONSECUENCIAS, NO DEBE OBVIARSE, POR LO DEMAS, AUNQUE EN EL MARCO DE ESTE PROYECTO SU RELEVANCIA ES MENOR, DADO EL EXIGUO ESPACIO TRIBUTARIO QUE LE RESERVA EL ORDENAMIENTO, LOS CONFLICTOS QUE PUEDEN SURGIR DEL PODER TRIBUTARIO RECONOCIDO A LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO EN SI MISMA CONSIDERADA, POR ULTIMO, TAMBIEN SE ANALIZARAN LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA RESIDENCIA FISCAL QUE SE DESPRENDEN DE LA EXISTENCIA DE UN PODER TRIBUTARIO MUNICIPAL VASCO, HOY EN DIA, DICHO PODER TRIBUTARIO ES PARECIDO, EN SUS GRANDES LINEAS, AL QUE TIENEN LOS MUNICIPIOS DE TERRITORIO COMUN, Y, POR TANTO, LA PROBLEMATICA, ACTUALMENTE, ES SEMEJANTE, PERO LO CIERTO ES QUE EL CONCIERTO ECONOMICO ADMITE OTRAS REGULACIONES, QUE, TAL VEZ, TRAS LA APROBACION DEL PROYECTO DE LEY MUNICIPAL DE EUSKADI, ACTUALMENTE TRAMITANDOSE EN EL PARLAMENTO VASCO, SE PONGAN EN PRACTICA, RESIDENCIA FISCAL\COORDINACIÓN\PLANIFICACION FISCAL\BEPS\FISCALIDAD INTERNACIONAL\CONCIERTO ECONÓMICO