Descripción del proyecto
LO FUNDAMENTAL SERIA ESTUDIAR DURANTE 3 AÑOS LA INCIDENCIA DEL BLANQUEO DE DINERO EN LA ECONOMIA Y LA SOCIEDAD DIGITAL DADA LA IMPORTANCIA DE LA CRISIS ECONOMICA QUE PADECEMOS Y LA NECESIDAD DE EVITAR LOS PELIGROS QUE IMPLICA LA UTILIZACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN LA COMISION DEL DELITO DE BLANQUEO, LOS CUALES EXIGEN UNA ACTUALIZACION CONSTANTE DE LAS INVESTIGACIONES, ESTE PROYECTO PRETENDE SER CONTINUACION, PERO ADAPTADA A LOS NUEVOS RETOS QUE SE LE PRESENTAN A LA SOCIEDAD Y A LAS IMPORTANTES REFORMAS DE 2015, DEL OBTENIDO Y EJECUTADO DURANTE LOS AÑOS 2012 A 2014, QUE LLEVABA POR TITULO "EL BLANQUEO DE DINERO, LAS REFORMAS ESPAÑOLAS DE 2010, LA JUSTIFICACION DE SU CASTIGO EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION AVANZADA Y LA POSIBILIDAD DE UN DERECHO PENAL EUROPEO", EN CUYA SOLICITUD YA SE HABIA ADVERTIDO SU FUTURA VOCACION DE CONTINUIDAD, CONCRETAMENTE SE INVESTIGARIA LA UTILIZACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN LA COMISION DEL DELITO DE BLANQUEO DE DINERO, EL ORDEN SOCIOECONOMICO COMO BIEN JURIDICO PROTEGIDO, LAS REFORMAS PENALES DE 2015, TANTO LA NUEVA MODALIDAD DE BLANQUEO DE DINERO CON FINALIDAD TERRORISTA, INTRODUCIDA POR LA LO 2/2015, COMO LA EXPANSION DEL BLANQUEO A LAS ANTIGUAS FALTAS, EL NUEVO MODELO DE RESPONSABILIDAD CRIMINAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS Y LA EXTENSION DEL DECOMISO AMPLIADO AL BLANQUEO, INCORPORADAS POR LA LO 1/2015, LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DIRECTIVA 2015/849, RELATIVA A LA PREVENCION DE LA UTILIZACION DEL SISTEMA FINANCIERO PARA EL BLANQUEO, DE 20 DE MAYO, Y LA NECESARIA ADAPTACION DE LA LEY ESPAÑOLA DE PREVENCION DEL BLANQUEO DE DINERO Y DE SU REGLAMENTO, DE MAYO DE 2014, EL VOLUMEN Y EVOLUCION DEL DELITO, LA APLICACION DE LA NORMATIVA ADMINISTRATIVA Y LA JURISPRUDENCIA HASTA 2018, LA DIRECTIVA DE 2014 SOBRE EL EMBARGO Y DECOMISO DE LOS INSTRUMENTOS Y DEL PRODUCTO DEL DELITO, EL REGLAMENTO 2015/847 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 20 DE MAYO, RELATIVO A LA INFORMACION QUE ACOMPAÑA A LAS TRANSFERENCIAS DE FONDOS, LA CUARTA DIRECTIVA DE 2015, LA JUSTIFICACION DEL CASTIGO DEL BLANQUEO ASI COMO LA POSIBLE EXISTENCIA DE UN DERECHO PENAL EUROPEO, CON ESTE PROYECTO SE PRETENDE TANTO CIMENTAR LAS BASES MISMAS DE UNA FUTURA UNION EUROPEA, DE LA EVOLUCION HACIA UNA COMUNIDAD MAS SOBERANA DOTADA DE UN DERECHO PENAL PROPIO, A CUYO DISEÑO CONTRIBUIRIAMOS, COMO ENCONTRAR LA MEJOR MANERA DE GARANTIZAR LA PERVIVENCIA ACTUAL DE LA UNION EUROPEA, PUES LOS FLUJOS MASIVOS DE DINERO NEGRO, EN LA MEDIDA EN QUE DAÑAN LA ESTABILIDAD Y REPUTACION DEL SISTEMA FINANCIERO, PUEDEN DESTRUIR EL MERCADO UNICO, COMO RECONOCE EL CONSIDERANDO PRIMERO DE LA DIRECTIVA 2005/60/CE, ASPECTOS EN LOS QUE INSISTE LA CUARTA DIRECTIVA, E IGUALMENTE PRETENDEMOS AFRONTAR EL RETO DEL USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN EL BLANQUEO, QUE EXIGE, SEGUN LA DIRECTIVA PUBLICADA EL 5 DE JUNIO DE 2015, "ADAPTACIONES RAPIDAS Y CONTINUAS DEL MARCO JURIDICO" PARA RESPONDER A ESTAS AMENAZAS (CONSIDERANDO 28), BLANQUEO\ECONOMÍA Y SOCIEDAD DIGITAL\REFORMAS DE 2015