Descripción del proyecto
LO FUNDAMENTAL SERIA ESTUDIAR DURANTE 3 AÑOS LA INCIDENCIA DEL BLANQUEO DE DINERO EN LA ECONOMIA, SOCIEDAD Y CULTURA DIGITALES DADA LA IMPORTANCIA DE LA CRISIS ECONOMICA QUE PADECEMOS Y LA NECESIDAD DE EVITAR LOS PELIGROS QUE IMPLICA LA UTILIZACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN LA COMISION DEL DELITO DE BLANQUEO, LOS CUALES EXIGEN UNA ACTUALIZACION CONSTANTE DE LAS INVESTIGACIONES, ESTE PROYECTO PRETENDE SER CONTINUACION, PERO ADAPTADA A LOS NUEVOS RETOS QUE SE LE PRESENTAN A LA SOCIEDAD Y A LAS IMPORTANTES REFORMAS DE 2018, DEL OBTENIDO Y EJECUTADO DURANTE LOS AÑOS 2016 A 2018, QUE LLEVABA POR TITULO "EL BLANQUEO DE DINERO, SU INCIDENCIA EN LA ECONOMIA Y SOCIEDAD DIGITAL, LAS REFORMAS DE 2015, APLICACION DE LAS MODIFICACIONES Y LA POSIBILIDAD DE UN DERECHO PENAL EUROPEO", CONCRETAMENTE SE INVESTIGARIA, DESDE LA PERSPECTIVA PENAL, ADMINISTRATIVA, TRIBUTARIA, CONSTITUCIONAL, ECONOMICA Y ESTADISTICA, LA DIRECTIVA 2018/843, RELATIVA A LA PREVENCION DE LA UTILIZACION DEL SISTEMA FINANCIERO PARA EL BLANQUEO DE CAPITALES O LA FINANCIACION DEL TERRORISMO, DE 30 DE MAYO, Y EL REAL DECRETO-LEY 11/2018, DE 31 DE AGOSTO, DE TRANSPOSICION DE LA DIRECTIVA 2015/849: LA UTILIZACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN LA COMISION DEL DELITO DE BLANQUEO DE DINERO, EL ORDEN SOCIOECONOMICO COMO BIEN JURIDICO PROTEGIDO, LAS NUEVAS TENDENCIAS EN LA FINANCIACION DEL TERRORISMO, LA CORRUPCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS, LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS Y SU TITULARIDAD REAL, LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DIRECTIVA 2018/843 Y LA NECESARIA ADAPTACION DE LA LEY ESPAÑOLA DE PREVENCION DEL BLANQUEO DE DINERO, LA AGRAVACION DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR EL REAL DECRETO-LEY 11/2018, SU REFUERZO DE DILIGENCIA EN LOS PARAISOS FISCALES, LOS FIDEICOMISOS, LOS CANALES DE DENUNCIA Y LA PROTECCION DE DATOS, EL VOLUMEN Y EVOLUCION DEL DELITO ASI COMO LA APLICACION DE LA NORMATIVA ADMINISTRATIVA HASTA 2021, LA JUSTIFICACION DEL CASTIGO DEL BLANQUEO ASI COMO LA POSIBLE EXISTENCIA DE UN DERECHO PENAL EUROPEO, CON ESTE PROYECTO SE PRETENDE TANTO CIMENTAR LAS BASES MISMAS DE UNA FUTURA UNION EUROPEA, DE LA EVOLUCION HACIA UNA COMUNIDAD MAS SOBERANA DOTADA DE UN DERECHO PENAL PROPIO, A CUYO DISEÑO CONTRIBUIRIAMOS, COMO ENCONTRAR LA MEJOR MANERA DE GARANTIZAR LA PERVIVENCIA ACTUAL DE LA UNION EUROPEA, PUES LOS FLUJOS MASIVOS DE DINERO NEGRO, EN LA MEDIDA EN QUE DAÑAN LA ESTABILIDAD Y REPUTACION DEL SISTEMA FINANCIERO, PUEDEN DESTRUIR EL MERCADO UNICO, COMO RECONOCE EL CONSIDERANDO PRIMERO DE LA DIRECTIVA 2005/60/CE, ASPECTOS EN LOS QUE INSISTE LA CUARTA DIRECTIVA DE 2015 Y LA QUINTA DE 2018, E IGUALMENTE PRETENDEMOS AFRONTAR EL RETO DEL USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN EL BLANQUEO, QUE EXIGE, SEGUN LA DIRECTIVA PUBLICADA EL 5 DE JUNIO DE 2015, "ADAPTACIONES RAPIDAS Y CONTINUAS DEL MARCO JURIDICO" PARA RESPONDER A ESTAS AMENAZAS (CONSIDERANDO 28), Y REQUIERE, SEGUN LA DIRECTIVA PUBLICADA EL 19 DE JUNIO DE 2018, SALVAGUARDAR "LOS AVANCES TECNICOS Y EL ALTO GRADO DE TRANSPARENCIA LOGRADO EN EL AMBITO DE LA FINANCIACION ALTERNATIVA Y EL EMPRENDIMIENTO SOCIAL" (CONSIDERANDO 8), BLANQUEO\ECONOMÍA\CULTURA Y SOCIEDAD DIGITALES\REFORMAS DE 2018