Innovating Works

SGIPYME

Cerrada
AEI22-2
Agrupaciones Empresariales Innovadoras 2022-2
Subvenciones a fondo perdido con la finalidad de favorecer el fortalecimiento de los colectivos empresariales que reúnan las características, finalidades y requisitos de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI).
Sólo fondo perdido | 80%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 26-07-2022.
Se espera una próxima convocatoria para esta ayuda el próximo mes de Abril.
Hace más de 24 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Consorcio Consorcio: Esta ayuda está diseñada para aplicar a ella en formato consorcio..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

La finalidad de la línea es subvencionar proyectos y actuaciones dirigidos a la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI "incipientes"; la realización de estudios de viabilidad técnica bien, de forma individual por la parte de la agrupación empresarial innovadora o bien, mediante colaboración entre varias agrupaciones empresariales innovadoras; y desarrollo de proyectos de Tecnologías Digitales de innovadora mediante colaboración entre varias agrupaciones empresariales innovadoras.


- Línea 1. Agrupaciones Empresariales Innovadoras

Podrán optar a las ayudas que se convoquen a través de esta línea las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento.

- Línea 2. Estudios de viabilidad técnica

Estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
-... ver más

La finalidad de la línea es subvencionar proyectos y actuaciones dirigidos a la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI "incipientes"; la realización de estudios de viabilidad técnica bien, de forma individual por la parte de la agrupación empresarial innovadora o bien, mediante colaboración entre varias agrupaciones empresariales innovadoras; y desarrollo de proyectos de Tecnologías Digitales de innovadora mediante colaboración entre varias agrupaciones empresariales innovadoras.


- Línea 1. Agrupaciones Empresariales Innovadoras

Podrán optar a las ayudas que se convoquen a través de esta línea las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento.

- Línea 2. Estudios de viabilidad técnica

Estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
- El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras a través de la Línea 3 de “Proyectos de Tecnologías Digitales”.
- El programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, “Horizonte Europa”.

- Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales.

Los proyectos presentados promoverán la transformación digital de las empresas, en el marco de actividades de investigación industrial, actividades de desarrollo experimental, innovación en materia de organización e innovación en materia de procesos. ver menos

Temáticas del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 2 temáticas.

1. Estudios de viabilidad técnica:

2. Proyectos de Tecnologías Digitales:

Características del consorcio

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración: Requisitos técnicos: Para las ayudas a Agrupaciones Empresariales Innovadoras, solamente serán elegibles las entidades registradas con carácter de «incipientes» con una antigüedad máxima de 4 años.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. leer más.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Línea 1. Se podrá subvencionar hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables, hasta una cuantía máxima de 70.000 euros.
Línea 2. Se podrá subvencionar hasta el 50% de los gastos considerados subvencionables, hasta una cuantía máxima 50.000 euros. Este límite podrá incrementarse hasta 70.000 euros si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante.
Línea 3. En las actuaciones financiadas con cargo a esta línea:
En las actividades de investigación industrial la subvención que podrá recibir cada beneficiario podrá llegar al 50% de su base subvencionable. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 80 % de los costes subvencionables.
- En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
- En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
- En 15 puntos en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta. Hasta una cuantía máxima de 450.000 euros. Este límite podrá incrementarse hasta 500.000 euros, si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
En las actividades de desarrollo experimental la subvención que podrá recibir cada beneficiario podrá llegar al 25 por ciento de su base subvencionable. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 60 % de los costes subvencionables:
- En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
- En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
- En 15 puntos en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
Hasta una cuantía máxima de 400.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a desarrollo experimental. Este límite podrá incrementarse hasta 450.000 euros, si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
En las actividades de innovación en materia de organización y en las actividades de innovación en materia de procesos la subvención podrá recibir cada beneficiario el 50 por ciento de su base subvencionable en el caso de las PYMES, y al 15% en el caso de las grandes empresas, siempre y cuando las grandes empresas colaboren de manera efectiva con PYMES y si las PYMES corren con un mínimo del 30% del total de los costes subvencionables. Hasta una cuantía máxima de 200.000 euros. Este límite podrá incrementarse hasta 250.000 euros si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Condiciones: El beneficiario recibirá el abono anticipado de la subvención concedida con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto, sin que sea precisa la constitución de garantías.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. leer más