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Asturias inversiones agrícolas y forestales
Ayudas a las inversiones en transformación, comercialización y/o...
Obtener ayudas económicas para mejorar los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas mediante el fomento de la producción agrícola local, la venta directa y los canales cortos de comercialización, así como el apoyo a proyectos de inversión en la industria agrícola. En su vertiente medio ambiental se pretende el uso eficiente de los recursos naturales, la mitigación y adaptación al cambio climático, la reducción de los gases de efecto invernadero y, en general, la mejora de la eficiencia energética en los procesos productivos de la industria alimentaria. Las ayudas a empresas forestales pretenden mejorar la competitividad del sector forestal mediante inversiones en la transformación, movilización y comercialización de los productos forestales, contribuyendo al fortalecimiento social del medio rural. Estas ayudas se articulan en 3 Intervenciones: 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios. 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios 6883: Ayuda a inversiones forestales productivas.
Sólo fondo perdido 45%
Comunidad autónoma: PRINCIPADO DE ASTURIAS
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 12-09-2025 hasta el 14-10-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas dirigidas a las inversiones en las industrias agroalimentarias y empresas forestales incluidas dentro del PEPAC 2023-2027 en sus intervenciones:
1. Intervención 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios:
- Contribuir a la adaptación del cambio climático y a su mitigación, mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible.
- Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, en particular mediante la reducción de la dependencia química.
2. Intervención 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios:
- Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad, en particular, haciendo mayor hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización.
- Promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas... ver más

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas dirigidas a las inversiones en las industrias agroalimentarias y empresas forestales incluidas dentro del PEPAC 2023-2027 en sus intervenciones:
1. Intervención 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios:
- Contribuir a la adaptación del cambio climático y a su mitigación, mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible.
- Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, en particular mediante la reducción de la dependencia química.
2. Intervención 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios:
- Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad, en particular, haciendo mayor hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización.
- Promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible.
3. Intervención 6883: Ayuda a inversiones forestales productivas.
La finalidad de estas ayudas es la mejora del potencial forestal y de la competitividad del sector forestal mediante inversiones en la transformación, movilización y comercialización de los productos forestales, promoviendo el crecimiento, revalorizando las producciones, frenando el abandono de las zonas rurales al servir de estímulo al sector primario. Se pretende contribuir al fortalecimiento social del medio rural, creando oportunidades de empleo y actividad económica en las zonas rurales, favoreciendo la existencia de un tejido de este tipo de empresas en el medio rural. Con estas finalidades se pretende el cumplimiento del siguiente objetivo específico:
- Promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible (OE8). ver menos

Temáticas del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 3 temáticas.

1. Intervención 6842.1.

2. Intervención 6842.2.

3. Intervención 6883.

Características del participante

Ámbito PRINCIPADO DE ASTURIAS :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
A. En el caso de Industrias (microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas). Intervenciones 6842.1 y 6842.2
Beneficiarios admisibles: Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones, que sean o vayan a ser titulares de empresas agroalimentarias cuyas instalaciones estén situadas en el Principado de Asturias y que transformen, comercialicen o desarrollen o, que vayan a transformar, comercializar o desarrollar productos agrarios de los contenidos en el Anexo I del TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, debiendo estar el producto resultante incluido en dicho Anexo, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren incentivables.
B. En el caso de empresas forestales. Intervención 6883
Beneficiarios admisibles: Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones, titulares de empresas forestales con independencia de la forma jurídica que adopten estas últimas, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tener la categoría de PYME. En el caso de las empresas vinculadas o asociadas, el cálculo de los efectivos y los importes financieros se determinarán según se establece en el Anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472.
La ubicación y el domicilio fiscal de las empresas solicitantes deberá radicarse dentro de...
A. En el caso de Industrias (microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas). Intervenciones 6842.1 y 6842.2
Beneficiarios admisibles: Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones, que sean o vayan a ser titulares de empresas agroalimentarias cuyas instalaciones estén situadas en el Principado de Asturias y que transformen, comercialicen o desarrollen o, que vayan a transformar, comercializar o desarrollar productos agrarios de los contenidos en el Anexo I del TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, debiendo estar el producto resultante incluido en dicho Anexo, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren incentivables.
B. En el caso de empresas forestales. Intervención 6883
Beneficiarios admisibles: Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones, titulares de empresas forestales con independencia de la forma jurídica que adopten estas últimas, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tener la categoría de PYME. En el caso de las empresas vinculadas o asociadas, el cálculo de los efectivos y los importes financieros se determinarán según se establece en el Anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472.
La ubicación y el domicilio fiscal de las empresas solicitantes deberá radicarse dentro del territorio del Principado de Asturias.
En el caso de industrias que utilicen la madera como materia prima o fuente de energía, podrán ser objeto de apoyo cuando realicen operaciones previas a la transformación industrial (base 4ª apartado 2)
Además de lo anterior, en el caso de empresas forestales, no podrán obtener la condición de beneficiaria:
- Aquellas con domicilios fiscales en Asturias donde no esté centralizada la gestión administrativa de la empresa y la dirección de sus negocios.
- Las empresas vinculadas o asociadas en las que el cálculo de los efectivos y los importes de referencia superen los límites definidos para PYMES durante dos ejercicios consecutivos.
- Las serrerías con producciones superiores a 20.000 m3/año de aportación anual de madera en rollo para aserrado dentro del establecimiento industrial.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 2830, 283, 10, 02, 01. ver más
Condiciones Especiales: Cuidado: Condiciones generales de los gastos. El periodo subvencionable será:
En el caso de las intervenciones 6842.1 y 6842.2 serán subvencionables los gastos realizados desde el 20 de febrero de 2024 hasta el 15 de octubre de cada año (hasta 2027).
Para la intervención 6883, serán subvencionables los gastos realizados desde la fecha de solicitud hasta el 15 de octubre de cada año (hasta 2027).
No obstante lo anterior, para todas las Intervenciones se admitirán gastos de honorarios de proyectos y/o estudios previos de viabilidad, pagados posteriormente al 1 de enero de 2023 (fecha de comienzo de aplicación del PEPAC 2023-2027).
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: REQUISITOS GASTOS SUBVENCIONABLES
A) En el marco de las intervenciones 6842.1 y 6842.2 del PEPAC serán subvencionables las inversiones materiales e inmateriales destinadas a mejorar los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, así como a la mitigación y adaptación al cambio climático en la industria agroalimentaria en el Principado de Asturias, de conformidad con las finalidades y objetivos específicos establecidos en la base reguladora segunda y las condiciones de las actuaciones/inversiones que se contemplan en la base sexta de su resolución de bases reguladoras.
Más concretamente se subvencionarán las inversiones destinadas a:
- Construcción, adquisición o acondicionamiento de inmuebles ligados a procesos de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.
- Compra de nueva maquinaria o equipamiento.
- Adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, gestión de residuos, industria 4.0, la comercialización, la transformación digital, adquisición o desarrollo de programas informáticos u otras semejantes.
- Implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
- Costes de mejora de seguridad industrial referido a sistemas antiincendios.
- Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y medioambiental, derech...
REQUISITOS GASTOS SUBVENCIONABLES
A) En el marco de las intervenciones 6842.1 y 6842.2 del PEPAC serán subvencionables las inversiones materiales e inmateriales destinadas a mejorar los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, así como a la mitigación y adaptación al cambio climático en la industria agroalimentaria en el Principado de Asturias, de conformidad con las finalidades y objetivos específicos establecidos en la base reguladora segunda y las condiciones de las actuaciones/inversiones que se contemplan en la base sexta de su resolución de bases reguladoras.
Más concretamente se subvencionarán las inversiones destinadas a:
- Construcción, adquisición o acondicionamiento de inmuebles ligados a procesos de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.
- Compra de nueva maquinaria o equipamiento.
- Adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, gestión de residuos, industria 4.0, la comercialización, la transformación digital, adquisición o desarrollo de programas informáticos u otras semejantes.
- Implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
- Costes de mejora de seguridad industrial referido a sistemas antiincendios.
- Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y medioambiental, derechos de patentes o licencias, diseños de envases y marcas, relacionado con el comercio electrónico, con límite del 12% de la inversión subvencionable total.
- Cualquier otro que pueda relacionarse con la finalidad y objetivo de la ayuda, siempre que cumpla con los criterios de admisibilidad establecidos en la normativa europea y en el Plan Estratégico de la PAC vigente.
- En el caso de inversiones en producción de energía renovable solo se subvencionarán aquellas que sean para el uso exclusivo de autoconsumo de las instalaciones a las que estén asociadas, tales como solar térmica, solar fotovoltaica, biomasa, eólica, aerotérmica o geotérmica.
B) Enmarcadas en la intervención 6883, serán subvencionables las inversiones materiales e inmateriales destinadas mejorar el potencial forestal y la competitividad del sector forestal mediante inversiones en la transformación, movilización y comercialización de los productos forestales de conformidad con las finalidades y objetivos específicos establecidos en la base reguladora segunda y las condiciones de las actuaciones/inversiones que se contemplan en la base Sexta de su resolución de bases reguladoras, en concreto las inversiones destinadas a:
1. Modernización de la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables:
Arrastradoras, Autocargadores, Procesadoras, Tractores forestales y otros vehículos de carga, descarga y saca de madera., Grúas forestales sobre camiones o sobre maquinaria forestal, Cable forestal vinculado a la maquinaria específica de extracción, Astilladoras y clasificadoras de astillas y las inversiones en maquinaria de fabricación de pellets, Las actuaciones para la mecanización del procesamiento y la movilización de biomasa forestal destinada a producir energía renovable o cualquier otro medio para el aprovechamiento de la biomasa forestal, Equipos e instalaciones móviles de procesado de la madera diseñadas para ser desplazadas a las inmediaciones de las áreas de corta, Retroarañas, Adaptación y adecuación de maquinaria para la actividad forestal, en especial adaptaciones orientadas a la seguridad y a la prevención de riesgos laborales, incluidos sistemas antiincendios, Equipos de medición de masas forestales en número no superior a la maquinaria de saca de madera o de biomasa. Programas informáticos, creación páginas web y equipos para la gestión racional de la actividad forestal, Costes de implantación y certificación de cadena de custodia por cualquier sistema reconocido de certificación de calidad, Cualquier inversión no enumerada en los apartados anteriores podrá ser admisible siempre que se trate de maquinaria o equipamientos de uso exclusivo forestal.
2. Inversiones de Mejora de las condiciones de almacenamiento, secado y operaciones propias de los aserraderos, previas a la transformación industrial que den lugar a productos finales elaborados: Construcción o acondicionamiento de inmuebles siempre que los mismos estén destinados a las labores previas a la transformación de la madera, Compra de nueva maquinaria o equipamiento siempre que los mismos estén vinculados a las labores previas a la transformación de la madera: descortezadoras, secaderos, maquinaria de transporte interno, maquinaria para la fabricación de pellets, así como el aprovechamiento y transformación de los subproductos y residuos generados en la operación de aserrío, implementaciones de sistemas de calidad, las inversiones destinadas a mejorar la seguridad y los riesgos laborales, Costes generales relacionados con los puntos anteriores, como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y medioambiental, con límite del 12% de la inversión subvencionable total.

Cada temática tiene un diseño de proyecto diferente
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Obra civil.
Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: Las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto. Dentro del concepto de obra civil se consideran incluidas las instalaciones de calefacción, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado y las instalaciones eléctricas de baja tensión
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. En esta fase la innovación está en su fase final y es operable en un sin número de condiciones operativas, está probada y disponible para su comercialización y/o producción disponible para la sociedad. Entrega de producto o tecnología para producción en serie y comercialización. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:

A) En el marco de las intervenciones 6842.1 y 6842.2
Para poder acceder a estas ayudas la inversión aprobada y/o certificada ha de ser superior a 6.000 € en caso de microempresas y pequeñas empresas, y de 50.000 € en caso de medianas y grandes empresas, excepto en el caso de implementación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria, donde no se aplicará inversión mínima.
Para cada intervención, los porcentajes de subvención sobre la inversión admisible, en función de la puntuación obtenida tras la valoración de la solicitud, serán:
a. Microempresas y pequeñas y medianas empresas.
— Intervención 6842.1: 45%, 40% y 35%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
— Intervención 6842.2: 40%, 35% y 30%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 10 puntos.
b. Grandes empresas.
— Intervención 6842.1: 35%, 30% y 25%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
— Intervención 6842.2: 35%, 30% y 25%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
B) Enmarcadas en la intervención 6883
Para poder acceder a esta ayuda, la inversión aprobada y/o certificada ha de ser superior a 6.000 €, excepto en el caso de implementación de sistemas de calidad, donde no se aplicará inversión mínima.
Para cada intervención, los porcentajes de subvención sobre la inversión admisible, en función de la...
A) En el marco de las intervenciones 6842.1 y 6842.2
Para poder acceder a estas ayudas la inversión aprobada y/o certificada ha de ser superior a 6.000 € en caso de microempresas y pequeñas empresas, y de 50.000 € en caso de medianas y grandes empresas, excepto en el caso de implementación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria, donde no se aplicará inversión mínima.
Para cada intervención, los porcentajes de subvención sobre la inversión admisible, en función de la puntuación obtenida tras la valoración de la solicitud, serán:
a. Microempresas y pequeñas y medianas empresas.
— Intervención 6842.1: 45%, 40% y 35%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
— Intervención 6842.2: 40%, 35% y 30%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 10 puntos.
b. Grandes empresas.
— Intervención 6842.1: 35%, 30% y 25%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
— Intervención 6842.2: 35%, 30% y 25%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
B) Enmarcadas en la intervención 6883
Para poder acceder a esta ayuda, la inversión aprobada y/o certificada ha de ser superior a 6.000 €, excepto en el caso de implementación de sistemas de calidad, donde no se aplicará inversión mínima.
Para cada intervención, los porcentajes de subvención sobre la inversión admisible, en función de la puntuación obtenida tras la valoración de la solicitud, serán:
— Intervención 6883: 40%, 35% y 30%. No serán aprobadas solicitudes que obtengan una valoración inferior a 20 puntos.
Además, la subvención máxima que podrá recibir un beneficiario por convocatoria estará limitada a un máximo de 500.000€, sin que la subvención correspondiente a inversiones en modernización de la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables pueda superar los 250.000 €. En el caso de empresas asociadas o vinculadas el límite máximo de la ayuda se aplicará al conjunto de empresas, no pudiendo superar estos límites la suma de las ayudas concedidas a cada empresa vinculada o asociada por separado.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Asturias inversiones agrícolas y forestales Ayudas a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas y a inversiones en tecnologías forestales
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas dirigidas a las inversiones en las industrias agroalimentarias y empresas f...
Abierta | Desde 12-09-2025 Hasta el 14-10-2025