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Ayudas Acuicultura Galici...
Ayudas Acuicultura Galicia: Ayudas dirigidas al sector de la acuicultura para inversiones productivas y creación de empresas, inversiones para la neutralidad climática y servicios de asesoramiento.
Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a promover actividades acuícolas sostenibles, reforzando la competitividad de la producción acuícola y garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo.
Sólo fondo perdido 50%
Comunidad autónoma: GALICIA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 11-01-2025 hasta el 10-02-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Modalidad A: ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, que tienen por objeto fomentar la competitividad y sostenibilidad del sector de la acuicultura e impulsar el espíritu empresarial:
a) Inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva.
b) Mejora y construcción de las infraestructuras dependientes de las explotaciones acuícolas y asociadas directamente a sus instalaciones.
c) Protección de las instalaciones frente a adversidades climáticas, alteraciones del entorno y agua, escapes, depredadores, etc.
d) La creación de empresas acuícolas por parte de nuevas personas acuicultoras para impulsar el espíritu empresarial y favorecer el relevo generacional.

Modalidad B: ayudas destinadas a contribuir a la neutralidad climática mediante la reducción de la huella de carbono, el incremento de la eficiencia energética y la reconversión a fuentes de energía renovables.

Modalidad C: ayudas destinadas a mejorar el rendimiento, la competitividad y la sostenibilidad de las explotaciones acuícolas a través de los servicios de asesoramiento de carácter técnico, cient... ver más

Modalidad A: ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, que tienen por objeto fomentar la competitividad y sostenibilidad del sector de la acuicultura e impulsar el espíritu empresarial:
a) Inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva.
b) Mejora y construcción de las infraestructuras dependientes de las explotaciones acuícolas y asociadas directamente a sus instalaciones.
c) Protección de las instalaciones frente a adversidades climáticas, alteraciones del entorno y agua, escapes, depredadores, etc.
d) La creación de empresas acuícolas por parte de nuevas personas acuicultoras para impulsar el espíritu empresarial y favorecer el relevo generacional.

Modalidad B: ayudas destinadas a contribuir a la neutralidad climática mediante la reducción de la huella de carbono, el incremento de la eficiencia energética y la reconversión a fuentes de energía renovables.

Modalidad C: ayudas destinadas a mejorar el rendimiento, la competitividad y la sostenibilidad de las explotaciones acuícolas a través de los servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, tecnológico, jurídico o económico a las explotaciones. ver menos

Características del participante

Ámbito GALICIA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: GALICIA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Modalidad A: inversiones productivas y creación de empresas.
a) Las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia y no tengan carácter experimental.
b) En caso de que la ayuda se solicite para la modernización de barcos auxiliares de acuicultura, podrán ser personas beneficiarias de la ayuda tanto las personas propietarias de la embarcación como las personas armadoras, siempre y cuando, en ambos casos, todas ellas sean titulares de establecimientos de acuicultura y al mismo tiempo la embarcación tenga su puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia en la fecha de publicación de esta orden.
En el supuesto de solicitudes presentadas por la/las persona/s armadora/s, la/las persona/s propietaria/s de la embarcación también debe/n cumplir el requisito de ser titular/es de establecimientos de acuicultura.
c) Las personas físicas o jurídicas que inicien sus actividades en el sector, siempre que:
– Sean titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o en todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en l...
Modalidad A: inversiones productivas y creación de empresas.
a) Las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia y no tengan carácter experimental.
b) En caso de que la ayuda se solicite para la modernización de barcos auxiliares de acuicultura, podrán ser personas beneficiarias de la ayuda tanto las personas propietarias de la embarcación como las personas armadoras, siempre y cuando, en ambos casos, todas ellas sean titulares de establecimientos de acuicultura y al mismo tiempo la embarcación tenga su puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia en la fecha de publicación de esta orden.
En el supuesto de solicitudes presentadas por la/las persona/s armadora/s, la/las persona/s propietaria/s de la embarcación también debe/n cumplir el requisito de ser titular/es de establecimientos de acuicultura.
c) Las personas físicas o jurídicas que inicien sus actividades en el sector, siempre que:
– Sean titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o en todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia y no tengan carácter experimental.
– Cuenten con las competencias y cualificaciones profesionales adecuadas.
– Creen por primera vez en la Comunidad Autónoma de Galicia una microempresa o pequeña empresa acuícola como titulares de la misma.
– Presenten un plan empresarial para el desarrollo de sus actividades acuícolas.
A efectos de esta orden se considera nueva empresa aquella que haya obtenido el título habilitante durante un periodo inferior a 3 años contados desde la fecha de publicación de la presente orden.
2. Modalidad B: neutralidad climática.
Las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia y no tengan carácter experimental.
3. Modalidad C: servicios de asesoramiento.
a) Las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia y no tengan carácter experimental.
b) Entidades asociativas del sector acuícola.
Los servicios deberán ser prestados por organismos científicos o técnicos, así como por entidades públicas o privadas que presten asesoramiento técnico, científico, tecnológico, jurídico o económico y que cuenten con las competencias necesarias reconocidas.
No obstante lo indicado en los párrafos anteriores, en caso de que el establecimiento de acuicultura sea una piscifactoría continental, podrán ser beneficiarias de las 3 modalidades las personas titulares del establecimiento o las personas que lo explotan.
A efectos de esta orden se consideran piscifactorías continentales los centros de acuicultura en aguas continentales que abarcan todo tipo de instalaciones en las que se mantienen vivas especies que habitan o puedan habitar en las aguas continentales, así como sus huevos o gametos, con fines de producción, comercialización o consumo, y en las que se haga uso de aguas continentales.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 0322, 0321, 032. ver más
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Proyectos objeto de subvención:

1. Modalidad A. Inversiones productivas y creación de empresas.
a) Entre las inversiones para una acuicultura viable, competitiva y atractiva se apoyarán:
1. Inversiones productivas en la acuicultura y/o modernización de los centros acuícolas que sean innovadoras, reduzcan su impacto ambiental, aumenten la resiliencia al cambio climático y mejoren la eficiencia energética, entre otras.
2. Inversiones que favorezcan la automatización y digitalización de procesos.
3. Inversiones para optimizar los procesos, recursos y residuos a través de la economía circular.
4. Inversiones para mejorar la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
5. Inversiones para diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
6. Inversiones con el objeto de mejorar las condiciones de trabajo y de seguridad de los/las trabajadores/as del sector acuícola.
7. Inversiones con el objeto de diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias como acuiturismo y restaurantes, y el desarrollo de valores socioculturales, educativos y de recuperación de lugares emblemáticos y de valor cultural como casas salineras, molinos de mareas, etc.; estas actividades complementarias deberán estar vinculadas a la actividad acuícola y/o a los valores ambientales de las zonas litorales.
b) Para la mejora y la construcción de infraestruc...
Proyectos objeto de subvención:
1. Modalidad A. Inversiones productivas y creación de empresas.
a) Entre las inversiones para una acuicultura viable, competitiva y atractiva se apoyarán:
1. Inversiones productivas en la acuicultura y/o modernización de los centros acuícolas que sean innovadoras, reduzcan su impacto ambiental, aumenten la resiliencia al cambio climático y mejoren la eficiencia energética, entre otras.
2. Inversiones que favorezcan la automatización y digitalización de procesos.
3. Inversiones para optimizar los procesos, recursos y residuos a través de la economía circular.
4. Inversiones para mejorar la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
5. Inversiones para diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
6. Inversiones con el objeto de mejorar las condiciones de trabajo y de seguridad de los/las trabajadores/as del sector acuícola.
7. Inversiones con el objeto de diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias como acuiturismo y restaurantes, y el desarrollo de valores socioculturales, educativos y de recuperación de lugares emblemáticos y de valor cultural como casas salineras, molinos de mareas, etc.; estas actividades complementarias deberán estar vinculadas a la actividad acuícola y/o a los valores ambientales de las zonas litorales.
b) Para la mejora y la construcción de infraestructuras dependientes de las explotaciones acuícolas y asociadas a las instalaciones acuícolas, se apoyarán:
1. Adquisición o modernización de los barcos auxiliares para la explotación de la acuicultura, siempre que no se utilice para el aprovechamiento de los recursos marinos acuáticos salvajes y cuando la modernización implique una mejora de las condiciones de trabajo y seguridad de las personas trabajadoras.
2. Inversiones en infraestructuras asociadas a la instalación acuícola o a espacios portuarios para la provisión, la limpieza y la organización del material necesario para el desarrollo y control del cultivo.
3. Inversiones en herramientas e infraestructuras que faciliten el acceso a recursos (acceso a internet, agua o luz).
c) Inversiones que tengan por objeto la protección de las instalaciones frente a las adversidades climáticas, las alteraciones del entorno y agua, los escapes, los depredadores, etc.
d) Construcción de nuevas instalaciones acuícolas, sean realizadas por empresas existentes (aumento de producción y/o modernización) o por nuevas empresas.
2. Modalidad B. Neutralidad climática.
a) Inversiones que contribuyan a la neutralidad climática mediante la reducción de la huella de carbono, la reconversión de las empresas acuícolas incrementando la eficiencia energética o fomentando la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables.
b) Inversiones en sistemas y/o modelos de acuicultura que contribuyan a la mitigación y adaptación al cambio climático como sumidero de carbono o especies climáticamente neutras tales como moluscos, algas, fanerógamas y otros.
c) La adaptación de las instalaciones, los procesos y las tecnologías de las empresas acuícolas existentes para contribuir a la neutralidad climática.
3. Modalidad C. Servicios de asesoramiento.
Será subvencionable la obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico, siempre que su prestación tenga alguna de las siguientes finalidades:
a) Las necesidades en materia de autorización y de gestión para permitir a las explotaciones acuícolas cumplir con la normativa de la Unión Europea y la legislación nacional.
b) La elaboración de estudios e informes recogidos en la normativa de aplicación para la puesta en marcha de la actividad y para su seguimiento (estudios de evaluación de impacto ambiental a los que se refiere la Directiva 2011/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo; el cumplimiento de los requisitos y las medidas establecidas para el seguimiento ambiental y otros).
c) Las normas sobre salud y seguridad laboral basadas en la normativa de la Unión Europea y nacional.
d) La comercialización y las estrategias empresariales.
e) Las necesidades en materia de requerimientos administrativos en cuanto a los espacios y los dominios donde se sitúe la explotación.
f) El apoyo técnico para mejorar la competitividad de las instalaciones y su sostenibilidad medio ambiental mediante estudios, memorias técnicas o proyectos.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Se demuestra que la tecnología funciona en las condiciones esperadas. En casi todos los casos, este TRL representa el final del desarrollo del sistema tecnológico y está listo para ser implementado. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

1. Las ayudas reguladas en esta orden tienen carácter de subvenciones de capital y no constituyen ayudas de Estado.
2. Modalidades A y B: la cuantía máxima de la ayuda será el 50 % del gasto total subvencionable para las operaciones ejecutadas por pymes y del 40 % en caso de grandes empresas, hasta un límite máximo de 25.000.000,00 € de ayuda por beneficiario.
En caso de solicitudes para la construción de barcos auxiliares de acuicultura, la cuantía máxima del gasto subvencionable de la operación será de 300.000,00 €. Este importe será incrementado en 25.000,00 € por cada establecimiento de acuicultura del que sea/n titular/es la/las persona/s solicitante/s, hasta el límite máximo de 600.000,00 € de coste subvencionable por embarcación.
3. Modalidad C: la cuantía máxima de la ayuda será el 50 % del gasto total subvencionable de la operación.
1. Las ayudas reguladas en esta orden tienen carácter de subvenciones de capital y no constituyen ayudas de Estado.
2. Modalidades A y B: la cuantía máxima de la ayuda será el 50 % del gasto total subvencionable para las operaciones ejecutadas por pymes y del 40 % en caso de grandes empresas, hasta un límite máximo de 25.000.000,00 € de ayuda por beneficiario.
En caso de solicitudes para la construción de barcos auxiliares de acuicultura, la cuantía máxima del gasto subvencionable de la operación será de 300.000,00 €. Este importe será incrementado en 25.000,00 € por cada establecimiento de acuicultura del que sea/n titular/es la/las persona/s solicitante/s, hasta el límite máximo de 600.000,00 € de coste subvencionable por embarcación.
3. Modalidad C: la cuantía máxima de la ayuda será el 50 % del gasto total subvencionable de la operación.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
Exige Garantías en la concesión
En caso de ayudas con varias anualidades, será necesario para el pago de cada una de ellas, excepto la última, la presentación de una garantía en forma de aval bancario del 110 % de la cantidad que hay que pagar. Una vez comprobada la realización de la actividad o proyecto para la cual se concedió la subvención, las garantías serán liberadas. En caso de ayudas con varias anualidades, será necesario para el pago de cada una de ellas, excepto la última, la presentación de una garantía en forma de aval bancario del 110 % de la cantidad que hay que pagar. Una vez comprobada la realización de la actividad o proyecto para la cual se concedió la subvención, las garantías serán liberadas.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Ayudas Acuicultura Galicia Ayudas dirigidas al sector de la acuicultura para inversiones productivas y creación de empresas, inversiones para la neutralidad climática y servicios de asesoramiento.
Modalidad A: ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, que tienen por objeto fomentar la competi...
¡nueva convocatoria abierta! | Desde 11-01-2025 Hasta el 10-02-2025