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IDEA

Abierta
Proyectos I+D Andalucia
Proyectos I+D Andalucia: Investigación Industrial y Desarrollo Experimental
La Línea de Incentivos para Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental, en concurrencia no competitiva, está dirigida a proyectos empresariales que tengan por objeto la búsqueda de nuevos productos, procesos o servicios o la mejora de los ya existentes, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía, S4Andalucía.
Sólo fondo perdido 50%
Comunidad autónoma: ANDALUCÍA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 10-07-2024 hasta el 30-12-2025. La convocatoria puede cerrar antes si se terminan los fondos.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Para ser subvencionables, los proyectos deberán corresponder a alguna de las siguientes categorías:
- Investigación Industrial
- Desarrollo Experimental

Características del participante

Ámbito ANDALUCÍA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: ANDALUCÍA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
1. Podrán ser beneficiarias las empresas, teniendo la condición de PYME con las siguientes formas jurídicas: Sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
2. Exclusivamente para proyectos en agrupación con PYMES y en los términos que así se definen en la definición 3 del Anexo I de las bases reguladoras, podrán también ser beneficiarias las empresas NO PYMES con las siguientes formas jurídicas: Sociedades mercantiles; cooperativas y sociedades laborales.
3. Deberán además cumplir el resto de los requisitos y condiciones establecidas en el Decreto 114/2024, de 18 de junio.
1. Podrán ser beneficiarias las empresas, teniendo la condición de PYME con las siguientes formas jurídicas: Sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
2. Exclusivamente para proyectos en agrupación con PYMES y en los términos que así se definen en la definición 3 del Anexo I de las bases reguladoras, podrán también ser beneficiarias las empresas NO PYMES con las siguientes formas jurídicas: Sociedades mercantiles; cooperativas y sociedades laborales.
3. Deberán además cumplir el resto de los requisitos y condiciones establecidas en el Decreto 114/2024, de 18 de junio.
Condiciones Especiales: Cuidado: Ningún solicitante, individualmente o como participante de un proyecto en agrupación, podrá recibir subvención para más de tres proyectos solicitados. El criterio de priorización será el de fecha de entrada, hasta alcanzar el número de proyectos máximos subvencionados.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Los principales requisitos que deben reunir son:
- Desarrollados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Encuadrados en, al menos, uno de los Entornos de Especialización o Ejes de Apoyo Transversal de la Estrategia S4Andalucía.
- No iniciados antes de la presentación de la solicitud y que cumplan con el efecto incentivador.
- Viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
- Que alcancen una puntuación mínima en el proceso de evaluación.
- Con un periodo máximo de ejecución de 2 años.
- Los proyectos deberán tener un presupuesto subvencionable mínimo de 30.000 euros. La determinación de un presupuesto subvencionable inferior a dicho importe será motivo de exclusión de la convocatoria.
Los principales requisitos que deben reunir son:
- Desarrollados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Encuadrados en, al menos, uno de los Entornos de Especialización o Ejes de Apoyo Transversal de la Estrategia S4Andalucía.
- No iniciados antes de la presentación de la solicitud y que cumplan con el efecto incentivador.
- Viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
- Que alcancen una puntuación mínima en el proceso de evaluación.
- Con un periodo máximo de ejecución de 2 años.
- Los proyectos deberán tener un presupuesto subvencionable mínimo de 30.000 euros. La determinación de un presupuesto subvencionable inferior a dicho importe será motivo de exclusión de la convocatoria.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Costes Indirectos.
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 5:. Los componentes se integran de forma que la configuración del sistema coincida con la aplicación final en casi todos los aspectos. Se prueba el rendimiento en un entorno operativo simulado. La diferencia principal con el TRL 4 es el aumento a una fidelidad media y la aplicación al entorno real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Micro y Pequeña: 45% Individual, 50% Agrupación
Mediana: 35% Individual, 45% Agrupación
No Pyme: 25% Agrupación
Gastos subvencionables:
a) Gastos de personal relacionados con el personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
b) Costes de investigación contractual, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Se imputarán a este concepto los gastos de contrataciones externas exclusivamente derivados del proyecto: organismos públicos y privados de investigación y otras entidades y/o empresas que realicen actividades de carácter técnico claramente vinculadas al proyecto. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la subvención solicitada.
c) Costes indirectos en los que incurra el proyecto, que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa. Se calcularán sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje de hasta el 15 por ciento de los costes directos de personal subvencionables debidamente justificados.
Adicionalmente a lo contemplado en el artículo 4, no son subvencionables:
- Costes de instrumental y equipos, cualquiera que sea el periodo de adquisición o utilización en el proyecto.
- Costes de materiales, suministros, insumos y productos similares.
- Los gastos de viajes...
Micro y Pequeña: 45% Individual, 50% Agrupación
Mediana: 35% Individual, 45% Agrupación
No Pyme: 25% Agrupación
Gastos subvencionables:
a) Gastos de personal relacionados con el personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
b) Costes de investigación contractual, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Se imputarán a este concepto los gastos de contrataciones externas exclusivamente derivados del proyecto: organismos públicos y privados de investigación y otras entidades y/o empresas que realicen actividades de carácter técnico claramente vinculadas al proyecto. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la subvención solicitada.
c) Costes indirectos en los que incurra el proyecto, que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa. Se calcularán sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje de hasta el 15 por ciento de los costes directos de personal subvencionables debidamente justificados.
Adicionalmente a lo contemplado en el artículo 4, no son subvencionables:
- Costes de instrumental y equipos, cualquiera que sea el periodo de adquisición o utilización en el proyecto.
- Costes de materiales, suministros, insumos y productos similares.
- Los gastos de viajes.
- Gastos relacionados con las fluctuaciones de los tipos de cambio de divisas.
- El impuesto sobre el valor añadido que sea recuperable conforme a la normativa nacional sobre el IVA, ya en el caso de operaciones cuyo coste total sea de al menos 5.000.000 de euros, IVA incluido, ya en el caso de operaciones que financien ayudas de estado o de minimis, cualquiera que sea su coste.
- Intereses de demora, recargos, multas y sanciones económicas y gasto incurrido por litigios y disputas legales.
- Aquellos que, para una determinada operación o categoría de operaciones.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info