Descripción del proyecto
EL RECONOCIMIENTO DE LA DEBILIDAD DE LA CONDICION FEMENINA EN EL MERCADO DE TRABAJO, TANTO EN EL ACCESO, COMO EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO, ASI COMO LA ASUNCION DE LA RESPONSABILIDAD PRINCIPAL EN LA FUNCION DE CUIDADO, CONDICIONAN SU POSICION EN LA ORGANIZACION DEL TRABAJO, Y REPERCUTEN EN LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Y EN EL AMBITO DE LA PROTECCION SOCIAL, CONDUCIENDO A QUE CON NUESTRA INVESTIGACION PRETENDAMOS CUBRIR LOS TRES SIGUIENTES OBJETIVOS QUE SE INTERRELACIONAN Y RETROALIMENTAN, LA FINALIDAD PRINCIPAL DEL PROYECTO, DE CARACTER INTERDISCIPLINAR E INTERSECTORIAL, ES EL REPLANTEAMIENTO DEL MODELO DE ACTUACION PUBLICA Y PRIVADA QUE ESTA PERMITIENDO QUE LA MUJER OCUPE ESTE LUGAR DEGRADADO EN EL MERCADO DE TRABAJO, EL OBJETIVO PRIMERO VERSARA SOBRE EL ACCESO Y CONDICIONES PRINCIPALES DE CONTRATACION, REALIZANDO UN DIAGNOSTICO DE LAS DIFICULTADES QUE TIENEN LAS MUJERES PARA LA ENTRADA EN EL MERCADO DE TRABAJO ESPAÑOL, ANALIZANDO LOS ESTADIOS PREVIOS, Y LAS CONDICIONES RELATIVAS A LA PARCIALIDAD DE SUS CONTRATOS, LA DESIGUALDAD SALARIAL, LA ASIGNACION DE LOS PUESTOS MENOS CUALIFICADOS, Y LOS PROBLEMAS DE SU FALTA DE PROMOCION PROFESIONAL, SE REFLEXIONARA SOBRE LAS MEDIDAS LEGALES Y CONVENCIONALES ADECUADAS PARA LA EQUIPARACION SALARIAL, EVITAR LAS PRACTICAS SEXISTAS EN LA CLASIFICACION PROFESIONAL, FORMULANDO LAS ACCIONES POSITIVAS PARA QUE PUEDAN DESARROLLAR SU CARRERA PROFESIONAL (TECHO DE CRISTAL), EL SEGUNDO OBJETIVO RELATIVO A LOS CUIDADOS Y A LA CONCILIACION DE LA VIDA PROFESIONAL Y FAMILIAR O PERSONAL, PRETENDE REFORMULAR LA NOCION DE CONCILIACION UTILIZADA EN LAS NORMAS LABORALES, QUE NO HA PROMOVIDO QUE LAS MUJERES PUEDAN ARMONIZAR LOS TIEMPOS DE TRABAJO CON SU VIDA PRIVADA, CON LAS NOVEDADES QUE APORTA EL DERECHO COMUNITARIO -PILAR EUROPEO DE DERECHOS SOCIALES Y PROPUESTA DE DIRECTIVA SOBRE CONCILIACION-, Y DISTINTOS PAISES MAS AVANZADOS DE LA UNION EUROPEA, LA NORMATIVA ESTATAL, Y LA JURISPRUDENCIA, Y LA NEGOCIACION COLECTIVA, SE TRATARA DE REDEFINIR LAS MEDIDAS LEGALES Y LAS ACCIONES CONVENCIONALES QUE SE PUEDEN ARTICULAR PARA QUE LA CONCILIACION NO RESULTE UNA DIFICULTAD CONSTANTE, ASIMISMO, SE REALIZARA UNA PROPUESTA QUE JURIDIFIQUE LA FUNCION DEL TRABAJO DE CUIDAR EN UN CONTEXTO DE ENVEJECIMIENTO SOCIAL, CONVIRTIENDOSE EN UN SECTOR ESTRATEGICO DE NUESTRA ACTIVIDAD ECONOMICA Y SOCIAL, QUIEN EJERZA EL CUIDADO DEBE RECIBIR UN TRATAMIENTO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, EL TERCER OBJETIVO REFERENTE A LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Y LA PROTECCION SOCIAL ES CONSECUENCIA DIRECTA DE LAS CONDICIONES LABORALES ANTERIORES QUE PROVOCAN UNA SITUACION DE ESTRES (SINDROME BORNOUT) Y DE INESTABILIDAD LABORAL QUE CONDUCE A QUE LA MUJER PADEZCA UN MAYOR NUMERO DE BAJAS, Y RIESGOS PSICOSOCIALES, SE PLANTEARAN LAS MEDIDAS DE PREVENCION PARA EVITAR DICHAS SITUACIONES QUE AFECTAN A SU SALUD, ABORDANDOSE ACCIONES MAS EFECTIVAS DE TUTELA ANTE LAS SITUACIONES DE ACOSO MORAL Y SEXUAL, AL IGUAL QUE SE PROPONDRAN MEDIDAS DE ACCION POSITIVA PARA FACILITAR EL ACCESO DE LAS VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GENERO EN EL MERCADO DE TRABAJO, NUESTRA INVESTIGACION CULMINARA CON LAS ACCIONES QUE EN LA SEGURIDAD SOCIAL SE PUEDAN ADOPTAR PARA CORREGIR LOS EFECTOS QUE TIENE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEVALUADAS EN LAS PRESTACIONES, EN VIRTUD DE SU CARACTER PRIORITARIAMENTE CONTRIBUTIVO, CENTRANDO LA INVESTIGACION EN EL DESEMPLEO, LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y LAS VINCULADAS A LA MATERNIDAD, PRESTANDO ESPECIAL ATENCION A LOS EFECTOS EN SU JUBILACION, MUJER\MERCADO DE TRABAJO\IGUALDAD\GENERO\SALARIOS\SALUD\CONCILIACIÓN\DISCRIMINACIÓN\CUIDADOS