Descripción del proyecto
LA EXISTENCIA DE UNA INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA DE CALIDAD FAVORECE LA DIGITALIZACION DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL, A JUZGAR POR LO QUE SE DERIVA DE LA PUBLICACION ESPAÑA DIGITAL 2025, ESTO, COMBINADO CON LA PANDEMIA PROVOCADA POR LA COVID-19, HA ACELERADO EL PROCESO DE TRANSICION DE LA EMPRESA DESDE UNA ECONOMIA TRADICIONAL HACIA LA DENOMINADA ECONOMIA DEL DATO, ESTE CONCEPTO ESTA FORMADO POR DOS FACTORES PROTAGONISTAS EN LOS CAMBIOS QUE SE AVECINAN COMO SON LA DIGITALIZACION Y LA UTILIZACION DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA),NOS HACEMOS LA PREGUNTA DE SI NUESTRAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y ORDENADORAS DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL ESTAN ADAPTADAS A LAS NECESIDADES QUE ESE TRANSITO IMPLICA, LA HIPOTESIS DE PARTIDA ES QUE HAN DE REORIENTARSE PARA LA RESOLUCION EFICIENTE DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES QUE PUEDAN SURGIR, PARA ESTUDIAR ESTA PREMISA SE PROPONE DISECCIONAR LA REALIDAD EMPRESARIAL EN DOS PARTES, POR UN LADO, LA INTERNA, EN LA QUE DESTACAN LA ORGANIZACION DE LA EMPRESA APLICANDO LA IA Y LA DIGITALIZACION Y LA ATRACCION DE CAPITAL HUMANO PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCION, POR OTRO LADO, LA EXTERNA QUE, A SU VEZ, SE HA DE DIVIDIR EN DOS SECCIONES, LA PRIMERA ESTA RELACIONADA CON VARIOS ELEMENTOS: LA EMPRESA Y LOS TERCEROS PRIVADOS SIENDO UN OBJETIVO ESTUDIAR LA RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL COMO CONSECUENCIA DE LA UTILIZACION DE IA; LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS FRENTE AL PROCESAMIENTO DE DATOS Y CREACION DE PERFILES QUE SON PRODUCTO DE TRAFICO EN EL MERCADO POR PARTE DE LAS EMPRESAS QUE LOS PROCESAN; EL REGIMEN JURIDICO DE LAS MANIFESTACIONES DIGITALES DE LA EMPRESA EN LA RED QUE HAN DE SER PROTEGIDAS BAJO EL PARAGUAS DEL REGIMEN JURIDICO DE LA IDENTIDAD EMPRESARIAL; LA REGULACION DE LAS RELACIONES DIGITALES CON USUARIOS Y CONSUMIDORES EN EL AMBITO CONTRACTUAL QUE SE RELACIONA CON, POR EJEMPLO, EL REGIMEN JURIDICO DE LOS CRIPTOACTIVOS O MEDIOS DE PAGO DIGITALES O LA REGULACION DE FUENTES DE FINANCIACION EMPRESARIAL ALTERNATIVAS A LAS ENTIDADES FINANCIERAS FAVORECIDAS POR LA DIGITALIZACION QUE TAMBIEN NECESITAN DE REGLAS CLARAS Y ESTABLES EN CUANTO A LOS DERECHOS DE LOS INVERSORES Y DE LOS RECEPTORES DE FINANCIACION, LA SEGUNDA SECCION SE CENTRA EN LA EMPRESA ENMARCADA EN LA ECONOMIA DEL DATO Y SUS RELACIONES CON LA FISCALIDAD, UNO DE SUS ASPECTOS ES, PRECISAMENTE, LA UTILIZACION DE LA IA EN LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTION TRIBUTARIOS LO QUE IMPLICA REVISAR LA EFICIENCIA DE LA GARANTIA DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES, EN ESTE CASO IDENTIFICADOS CON LAS EMPRESAS, ESTO HA DE ACOMPAÑARSE CON EL ESTUDIO DEL DATO COMO UNA MANIFESTACION DE CAPACIDAD ECONOMICA Y, POR ENDE, SUSCEPTIBLE DE SER GRAVADA LO QUE CONLLEVA CONSIDERAR NUEVAS FIGURAS TRIBUTARIAS O ADAPTAR LAS EXISTENTES, FINALMENTE, EN ESTA SECCION, SE HA DE TRATAR QUE LA DIGITALIZACION EMPRESARIAL PERMITE LA DESUBICACION DE LA ACTIVIDAD FACILITANDO SU EXPANSION INTERNACIONAL Y TAMBIEN LA PARTICIPACION DE PERSONAS TRABAJADORAS DESDE CUALQUIER TERRITORIO, ESTA CUESTION TIENE CONSECUENCIAS FISCALES EVIDENTES A ESTUDIAR, PUES SE HAN DE GRAVAR ACTIVIDADES EMPRESARIALES O PROFESIONALES NO VINCULADAS FISICAMENTE CON EL TERRITORIO, PERO SI CON SU MERCADO DEL QUE OBTIENEN BENEFICIOS, NORMA JURIDICA\EMPRESA\DIGITALIZACION\INTELIGENCIA ARTIFICIAL\DATO