Descripción del proyecto
ESTE PROYECTO TIENE POR OBJETO FUNDAMENTAL PARTICIPAR EN EL PROCESO DE DISCUSION DE LOS PRINCIPIOS LATINOAMERICANOS DEL DERECHO DE LOS CONTRATOS (PLDC, EN LO SUCESIVO), PRINCIPIOS QUE, EN EL AMBITO LATINOAMERICANO, SON EQUIPARABLES A LO QUE, EN EL AMBITO EUROPEO, SIGNIFICAN LOS PECL, LAS RAZONES QUE JUSTIFICAN ESTA PARTICIPACION SON TRES: 1) LA CONEXION CON ESTE GRUPO DE INVESTIGACION DE DOS DE LOS TRES IMPULSORES DE LOS PLDC; 2) LA CONVENIENCIA DE QUE, AL APOYO QUE FRANCIA YA HA DADO A ESTA INICIATIVA, SE LE SUME EL APOYO CIENTIFICO ESPAÑOL; Y 3) LA LINEA DE ESPECIALIZACION DEL EQUIPO INVESTIGADOR, QUE ENGARZA CON LAS MATERIAS REGULADAS EN LOS PLDC Y CON LA IDEA DE MODERNIZACION DEL DERECHO DE LOS CONTRATOS QUE SUBYACE A ESTA INICIATIVA LATINOAMERICANA, EL EQUIPO DE INVESTIGACION PROPONDRA UNA ALTERNATIVA DE REGULACION, QUE PUEDA SER CONSIDERADA POR TODOS LOS COMPONENTES DEL GRUPO LATINOAMERICANO QUE INTERVINO EN SU REDACCION, PERO PARA OBTENER UNA PROPUESTA CIENTIFICA SOLIDA DE REVISION Y PERFECCIONAMIENTO DE LOS PDLC ES IMPRESCINDIBLE LA TAREA PREVIA DE TOMA DE POSTURA SOBRE LAS GRANDES CUESTIONES DEL DERECHO DE CONTRATOS QUE SUBYACEN EN LOS PRECEPTOS QUE LOS PDLC CONTIENEN, EN CONCRETO, EL PROYECTO SE OCUPARA DE ALGUNOS PUNTOS ESPECIFICOS RELACIONADOS CON LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO Y EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PASAMOS A EXPLICAR BREVEMENTE LAS BASES DE LA INVESTIGACION QUE SE LLEVARA A CABO,EL PROYECTO PROFUNDIZARA EN LOS EFECTOS JURIDICOS DE LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO CON VISTAS, POR UN LADO, A PROMOVER LA CONSTRUCCION DE UN SISTEMA MAS AGIL, QUE PERMITA UN DESPLAZAMIENTO DEL REMEDIO DE LA ANULABILIDAD HACIA LOS MAS FLEXIBLES DE LA INDEMNIZACION DEL DAÑO O DE LA READAPTACION DEL CONTRATO; Y, POR OTRO LADO, CON LA FINALIDAD DE CONSEGUIR UNA ARTICULACION DE LOS REMEDIOS PRECONTRACTUALES (SI NO TODOS, DE ALGUNOS DE ELLOS) Y LOS CONTRACTUALES, EN CUANTO AL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y AL SISTEMA DE REMEDIOS, SE ACOTAN LAS SIGUIENTES MATERIAS DE INVESTIGACION: 1) ¿EL MODERNO CONCEPTO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (NEUTRO, DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA IMPUTACION SUBJETIVA) ES ADECUADO A LAS OBLIGACIONES DE PRESTACION DE SERVICIOS, EN LAS QUE EL INCUMPLIMIENTO IMPLICA NORMALMENTE LA CULPABILIDAD?; 2) ¿SON APLICABLES A LA PRETENSION DE CUMPLIMIENTO LOS CRITERIOS DE EXONERACION DE LA PRETENSION INDEMNIZATORIA, COMO REITERADAMENTE SE ESTABLECE EN LOS PECL, EN EL DCFR Y EN EL CESL? 3) EN CUANTO A LA RESOLUCION, ¿ES TOTALMENTE TRASLADABLE A LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS Y, ESPECIALMENTE, AL CONTRATO DE OBRA, EL MODELO DE RESTITUCION CONSTRUIDO SOBRE LA COMPRAVENTA?; 4) EJERCITADO EL REMEDIO DE LA REDUCCION DEL PRECIO, ¿DEBERIA SER PROCEDENTE (COMO RESULTA DE LA GENERALIDAD DE LOS TEXTOS DEL MODERNO DERECHO DE LA CONTRATACION) LA INDEMNIZACION DE TODAS LAS PARTIDAS DEL INTERES POSITIVO? O, POR EL CONTRARIO, ¿ES MAS ADECUADA LA SOLUCION DEL ART, 1486 II CC?; 5) ¿QUE PAPEL SIGUE TENIENDO LA CULPABILIDAD EN EL REMEDIO DE LA INDEMNIZACION POR EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO?LA CONSECUCION DE LOS OBJETIVOS PROPUESTOS IMPLICARA, NO SOLO UNA MEJORA DE LOS PLDC, SINO TAMBIEN UN AVANCE EN EL PROCESO DE TRANSFORMACION DEL DERECHO DE CONTRATOS ESPAÑOL, ASIMISMO, LOS RESULTADOS PODRAN SER PUNTO DE REFERENCIA IMPRESCINDIBLE PARA LOS OPERADORES JURIDICOS SI, COMO ES PREVISIBLE, LOS PLDC SE LLEGAN A APLICAR COMO INSTRUMENTO DE SOFT LAW EN EL AMBITO DE PROCEDIMIENTOS ARBITRALES INTERNACIONALES CON COMPONENTE LATINOAMERICANO, DERECHO DE CONTRATOS\INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO\VICIOS DEL CONSENTIMIENTO\ERROR E INDEMNIZACIÓN\ANULABILIDAD DEL CONTRATO\MODERNIZACIÓN DEL DERECHO DE CONTRATOS\EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO\INDEMNIZACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CON\PRINCIPIOS LATINOAMERICANOS DEL DERECHO