Descripción del proyecto
EL PROYECTO SE PROPONE ANALIZAR, MEDIANTE EL EMPLEO DE LA METODOLOGIA JURIDICA, LA INCIDENCIA INSTRUMENTAL DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA GESTION, NACIONAL E INTERNACIONAL, DE SITUACIONES DE CRISIS, CUALQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA, QUE PUEDAN AFRONTAR LOS ESTADOS EN EL CONTEXTO DEL COMPLEJO Y MULTIDIMENSIONAL PROCESO DE GLOBALIZACION ACTUAL, TENGAN AQUELLAS UNA DIMENSION ESTRICTAMENTE DOMESTICA O RESPONDAN A DINAMICAS REGIONALES O GLOBALES COMPARTIDAS, LA INVESTIGACION PARTIRA DE UNA TRIPLE CONSTATACION: PRIMERA, QUE EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS ES UN SECTOR DEL ORDENAMIENTO JURIDICO INTERNACIONAL QUE RESULTA DE APLICACION A CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SOCIO-ECONOMICA, SOCIO-POLITICA O INSTITUCIONAL QUE DEBAN AFRONTAR LOS ESTADOS; SEGUNDA, QUE EL PROPIO DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS ES COMPRENSIVO CON LAS RESPONSABILIDADES QUE ASUME EL ESTADO EN PERIODOS DE CRISIS Y LE OFRECE MECANISMOS JURIDICOS FLEXIBLES PARA ACOMODAR LOS LIMITES DE SU ACTUACION A LAS CIRCUNSTANCIAS EXISTENTES; Y, TERCERA, QUE EN LA ACTUAL SOCIEDAD INTERNACIONAL LA GESTION DE LAS CRISIS PUEDE LLEGAR A IMPLICAR A OTROS ACTORES -TANTO INTERGUBERNAMENTALES, COMO LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES, COMO PRIVADOS- RESPECTO A LOS CUALES NO RESULTA TAN SENCILLO DETERMINAR SUS RESPONSABILIDADES DIRECTAS EN ORDEN A LA GARANTIA DE LOS DERECHOS HUMANOS INTERNACIONALMENTE RECONOCIDOS,A PARTIR DE ESTE PUNTO DE REFERENCIA, EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACION PRETENDE EXAMINAR COMO EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS OPERA TRANSVERSAL Y FUNCIONALMENTE COMO INSTRUMENTO QUE CONDICIONA O INTRODUCE LIMITACIONES A LOS ESTADOS Y A OTROS ENTES INTERGUBERNAMENTALES CON FACULTADES PARA DETERMINAR O CONDICIONAR EL COMPORTAMIENTO ESTATAL EN LO QUE CONCIERNE A LA ADOPCION DE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GESTIONAR Y SOLUCIONAR LA SITUACION DE CRISIS EXISTENTE, ES PRECISO, ADEMAS, PARA COMPLETAR LA PANORAMICA JURIDICA, NO SOLO PROFUNDIZAR EN EL ANALISIS DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS COMO DERECHO APLICABLE A LAS SITUACIONES DE CRISIS -ES DECIR, A SU APLICABILIDAD A LAS DECISIONES ESTATALES Y/O DE LAS INSTITUCIONES INTERNACIONALES-, SINO TAMBIEN EN EL ALCANCE DE LOS MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD JURIDICA EXISTENTES PARA GARANTIZAR QUE EFECTIVAMENTE LOS DERECHOS HUMANOS CUMPLAN ESTE PRESUPUESTO FUNCIONAL, FINALMENTE, HAY QUE TENER PRESENTE QUE LA HIPOTESIS DE TRABAJO PLANTEADA INCIDE, DE UNA PARTE, EN ASPECTOS DE LA POLITICA INTERIOR Y EXTERIOR DE LOS ESTADOS -PUDIENDOSE INCORPORAR LA EXIGENCIA DEL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS COMO FACTOR DE LA POLITICA EXTERIOR ESTATAL-, Y, DE OTRA PARTE, EN LA INTERRELACION NORMATIVA ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y OTROS SECTORES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO -POR EJEMPLO, LAS NORMAS JURIDICAS INTERNACIONALES RELATIVAS AL MANTENIMIENTO DE LA PAZ Y LA SEGURIDAD INTERNACIONALES; EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO O EL DERECHO INTERNACIONAL ECONOMICO-, DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HU\DERECHO INTERNACIONAL ECONOMICO\DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO\EXIGIBILIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS\DIGNIDAD HUMANA\ORGANIZACIONES INTERNACIONALES\GOBERNANZA\POLITICA SOCIAL\POLITICA ECONOMICA\PODERES ESPECIALES