IDENTIDAD DIGITAL, DERECHOS FUNDAMENTALES Y NEURODERECHOS
EL PROYECTO QUE SE SOLICITA GIRA EN TORNO LA IDENTIDAD DIGITAL, LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LOS NEURODERECHOS EN UN ENTORNO DIGITAL Y GLOBALIZADO.EL IMPACTO DE LA ERA DIGITAL EN LOS MAS DIVERSOS ASPECTOS DE NUESTRA VIDA DIARIA SU...
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Descripción del proyecto
EL PROYECTO QUE SE SOLICITA GIRA EN TORNO LA IDENTIDAD DIGITAL, LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LOS NEURODERECHOS EN UN ENTORNO DIGITAL Y GLOBALIZADO.EL IMPACTO DE LA ERA DIGITAL EN LOS MAS DIVERSOS ASPECTOS DE NUESTRA VIDA DIARIA SUPONE UN AVANCE INCUESTIONABLE PARA LA SOCIEDAD. AL MISMO TIEMPO, ESTA INNOVACION TECNOLOGICA ENCIERRA GRANDES RETOS E IMPORTANTES CONSECUENCIAS DE TODA INDOLE. EN EL AMBITO JURIDICO, ESPECIALMENTE, ES CADA VEZ MAYOR LA PREOCUPACION POR HALLAR RESPUESTAS A LA GRAN CANTIDAD DE INTERROGANTES QUE SE PLANTEAN CON LA INNOVACION TECNOLOGICA.ESTOS INTERROGANTES SE PROYECTAN, SOBRE TODO, EN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS. TEMA TRANSVERSAL E INTERNACIONAL; ABARCA PRINCIPIOS «CLASICOS» DEL DERECHO, MUY CONSOLIDADOS, PERO QUE NECESITAN DE UNA ADAPTACION A LAS NUEVOS DESAFIOS Y CONFLICTOS JURIDICOS. ES INNEGABLE LA DIMENSION GLOBAL: LA ERA DIGITAL NO CONOCE DE FRONTERAS Y ROMPE ABSOLUTAMENTE CON LOS PARAMETROS TRADICIONALES DEL DERECHO (TIEMPO Y EL ESPACIO). ES CRUCIAL LA ESTRATEGIA EUROPEA DIGITAL, EN PARTICULAR LA PUESTA EN MARCHA DE LA AGENDA DIGITAL PARA EUROPA O LA ESTRATEGIA EUROPEA DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL (O LA APROBACION DEL PLAN ESPAÑA DIGITAL 2025). POR OTRO LADO, ESTE PROYECTO TIENE UNA INHERENTE DIMENSION DE GENERO, PUES AL ANALIZAR LA IDENTIDAD DIGITAL SE EXAMINA, EN EFECTO, LAS DIFERENTES IDENTIDADES DE LA PERSONA. Y DE OTRO LADO, UNA ESPECIAL REFERENCIA A LA PERSONAS CON DISCAPACIDADES PUES JUSTAMENTE LAS NEUROTECNOLOGIAS QUE SE ANALIZARAN CONECTAN DE LLENO CON LA POSIBILIDAD DE MEJORAR LA VIDA A LAS PERSONAS CON DIFICULTADES NEURONALES.ESTE PROYECTO SE CENTRARA EN EL DERECHO A LA IDENTIDAD DIGITAL PUES ESTA A MENUDO SE ESTABLECE A TRAVES DE CONSTRUCCIONES Y PATRONES DIGITALES. SE CONFIGURA COMO EL DERECHO A SER UNO MISMO Y DIFERENTE DE LOS DEMAS. ADEMAS QUE PRIVAR A ALGUIEN DE SU IDENTIDAD SUPONE PRIVARLE DE TODOS SUS DERECHOS. SIN EMBARGO, NO ES FACIL ENCONTRAR EN EL AMBITO DE LAS NORMAS JURIDICAS UN RECONOCIMIENTO EXPRESO AL DERECHO A LA IDENTIDAD, QUE NO ESTA EXPRESAMENTE RECONOCIDO EN NUESTRA CONSTITUCION. EL TS HA SEÑALADO QUE EL RECONOCIMIENTO DE LA PROPIA IDENTIDAD FORMA PARTE DEL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. EL TC, HA SEÑALADO QUE LA PROPIA IDENTIDAD ES UNA CUALIDAD PRINCIPAL DE LA PERSONA HUMANA. ANTE ESTA SITUACION, EL DERECHO, LA TECNOLOGIA Y LA ETICA HAN DE IR DE LA MANO PARA PROTEGER LA IDENTIDAD DIGITAL Y EN CONSECUENCIA LA DIGNIDAD MISMA DE LA PERSONA PARA LO QUE SE HACE NECESARIO EXAMINAR Y ESTABLECER UN CONTROL SOBRE LA PROPIA IDENTIDAD EN LA SOCIEDAD DIGITAL.Y SOBRE LOS NEURODERECHOS, PUES LOS AVANCES EN LAS NEUROTECNOLOGIAS, CAPACES DE CONTROLAR O MANIPULAR LAS EMOCIONES O EL PENSAMIENTO, HAN DEJADO DE SER CIENCIA FICCION Y YA SON UNA REALIDAD. LA POSIBILIDAD REAL DE QUE DETERMINADAS APLICACIONES TECNICAS PUEDAN «CODIFICAR» LA ACTIVIDAD CEREBRAL ES UN RIESGO ACTUAL. SI BIEN ESTAS APLICACIONES SE CONCIBEN CON EL AMBICIOSO OBJETIVO DE ENCONTRAR RESPUESTAS A DETERMINADAS ENFERMEDADES, COMO EL ALZHEIMER CONLLEVAN AL MISMO TIEMPO UN ATERRADOR CONFLICTO CON LOS DERECHOS Y LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS.POR ESO SE HACE NECESARIO, EN ESTE AMBITO, UN DOBLE ESFUERZO: DE UN LADO, PROFUNDIZAR EN UN CAMPO COMO ES LA NEUROCIENCIA Y LAS NEUROTECNOLOGIAS Y EXAMINAR LA CREACION DE UN NOVEDOSO MARCO NORMATIVO QUE PROTEJA LOS NEURODERECHOS.Y, EN DEFINITIVA, QUE ESTABLEZCA LAS CONDICIONES Y LOS LIMITES DE ESTAS NEUROTECNOLOGIAS PARA QUE, DE NINGUN MODO, PUEDAN MODIFICARSE LAS CONEXIONES NEUR UNDAMENTALES\INTERNET\UNION EUROPEA\GLOBALIZACION\SOCIEDAD DIGITAL\INTELIGENCIA ARTIFICIAL\INNOVACION TECNOLOGICA\NEUROTECNOLOGIA
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