Descripción del proyecto
CON EL PRESENTE PROYECTO PRETENDEMOS CENTRAR NUESTRA ACTIVIDAD INVESTIGADORA EN LA NECESIDAD DE ARTICULAR UN PROTOCOLO UNICO PARA LA VIOLENCIA DE GENERO Y EN LA VIOLENCIA MORAL EN EL TRABAJO, SE TRATA DE ABORDAR LA VIOLENCIA LABORAL DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS PLANES DE IGUALDAD Y LOS PROTOCOLOS DE ACTUACION ESPECIFICA, DE CONTINUAR CON EL ESTUDIO DEL PROCEDIMIENTO PREVENTIVO DE LA VIOLENCIA EN EL TRABAJO Y ARTICULARLO EN EL PLAN DE IGUALDAD EN LOS TERMINOS FIJADOS POR EL ART, 46 DE LA LEY ORGANICA 3/2007, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES (EN ADELANTE LOI) SIN DEJAR DE LADO LA LPRL, LA LEY 35/1995 DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES ( EN ADELANTE, LPRL) OBLIGA A GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, Y ELLO SUPONE, ENTRE OTRAS COSAS, QUE NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO NO PERMITE, NI SIQUIERA DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA PREVENCION, QUE EN NUESTRAS EMPRESAS SE GENEREN SITUACIONES DE ACOSO MORAL, DE ACOSO SEXUAL O DE ACOSO POR RAZON DE SEXO, SIN EMBARGO, DE TODOS ES SABIDO QUE, DESGRACIADAMENTE, ESTAS SITUACIONES DE ACOSO ATENTATORIAS A LA DIGNIDAD Y A LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES, SE PRODUCEN CON DEMASIADA FRECUENCIA, COMO HIPOTESIS DE TRABAJO SE ENTIENDE -Y ASI SE INTENTARA DEMOSTRAR- QUE ESTAS SITUACIONES AFECTAN CON MAYOR FRECUENCIA E INTENSIDAD A LAS MUJERES, DE HECHO, LA LEY ORGANICA DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES CONTIENE UNA ESPECIAL REFERENCIA TANTO AL ACOSO SEXUAL COMO AL ACOSO POR RAZON DE SEXO, OBLIGANDO A LAS EMPRESAS, TANTO PUBLICAS COMO PRIVADAS, A ARTICULAR UN PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE AL ACOSO EN EL PROPIO PLAN DE IGUALDAD QUE PUEDA NEGOCIARSE, ES MAS, INCLUSO EN EL CASO DE QUE NO SE NEGOCIE UN PLAN DE IGUALDAD (PUES NO TODAS LAS EMPRESAS ESTAN OBLIGADAS A ELLO), ES CLARO QUE LA EMPRESA DEBE ADOPTAR MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL TRABAJO Y ELLO, EVIDENTEMENTE, INCLUYE EVITAR TODA SITUACION DE ACOSO, EL TRABAJO, PUES, SE VA A CENTRAR EN IDENTIFCIAR CONCEPTUALMENTE LAS SITUACIONES DE ACOSO, EN INDAGAR LA INCIDENCIA REAL DE LAS MISMAS EN EL SENO DE LAS ENTIDADES Y EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS, EN HALLAR LAS VIAS MAS ADECUADAS DE TRATAMIENTO Y PREVENCION DE ESTAS SITUACIONES, CON ESPECIAL ESTUDIO DEL PAPEL QUE LOS PLANES DE IGUALDAD Y LOS PROTOCOLOS ESPECIFICOS DE ACTUACION PUEDEN JUGAR AL RESPECTO, EN ESE SENTIDO, SE TRATA SIEMPRE DE INTRODUCIR LA VARIABLE DE GENERO PARA DETERMINAR SI EXISTE UNA SITUACION DE MAYOR EXPOSICION DE LAS MUJERES A ESTAS CONDUCTAS Y DE MAYOR DIFICULTAD PARA SU ERRADICACION Y, EN SU CASO, QUE VIAS HAY PARA ARBITRAR MECANISMOS DE PREVENCION Y TUTELA PARA EVITAR QUE SE PRODUZCAN ESTAS SITUACIONES, SE PROPONE REALIZAR ESTUDIOS DE CAMPO, O CONCRETAR LOS DATOS DE LOS QUE YA SE HAYAN REALIZANDO, INCORPORANDO EN SU CASO LA PERSPECTIVA DE GENERO, ANALIZAR EXPERIENCIAS APLICATIVAS REALES EN LAS EMPRESAS Y ENTIDADES PUBLICAS, INCLUSO PROPONIENDO MODELOS DE ACTUACION AL RESPECTO Y, EN SU CASO, COMPROBANDO LA EFICACIA REAL DE LAS EXPERIENCIAS PRACTICAS, LA FINALIDAD ES LOGRAR ARTICULAR UN UNICO PROTOCOLO QUE PERMITA UNA TUTELA DIGNA A LAS VICTIMAS DEL ACOSO, TANTO SI SON ACOSADAS POR RAZON DE SU GENERO COMO SI LO SON POR OTRO MOTIVO, UNIFICANDO ESFUERZOS Y EVITANDO DUPLICIDADES INNECESARIAS COMO LA QUE RESULTARIA EN CASO DE TENER QUE ACTUAR DE FORMA DISTITNA SEGUN EL ACOSO SE DEBIESE A CADA UNO DE LOS MOTIVOS, LA FINALIDAD ULTIMA ES ALCANZAR EL DERECHO A UNA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA DESDE LA MAXIMA EFICIENCIA Y EFICIACIA, ACOSO-VIOLENCIA LABORAL-PROCEDIMIENTO- P