Descripción del proyecto
DEL TOTAL DE 27 TEMAS EN QUE SE HA DIVIDIDO EL PROYECTO COORDINADO, EL SUBGRUPO DE LA UNIVERSITAT ROVIRA I VIRGILI SE OCUPARA DE 10 DE ELLOS, CONFORME A LA SIGUIENTE DISTRIBUCION.EL COORDINADOR DEL SUBPROYECTO, EL PROFESOR ESTEVE BOSCH, ANALIZARA LA FORMACION DEL CONTRATO, QUE APARECE REGULADA EN EL CAPITULO 3 DEL INSTRUMENTO OPCIONAL (ARTS. 30 A 39). ASIMISMO, EL PROFESOR ESTEVE BOSCH SE OCUPARA DEL CAPITULO 5 DEL INSTRUMENTO OPCIONAL (ARTS. 48 A 57), DEDICADO A LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO. SE REGULAN COMO VICIOS DEL CONSENTIMIENTO EL ERROR, EL DOLO, LAS AMENAZAS Y LA EXPLOTACION INJUSTA, ESTABLECIENDOSE LOS REQUISITOS Y LAS CONSECUENCIAS DE TALES VICIOS. SE HARA UNA ESPECIAL REFERENCIA A LA POSIBILIDAD DE ANULACION DEL CONTRATO POR EXPLOTACION INJUSTA, INSTITUCION DESCONOCIDA EN EL CC ESPAÑOL VIGENTE, PERO QUE HA SIDO RECOGIDA, EN UNOS TERMINOS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA POLEMICA, EN EL ART. 1301 DE LA PROPUESTA DE MODERNIZACION DEL CODIGO CIVIL ESPAÑOL. POR ULTIMO, EL PROFESOR ESTEVE BOSCH TUTELARA EL TRABAJO DE LA SRA. CRISTINA VILLO DEDICADO A LA ADAPTACION DEL CONTRATO POR CAMBIO DE CIRCUNSTANCIAS.EL PROFESOR PEDRO DEL POZO SE OCUPARA DE DOS ASPECTOS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA. POR UNA PARTE, DEL CAPITULO 10 DEL INSTRUMENTO OPCIONAL DEDICADO A LAS OBLIGACIONES DEL VENDEDOR, EN EL QUE SE PREVE QUE EL VENDEDOR NO CUMPLE UNICAMENTE ENTREGANDO LA COSA, SINO QUE ADEMAS DEBE TRANSMITIR LA PROPIEDAD DE LA MISMA (ART. 91). ADEMAS, ANALIZARA LA TRANSMISION DEL RIESGO, REGULADA EN EL CAPITULO 14 DEL INSTRUMENTO OPCIONAL (ARTS. 140 A 146).LA PROFESORA REYES BARRADA ANALIZARA EL CAPITULO 12, OBLIGACIONES DEL COMPRADOR (ARTS. 123 A 130): LOS DEBERES GENERALES QUE INCUMBEN AL SUJETO COMPRADOR, EL PAGO EN SU SENTIDO AMPLIO- DEL PRECIO Y SUS CIRCUNSTANCIAS, Y LA RECEPCION DEL BIEN ADQUIRIDO. LA PROFESORA ANA GIMENEZ SE OCUPARA DEL ANALISIS DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL INSTRUMENTO OPCIONAL (CAPITULO 1). LA SECCION PRIMERA DE DICHO CAPITULO 1 REGULA LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LIBERTAD DE CONTRATACION, BUENA FE CONTRACTUAL Y COOPERACION, QUE INSPIRAN E INFORMAN TODA LA NORMATIVA (ARTS. 1 A 3). LA SECCION SEGUNDA (ARTS. 4 A 12) SE CENTRA EN CUESTIONES RELATIVAS A LA APLICACION DEL FUTURO REGLAMENTO, QUE VERSAN BIEN SOBRE TEMAS GENERALES COMO LA INTERPRETACION, LA LIBERTAD DE FORMA, LA RESOLUCION DEL CONTRATO Y EL COMPUTO DEL TIEMPO, O BIEN SOBRE QUE DEBE ENTENDERSE POR RAZONABILIDAD, CLAUSULAS CONTRACTUALES NO NEGOCIADAS INDIVIDUALMENTE, CONTRATOS MIXTOS, NOTIFICACION, DECLARACIONES O CONDUCTA UNILATERALES. LA PROFESORA GIMENEZ, JUNTAMENTE CON LA DRA. DIANA MARIN, PROFESORA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, ANALIZARA LAS CLAUSULAS ABUSIVAS (CAPITULO 8, ARTS. 79 A 86). EL DR. HECTOR SIMON ANALIZARA, POR UNA PARTE, EL CAPITULO 2, DEDICADO A LOS DEBERES PRECONTRACTUALES DE INFORMACION (ARTS. 13 A 29), QUE REDISEÑA DE NUEVO LA ESTRUCTURA DE LA INFORMACION PRECONTRACTUAL. ASIMISMO, EL DR. HECTOR SIMON ANALIZARA LA CUESTION DE LA ENTREGA DE BIENES NO SOLICITADOS.FINALMENTE, LA SRA. CRISTINA VILLO, BECARIA DE INVESTIGACION, SE OCUPARA, BAJO LA SUPERVISION DEL PROFESOR ESTEVE BOSCH, DEL ANALISIS DEL CAMBIO DE CIRCUNSTANCIAS, QUE APARECE REGULADO EN EL ART. 89 DEL INSTRUMENTO OPCIONAL, DENTRO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA (CAPITULO 9).