Descripción del proyecto
EL ESTABLECIMIENTO EN EL SENO DE LA UNION DE UN MERCADO INTERIOR DE LA ELECTRICIDAD Y EL GAS NATURAL CONSTITUYE UNA DE LAS POLITICAS EUROPEAS MAS AMBICIOSAS Y CONFLICTIVAS, DICHA POLITICA ESTA PLASMADA EN LA ACTUALIDAD EN LA DIRECTIVA 2003/54, SOBRE NORMAS COMUNES PARA EL MERCADO INTERIOR DE LA ELECTRICIDAD, Y LA DIRECTIVA 2003/55, SOBRE NORMAS COMUNES PARA EL MERCADO INTERIOR DEL GAS NATURAL, QUE AL MARGEN DE ALGUNAS DIFERENCIAS MENORES IMPUESTAS POR LAS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE AMBOS SUMINISTROS, ARTICULAN UN CONJUNTO DE MEDIDAS IDENTICAS PARA ALCANZAR DICHO OBJETIVO, EN LOS CONSIDERANDOS PREVIOS DE AMBAS DIRECTIVAS SE EXPLICITAN CLARAMENTE LOS FINES PERSEGUIDOS: SE TRATA DE ALCANZAR UN MERCADO INTERIOR DEL GAS Y DE LA ELECTRICIDAD EN SENTIDO PLENO, EN QUE TODOS LOS CONSUMIDORES PUEDAN ELEGIR LIBREMENTE A SUS SUMINISTRADORES Y TODOS LOS SUMINISTRADORES ABASTECER LIBREMENTE A SUS CLIENTES, OBJETIVO QUE SE CONSIDERA EL UNICAMENTE COMPATIBLE CON LOS PRINCIPIOS COMUNITARIOS DE LIBRE CIRCULACION DE MERCANCIAS, LIBRE PRESTACION DE SERVICIOS Y LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO QUE EL TRATADO GARANTIZA A LOS CIUDADANOS EUROPEOS, EL DISEÑO DEL PROCESO LIBERALIZADOR ESTA PERFECTAMENTE ESTABLECIDO EN ESTAS DIRECTIVAS, Y GIRA EN TORNO A LA SEPARACION DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE ESTOS SECTORES ENERGETICOS, AL ACCESO DE TERCEROS A LAS REDES Y A LA <REGULACION>, CONCEPTO JURIDICO QUE AGLUTINA EL CONJUNTO DE MEDIDAS DIRIGIDAS A INTRODUCIR LA CONCURRENCIA, EN REALIDAD, LAS DIRECTIVAS VIGENTES 2003/54 Y 2003/55 CONSTITUYEN LA CONTINUACION DE LAS ANTERIORES, COLMAN LAS LAGUNAS DETECTADAS, Y REFUNDEN Y SUSTITUYEN A AQUELLAS, A TODA ESTA NORMATIVA HAY QUE AÑADIR EL REGLAMENTO 1228/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 26 DE JUNIO DE 2003, RELATIVO A LAS CONDICIONES DE ACCESO A LA RED PARA EL COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE ELECTRICIDAD, EN EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2007 (19,9,2007), LA COMISION HA PRESENTADO AL PARLAMENTO EUROPEO EL LLAMADO <TERCER PAQUETE LEGISLATIVO>, QUE CONTIENE IMPORTANTES MODIFICACIONES DE LA NORMATIVA ANTERIOR DE 2003 CITADA, A LO QUE HAY QUE AÑADIR LA PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE CREA LA AGENCIA DE COOPERACION DE LOS REGULADORES DE LA ENERGIA; ASI COMO LA COMUNICACION DE LA COMISION <HACIA UNA CARTA EUROPEA DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES DE ENERGIA>, PRESENTADA EL 5,7,2007; Y LA COMUNICACION DE LA COMISION AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITE DE LAS REGIONES, SOBRE EL <PLAN ESTRATEGICO EUROPEO DE TECNOLOGIA ENERGETICA (PLAN EETE)>, CON EL EXPRESIVO SUBTITULO <HACIA UN FUTURO CON BAJA EMISION DE CARBONO>, PRESENTADA EL 22,11,2007, EN LA ACTUALIDAD ESTE CONJUNTO DE PROYECTOS ESTA SIENDO OBJETO DE INTENSOS DEBATES EN LOS ORGANOS COMUNITARIOS, QUE COINCIDEN CON LA AGUDA CRISIS ENERGETICA DE 2007-08,EL PROYECTO DE INVESTIGACION TIENE COMO OBJETO CENTRAL EL ANALISIS DE LAS DIRECTIVAS, CON PARTICULAR ENFASIS EN EL LLAMADO ¿TERCER PAQUETE LEGISLATIVO¿, Y SU REPERCUSION EN LAS RESPECTIVAS LEGISLACIONES NACIONALES, CON LA FINALIDAD DE DETECTAR AQUELLOS IMPEDIMENTOS O DIFICULTADES PARA ALCANZAR UN ESTATUTO UNIFORME DE LAS REDES ENERGETICAS EN TODO EL AMBITO DE LA UNION, MERCADO\INTERIOR\ELECTRICIDAD\GAS\NATURAL\ESTATUTO\REDES\ENERGETICAS\REGULACION