Innovating Works

Cerrada
INPYME 2024
Ayudas para apoyar las inversiones productivas realizadas por las PYMES de diversos sectores industriales de la Comunitat Valenciana
La concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana.
Sólo fondo perdido | 30%
Comunidad autónoma: COMUNITAT VALENCIANA
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 20-03-2024.
Hace 4 mes(es) del cierre de la convocatoria, y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, puede que esta información se publique pronto.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Empresas: El objetivo de estas empresas es realizar actividades de:

Serán subvencionables los proyectos de inversión que supongan la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento.

Características del participante

Ámbito COMUNITAT VALENCIANA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNITAT VALENCIANA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Empresas Micro, Pequeña, Mediana

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.

A los efectos de esta convocatoria, se entenderá que una actividad industrial productiva está vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria cuando se justifique y acredite que la misma se encuadre claramente en una de las secciones, divisiones, grupos y clases de actividades por sectores descritos en el apartado de CNAES financiables.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 9329, 9319, 9002, 8230, 7739, 7733, 7729, 7430, 7420, 7219, 7211, 7112, 6311, 6209, 6202, 6201, 5920, 5916, 5915, 5912, 5821, 3299, 3291, 3250, 3240, 3230, 3220, 3213, 3212, 3211, 3109, 3103, 3102, 3101, 3099, 3092, 3091, 3040, 3030, 3020, 3012, 3011, 2932, 2931, 2920, 2910, 2899, 2896, 2895, 2894,.... ver más
Condiciones Especiales: Cuidado: Solo serán admisibles los gastos que se acredite que han sido efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2024 y el plazo máximo de justificación, con independencia de la puesta en funcionamiento de los activos subvencionados. No obstante lo anterior, se admitirán como costes pagados en plazo, los pagos realizados en 2023 de activos que no se hayan podido poner en funcionamiento en ese ejercicio por causas ajenas a la empresa, y siempre que la puesta en funcionamiento del activo subvencionado se realice entre el 1 de enero de 2024 y el plazo máximo de justificación, o su caso, en el plazo ampliado para la puesta en marcha. Las empresas beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa hasta el PLAZO MÁXIMO de justificación del 4 de NOVIEMBRE de 2024, o en su caso el plazo máximo establecido en la resolución de concesión adicional.

Características del personal a contratar

Requisitos de diseño: Presupuesto: Requisitos técnicos: Los activos subvencionados deberán instalarse y utilizarse exclusivamente en centros productivos sitos en la Comunitat Valenciana, y mantenerse en este territorio y en el inventario de la empresa beneficiaria, o en el de la empresa que la sustituya en caso de fusiones, absorciones, escisiones o adquisiciones, durante al menos cinco años, contados a partir de la de finalización del plazo de justificación, o en su caso, del plazo ampliado de puesta en funcionamiento de los citados activos
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el plan de empresa de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. leer más.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
La cuantía de la subvención se determinará de la siguiente manera: Se aplicará el porcentaje del 30 % al total de los gastos que sean considerados por la comisión de evaluación como subvencionables, o del 40 % en el caso de inversiones en municipios con riesgo de despoblación, listados en el anexo IV de la convocatoria.
El resultado de aplicar los porcentajes anteriores será la cuantía de la subvención, sin que en ningún caso pueda superar el importe de 200.000 euros, que se establece como límite máximo de subvención por empresa para esta convocatoria. Además del límite anterior de 200.000 euros por empresa, la ayuda minimis final a conceder no podrá suponer que la suma de las ayudas minimis concedidas en España a la misma pyme beneficiaria, considerada como única empresa, calculados de fecha a fecha entre la fecha de concesión de esta subvención y los tres años anteriores, sea superior a 300.000 euros, que se establece como nuevo límite de ayuda minimis
La puesta en funcionamiento de los activos subvencionados deberá producirse entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de finalización del plazo de justificación.
El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido, salvo para los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual que será de 10.000 euros, IVA excluido.
Gastos subvencionables:
a) Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.
b) Los costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan.
c) Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.
d) Los costes imprescindibles para el registro, obtención, validación
y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la
empresa solicitante.
e) Los costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos, composiciones, sistemas o procesos industriales. También se admitirán como subvencionables los gastos incurridos en concepto de verificaciones de tercera parte bajo normas armonizadas para los ensayos de seguridad.
f) Costes de contratación externa de ingeniería industrial, siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de subvenciones.
g) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 600 euros.
Condiciones: No existe condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.