Inteligencia Artificial Aplicada 2023: Mejora la competitividad de tu empresa incorporando aplicaciones basadas en Inteligencia Artificial
El programa de ayudas Inteligencia Artificial Aplicada 2023 tiene como objetivo apoyar proyectos basados en el uso de IA en empresas del País Vasco, que tengan un efecto de demostración y permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en Euskadi, con la finalidad de dotar a las empresas vascas de herramientas para aumentar su competitividad. La Inteligencia Artificial es el corazón de la Industria Inteligente, ya que es la base sobre la que se desarrollan materias como la Visión Artificial, el Deep Learning, el Análisis de Datos, el Machine Learning u otras actividades de gran valor añadido para nuestras empresas.
Convocatoria
Áreas
Cerrada
Presentación
Objetivo
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los proyectos de aplicación de servicios y/o soluciones comerciales basadas en Inteligencia Artificial que tengan un efecto de demostración y que permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en Euskadi, para lograr mejorar la competitividad de las empresas. Dichos proyectos, deberán ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde su inicio. Los proyectos de implantación de tecnología de Inteligencia Artificial deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Deberán estar relacionados con la aplicación de servicios y/o soluciones comerciales basadas en Inteligencia Artificial.
– Deberán acreditar el uso de algoritmia de Inteligencia Artificial en ámbitos como Machine learning, Deep learning, Visión Artificial, u otros.
Temáticas
- Línea Temática Inteligencia Artificial: Inteligencia Artificial, Machine Learning, Deep Learning, Vision Artificial, Artificial Intelligence... ver más.
Características del participante
Ambito
Categorias
Características del Proyecto
Requisitos
Presupuesto: hasta 200.0K.
Requisitos
a) Dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará la actividad subvencionable.
b) Figuren de alta el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
No podrán acceder a las subvenciones objeto de convocatoria quienes:
a) Participen, directa o indirectamente, en empresas de Consultoría Informática e Ingeniería que presten servicios en los ámbitos objeto de subvención, contemplados en estas bases, en un porcentaje igual o superior al 25 % u ostenten capacidad de decisión en sus órganos de gobierno.
b) Tengan la consideración de entidades con personalidad jurídica propia, dependientes o vinculadas a las Administraciones Públicas.
c) Se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, entre las que se incluye:
– No estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
– No estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
– Estar sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas o se hallen incursos en prohibición legal que les inhabilite para ello.
– Incumplir, en el caso de empresas y únicamente para las subvenciones superiores a 30.000 euros, los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales.
d) Desarrollen actividad en los ámbitos de producción, comercialización y financiación de armamento.
Tecnología
Características de la financiación
%
Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones. El porcentaje de subvención sobre los «presupuestos de gastos e inversiones máximos aceptados» para el proyecto por cada uno de los conceptos subvencionables será del 50 %.
La subvención máxima anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 100.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.
La subvención máxima para el concepto de consultoría y/o ingeniería no podrá superar los 30.000 euros por proyecto. Esto es, el «presupuesto máximo aceptado» para el concepto de Gastos de Consultoría y/o Ingeniería no podrá ser superior a los 60.000 euros.
Gastos elegibles y requisitos aplicables.
1.– Tendrán la consideración de gastos y/o inversiones elegibles los de consultoría, ingeniería, hardware y software estrictamente relacionados con la tecnología de Inteligencia Artificial.
2.– Los gastos recurrentes en Software y Hardware, se aceptarán durante un plazo máximo de 12 meses.
Condiciones
Información adicional de la convocatoria
E. Incentiv.
Respuesta
Competitiva
Minimis