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Proyectos de investigación ind...
Ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados por las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura
La presente convocatoria financia aquellos proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados íntegramente en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro de las áreas definidas en las RIS3, en los sectores agroalimentación, energías limpias, turismo, salud y TIC, si bien en todo caso no podrán realizarse actividades relacionadas con la exportación, concretamente las directamente vinculadas a las cantidades exportadas, el establecimiento y funcionamiento de una red de distribución u otros costes corrientes vinculados a la actividad exportadora.
Sólo fondo perdido 70%
Comunidad autónoma: EXTREMADURA
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 25-02-2021.
Hace más de 43 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Finalidad: Financiar la realización de proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental que sean llevados a cabo por empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en las siguientes modalidades de ayudas:

1. Modalidad I: Proyectos de I+D realizados por una empresa que no sea de base tecnológica ni startup.
2. Modalidad II: Proyectos de I+D realizados por un agrupación de empresas con la prestación de servicios de I+D, de al menos, una universidad y/o centros de investigación público o privado.
3. Modalidad III: Proyectos de I+D realizados por Pymes de base tecnológica.
4. Modalidad IV: Proyectos de I+D realizados por Microempresas startup.

Características del participante

Ámbito EXTREMADURA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: EXTREMADURA
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración: Requisitos técnicos: Beneficiarias micro, pequeñas, medianas y grandes empresas con base en Extremadura.
1. Estar constituidas a la fecha en que formulen la solicitud de subvención o como máximo, haber finalizado los trámites de constitución en el mes siguiente a la fecha de solicitud de la ayuda. A estos efectos se considera que la empresa está constituida cuando haya finalizado los trámites de inscripción en el registro administrativo que proceda para la adquisición de su personalidad jurídica y esté dada de alta en algún epígrafe de IAE. Cuando no proceda inscripción en registro público, será el alta en IAE el acto que justifique la constitución.
2. Acreditar que no incurren en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, LSCAEX.
3. Cuando participen en el proyecto imputando horas de trabajo socios que estén encuadrados en el RETA y tributen al Impuesto sobre la Renta por rendimientos de actividades empresariales o profesionales, además de acreditar que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones deberá quedar acreditado que estos socios también están al corriente de sus obligaciones con las Haciendas Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social.
4. No pueden estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
5. No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2 apartado s), de la Orden de 23 de octubre de 2020, de bases reguladoras.
6. La justificación de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante una declaración responsable con arreglo a lo previsto en el anexo I de solicitud, con la excepción prevista en el siguiente apartado.
7. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado se oponga a ello, la Administración podrá consultar o recabar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración Pública, incluido la certificación acreditativa de que la empresa o empresas beneficiarias, así como el personal al que se refiere el apartado 1c) se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Por lo que se refiere a los certificados acreditativos de que tanto empresas beneficiarias como resto de colectivos ya citados se encuentran al corriente de sus obligaciones con las Haciendas Estatal y Autonómica, la Administración recabará directamente esa información a través de redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación, cuando las empresas o las personas titulares de dicha información, hayan prestado su consentimiento expreso.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 3:. Se inicia activamente la I+D. Incluye estudios analíticos y de validación sobre las predicciones de elementos separados de la tecnología, pero no se intenta integrar los componentes en un sistema completo. leer más.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
1. Modalidad I: Proyectos de I+D realizados por una empresa que no sea de base tecnológica ni startup.
Proyectos de Investigación Industrial (Pequeña Empresa 70%, Mediana Empresa 60%, Gran Empresa 50%)
Proyectos de Desarrollo Experimental (Pequeña Empresa 45%, Mediana Empresa 35%, Gran Empresa 25%)
- Presupuesto mínimo de inversión subvencionable (15.000 €)
- Presupuesto máximo de inversión subvencionable (PYMEs: 350.000 €) (Gran Empresa: 750.000 €)
2. Modalidad II: Proyectos de I+D realizados por un agrupación de empresas con la prestación de servicios de I+D, de al menos, una universidad y/o centros de investigación público o privado.
Proyectos de Investigación Industrial (Pequeña Empresa 70%, Mediana Empresa 60%, Gran Empresa 50%)
Proyectos de Desarrollo Experimental (Pequeña Empresa 45%, Mediana Empresa 35%, Gran Empresa 25%)
En el caso de que el proyecto realizado por la agrupación de empresas implique colaboración efectiva entre las mismas, las intensidades de ayudas serán las siguientes:
Proyectos de Investigación Industrial (Pequeña Empresa 80%, Mediana Empresa 75%, Gran Empresa 65%)
Proyectos de Desarrollo Experimental (Pequeña Empresa 45%, Mediana Empresa 35%, Gran Empresa 25%)
- Presupuesto de inversión subvencionable entre 100.000 y 750.000 €.
- Presupuesto máximo de inversión subvencionable hasta 1.000.000 €, si participa una gran empresa.
3. Modalidad III: Proyectos de I+D realizados por Pymes de base tecnológica.
Proyectos de Investigación Industrial (Pequeña Empresa 70%, Mediana Empresa 60%)
Proyectos de Desarrollo Experimental (Pequeña Empresa 45%, Mediana Empresa 35%)
- Presupuesto de inversión subvencionable entre 15.000 y 450.000 €.
4. Modalidad IV: Proyectos de I+D realizados por Microempresas startup.
a) Proyectos de investigación industrial: será del 70 % de los costes subvencionables del proyecto y 80 % si los resultados se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
b) Proyectos de desarrollo experimental: será del 45 % de los costes subvencionables del proyecto y del 60 % si los resultados se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
c) Estudio de viabilidad asociado al proyecto de desarrollo experimental: 70 % de los costes subvencionables de dicho estudio.
- Presupuesto máximo de inversión subvencionable hasta 85.000 €.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Condiciones: No existe condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
No conocemos el presupuesto total de la línea
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. leer más