PROGRAMA DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL: Financiación PYMEs proyectos industriales de emprendimiento o crecimiento

Crédito con tipo de interes | NEXT GENERATION, Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)

El programa bonificará los costes, para las pequeñas y medianas empresas participantes, asociados a la obtención de financiación a largo plazo para financiar las inversiones en emprendimiento y crecimiento.


Convocatoria
Convocatoria cerrada: No se esperan futuras convocatorias de esta línea.

Áreas

Cerrada
Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 31-12-2023.

Presentación
Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual. + info
Puedes aplicar a ella en el siguiente link.

Objetivo
Proyectos: El objetivo de la línea es financiar Proyectos.

PROYECTOS DE INVERSIÓN ELEGIBLES

Emprendimiento
Serán elegibles los proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales dentro de los sectores indicados en el apartado anterior, por parte de una PYME que haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los tres años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.

Crecimiento
1. Serán elegibles los proyectos de inversión de PYME, aunque cuenten con más de tres años de antigüedad, dirigidos a un cambio de escala en la producción o mejorar su competitividad, incluyendo:
i) La creación de un nuevo establecimiento industrial.
ii) El traslado que implique crecimiento de capacidad y que no sea simplemente un cambio de localización.
iii) La ampliación de capacidad productiva tanto por creación de nuevas líneas como por ampliación de las existentes.
iv) Cualquier mejora del sistema productivo para incrementar la competitividad, incluyendo entre otros aspectos como la mejora de la eficiencia energética o del impacto ambiental y la robotización y digitalización.
2. En el caso de operaciones de adquisición de empresas o transferencias de negocios, serán elegibles si existe un proyecto de inversión industrial que cumpla los requisitos establecidos en el punto 1, letras i) a iv).

Características del participante

Ambito
Nacional: Puede aplicar a esta linea cualquier empresa española.

Categorias
La tramitación de esta ayuda sólo permite: Empresas. con las siguientes categorías: Pequeña, Mediana.

CNAE
Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 8292, 7120, 7112, 5210, 3832, 3831, 383, 3600, 3519, 3518, 3317, 3316, 3315, 3314, 3313, 3312, 3311, 331, 3240, 324, 3230, 323, 3220, 322, 3213, 3212, 3211, 321, 32, 3109, 3103, 3102, 3101, 310, 31, 3099, 3092, 3091, 309, 3040, 304, 3030, 303, 3020, 302, 3012, 3011, 301, 30, 2932, 2931, 293, 2920, 2.... ver más

C. Especiales
Condiciones especiales Para los proyectos de la categoría "Emprendimiento" será indispensable que la PYME haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los tres años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.
Características del Proyecto

Requisitos
Presupuesto: hasta 1.5M.

Requisitos
Los beneficiaros del apoyo del Programa son PYME, definidas conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, excepto trabajadores autónomos, comunidades de bienes y sociedades civiles, cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria. La actividad se determinará no necesariamente por el código CNAE en el que está registrada la empresa, sino por el que corresponda a la inversión para el que se solicita la financiación.

Capítulos
Los capítulos financiables para este proyecto son: Activos. + info

Tecnología
La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones.+ info
Características de la financiación

%

Intensidad de la ayuda: Crédito con tipo de interes + info


Crédito máximo
FIJO

+ %

CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES DE FINANCIACIÓN ELEGIBLES
Las operaciones de préstamo para financiar los proyectos y los conceptos de inversión y gasto de las empresas beneficiarias descritos en los apartados anteriores otorgadas por una entidad bancaria o por entidades no bancarias serán elegibles siempre que sean avaladas por la SGR, que podrá cubrir con su garantía hasta el 100% del importe nominal del préstamo.

Las operaciones de financiación tendrán que haber sido formalizadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. El plazo de la operación de préstamo y la de garantía asociada no podrá ser inferior a
TRES (3) años ni superar los QUINCE (15) años, independientemente de que el reafianzamiento otorgado por CERSA a la operación sólo cubrirá los primeros DIEZ (10) años de la vida de la operación.

El importe de la garantía otorgada por la SGR no podrá superar 1.500.000,00 € y para operaciones de emprendimiento 750.0000,00 €. El límite del párrafo anterior estará referido tanto a la PYME como a su Grupo Económico y se podrá alcanzar en una o varias operaciones. Las operaciones podrán tener períodos de carencia de hasta tres años y tendrán que tener un calendario de amortización, quedando expresamente excluidas las operaciones que tengan formato revolving.

IMPORTE DE LA BONIFICACIÓN DE COSTES DE LA OPERACIÓN DE FINANCIACIÓN AVALADA

El importe de la bonificación que se aplicará a las operaciones será la suma de los siguientes cuatro conceptos de gastos asociados a la financiación avalada:
- La comisión de apertura de la entidad que financia la operación, de la que se bonificará un máximo del 0,5% del importe nominal del préstamo multiplicado por el porcentaje cubierto por la garantía de la SGR.
- La comisión de estudio de la SGR, que no podrá superar un máximo del 0,5% del importe de la garantía otorgada.
- Los intereses asociados al préstamo durante toda la vida del mismo, que podrán establecerse como un tipo de interés fijo o tener un componente variable, pero en todo caso se bonificará como máximo el equivalente a un tipo de interés fijo anual del 1,8% multiplicado por el porcentaje cubierto por la garantía de la SGR. El tipo de interés aplicando por la entidad financiera deberá estar en línea con el aplicado habitualmente a este tipo de operaciones cuando cuentan con la garantía de la SGR.
- Las comisiones de aval de la SGR durante toda la vida de la garantía, que no podrán superar un máximo equivalente a un porcentaje anual del 1,2% del riesgo vivo cubierto por la SGR al inicio de cada año. El importe en valor absoluto resultante de la bonificación se calculará de acuerdo el calendario de amortización del préstamo, que también aplica a la garantía, en función de los términos de la operación formalizada.

El importe total de la bonificación no podrá superar DOSCIENTOS MIL EUROS (€ 200.000), debido a su carácter de ayuda de minimis. En caso de que la Empresa Beneficiaria tuviera concedidas otras ayudas de mínimis el importe de la bonificación se ajustará al máximo permitido.


Fondos

Esta línea esta financiada por fondos: NEXT GENERATION, Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).


Condiciones
No existe condiciones financieras para el beneficiario.
Información adicional de la convocatoria

E. Incentiv.
Esta ayuda no tiene efecto incentivador.

Competitiva
Se trata de una ayuda muy competitiva, con un presupuesto total de convocatoria muy limitante para el número de participantes que se espera: 75.0M. Se recomienda aplicar exclusivamente si el proyecto tiene un encaje y calidad excelentes. + info

Minimis
Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”.

DNSH
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info