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PROGRAMA DE APOYO AL EMPR...
PROGRAMA DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL: Financiación PYMEs proyectos industriales de emprendimiento o crecimiento
El programa bonificará los costes, para las pequeñas y medianas empresas participantes, asociados a la obtención de financiación a largo plazo para financiar las inversiones en emprendimiento y crecimiento.
Crédito con tipo de interes | 100 %
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 31-12-2023.
Hace más de 10 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

PROYECTOS DE INVERSIÓN ELEGIBLES

Emprendimiento
Serán elegibles los proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales dentro de los sectores indicados en el apartado anterior, por parte de una PYME que haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los tres años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.

Crecimiento
1. Serán elegibles los proyectos de inversión de PYME, aunque cuenten con más de tres años de antigüedad, dirigidos a un cambio de escala en la producción o mejorar su competitividad, incluyendo:
i) La creación de un nuevo establecimiento industrial.
ii) El traslado que implique crecimiento de capacidad y que no sea simplemente un cambio de localización.
iii) La ampliación de capacidad productiva tanto por creación de nuevas líneas como por ampliación de las existentes.
iv) Cualquier mejora del sistema productivo para incrementar la competitividad, incluyendo entre otros aspectos como la mejora de la eficiencia energética o del impacto ambiental y la robotización y digitalización.
2. En el caso de operaciones de adquisición de empresas o trans... ver más

PROYECTOS DE INVERSIÓN ELEGIBLES

Emprendimiento
Serán elegibles los proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales dentro de los sectores indicados en el apartado anterior, por parte de una PYME que haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los tres años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.

Crecimiento
1. Serán elegibles los proyectos de inversión de PYME, aunque cuenten con más de tres años de antigüedad, dirigidos a un cambio de escala en la producción o mejorar su competitividad, incluyendo:
i) La creación de un nuevo establecimiento industrial.
ii) El traslado que implique crecimiento de capacidad y que no sea simplemente un cambio de localización.
iii) La ampliación de capacidad productiva tanto por creación de nuevas líneas como por ampliación de las existentes.
iv) Cualquier mejora del sistema productivo para incrementar la competitividad, incluyendo entre otros aspectos como la mejora de la eficiencia energética o del impacto ambiental y la robotización y digitalización.
2. En el caso de operaciones de adquisición de empresas o transferencias de negocios, serán elegibles si existe un proyecto de inversión industrial que cumpla los requisitos establecidos en el punto 1, letras i) a iv). ver menos

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 8292, 7120, 7112, 5210, 3832, 3831, 383, 3600, 3519, 3518, 3317, 3316, 3315, 3314, 3313, 3312, 3311, 331, 3240, 324, 3230, 323, 3220, 322, 3213, 3212, 3211, 321, 32, 3109, 3103, 3102, 3101, 310, 31, 3099, 3092, 3091, 309, 3040, 304, 3030, 303, 3020, 302, 3012, 3011, 301, 30, 2932, 2931, 293, 2920, 2.... ver más
Condiciones Especiales: Cuidado: Para los proyectos de la categoría "Emprendimiento" será indispensable que la PYME haya sido creada o haya iniciado su actividad dentro de los tres años anteriores a la fecha de formalización de la operación de financiación.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Los beneficiaros del apoyo del Programa son PYME, definidas conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, excepto trabajadores autónomos, comunidades de bienes y sociedades civiles, cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria. La actividad se determinará no necesariamente por el código CNAE en el que está registrada la empresa, sino por el que corresponda a la inversión para el que se solicita la financiación. Los beneficiaros del apoyo del Programa son PYME, definidas conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, excepto trabajadores autónomos, comunidades de bienes y sociedades civiles, cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria. La actividad se determinará no necesariamente por el código CNAE en el que está registrada la empresa, sino por el que corresponda a la inversión para el que se solicita la financiación.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Crédito con tipo de interes + info
Crédito máximo:
0% 25% 50% 75% 100%

FIJO + %

CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES DE FINANCIACIÓN ELEGIBLES
Las operaciones de préstamo para financiar los proyectos y los conceptos de inversión y gasto de las empresas beneficiarias descritos en los apartados anteriores otorgadas por una entidad bancaria o por entidades no bancarias serán elegibles siempre que sean avaladas por la SGR, que podrá cubrir con su garantía hasta el 100% del importe nominal del préstamo.
Las operaciones de financiación tendrán que haber sido formalizadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. El plazo de la operación de préstamo y la de garantía asociada no podrá ser inferior a
TRES (3) años ni superar los QUINCE (15) años, independientemente de que el reafianzamiento otorgado por CERSA a la operación sólo cubrirá los primeros DIEZ (10) años de la vida de la operación.
El importe de la garantía otorgada por la SGR no podrá superar 1.500.000,00 € y para operaciones de emprendimiento 750.0000,00 €. El límite del párrafo anterior estará referido tanto a la PYME como a su Grupo Económico y se podrá alcanzar en una o varias operaciones. Las operaciones podrán tener períodos de carencia de hasta tres años y tendrán que tener un calendario de amortización, quedando expresamente excluidas las operaciones que tengan formato revolving.
IMPORTE DE LA BONIFICACIÓN DE COSTES DE LA OPERACIÓN DE FINANCIACIÓN AVALADA
El importe de la bonificación que se aplicará a las operaciones será la suma de los siguientes cu...
CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES DE FINANCIACIÓN ELEGIBLES
Las operaciones de préstamo para financiar los proyectos y los conceptos de inversión y gasto de las empresas beneficiarias descritos en los apartados anteriores otorgadas por una entidad bancaria o por entidades no bancarias serán elegibles siempre que sean avaladas por la SGR, que podrá cubrir con su garantía hasta el 100% del importe nominal del préstamo.
Las operaciones de financiación tendrán que haber sido formalizadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. El plazo de la operación de préstamo y la de garantía asociada no podrá ser inferior a
TRES (3) años ni superar los QUINCE (15) años, independientemente de que el reafianzamiento otorgado por CERSA a la operación sólo cubrirá los primeros DIEZ (10) años de la vida de la operación.
El importe de la garantía otorgada por la SGR no podrá superar 1.500.000,00 € y para operaciones de emprendimiento 750.0000,00 €. El límite del párrafo anterior estará referido tanto a la PYME como a su Grupo Económico y se podrá alcanzar en una o varias operaciones. Las operaciones podrán tener períodos de carencia de hasta tres años y tendrán que tener un calendario de amortización, quedando expresamente excluidas las operaciones que tengan formato revolving.
IMPORTE DE LA BONIFICACIÓN DE COSTES DE LA OPERACIÓN DE FINANCIACIÓN AVALADA
El importe de la bonificación que se aplicará a las operaciones será la suma de los siguientes cuatro conceptos de gastos asociados a la financiación avalada:
- La comisión de apertura de la entidad que financia la operación, de la que se bonificará un máximo del 0,5% del importe nominal del préstamo multiplicado por el porcentaje cubierto por la garantía de la SGR.
- La comisión de estudio de la SGR, que no podrá superar un máximo del 0,5% del importe de la garantía otorgada.
- Los intereses asociados al préstamo durante toda la vida del mismo, que podrán establecerse como un tipo de interés fijo o tener un componente variable, pero en todo caso se bonificará como máximo el equivalente a un tipo de interés fijo anual del 1,8% multiplicado por el porcentaje cubierto por la garantía de la SGR. El tipo de interés aplicando por la entidad financiera deberá estar en línea con el aplicado habitualmente a este tipo de operaciones cuando cuentan con la garantía de la SGR.
- Las comisiones de aval de la SGR durante toda la vida de la garantía, que no podrán superar un máximo equivalente a un porcentaje anual del 1,2% del riesgo vivo cubierto por la SGR al inicio de cada año. El importe en valor absoluto resultante de la bonificación se calculará de acuerdo el calendario de amortización del préstamo, que también aplica a la garantía, en función de los términos de la operación formalizada.
El importe total de la bonificación no podrá superar DOSCIENTOS MIL EUROS (€ 200.000), debido a su carácter de ayuda de minimis. En caso de que la Empresa Beneficiaria tuviera concedidas otras ayudas de mínimis el importe de la bonificación se ajustará al máximo permitido.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.