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Cerrada
Industria 4.0 CyL
Industria 4.0 CyL: Fomento de la industria 4.0 - Digitalización Industrial en Castilla y León
Las actuaciones subvencionables serán los proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante.
Sólo fondo perdido 60%
Comunidad autónoma: CASTILLA Y LEÓN
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 27-05-2024.
Hace 5 mes(es) del cierre de la convocatoria y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, puede que esta información se publique pronto.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Subvenciones dirigidas a la realización de proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial que apliquen tecnologías dentro del ámbito de la fabricación avanzada en empresas industriales en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos industriales, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León y la transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) en esta materia.

Temáticas del proyecto: Actuaciones subvencionables:

Las actuaciones subvencionables serán los proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, que incorporen o hagan uso de las siguientes tecnologías:

  1. Proyectos de Fabricación Avanzada con maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) que incorporen técnicas de Big Data y Analítica avanzada, permitiendo el procesamiento, análisis y visualización de «grandes volúmenes de datos» provenientes de diversas fuentes dentro de los entornos industriales, con el objetivo de identificar (Business Intelligence, Data Mining...) o incluso predecir patrones de comportamiento que afectan a diferentes áreas y procesos dentro de estas empresas (Overall Equipment Effectiveness (OEE), mejora continua, etc.), facilitando de esta manera la toma de decisiones y contribuyendo a una mejora de su competitividad.
  2. Proyectos de Fabricación Aditiva, que promuevan la producción/fabricación de manera flexible y a través de diversos tipos de materiales (desde plásticos hasta metales) de nuevas piezas y formas geométricas personalizadas, con el objetivo de satisfacer las necesidades de un sector o una empresa industrial específica.
  3. Proyectos de Robótica Avanzada y Colaborativa, que incorporen robots conectados que colaboren en tiempo real con los trabajadores, otros robots e incluso máquinas, mejorando de esta manera los procesos e incrementando la productividad dentro de la planta.
  4. Proyectos de IIoT (Industrial Internet of Things), que permitan sensorizar y garantizar la conectividad a internet de todo tipo de dispositivos y maquinaría dentro de la fábrica, con el fin de poder recoger, monitorizar e intercambiar información en tiempo real, permitiendo controlar, automatizar, mantener y multiplicar en gran medida las posibilidades de uso y seguimiento de los dispositivos o maquinaría conectada.
  5. Proyectos de Inteligencia Artificial dirigidos al entorno industrial, en donde las máquinas y/o el equipamiento en planta sean capaces de aprender y tomar decisiones de manera autónoma. Del mismo modo, la incorporación de técnicas de Machine Learning o Deep Learning a este tipo de proyectos podrá permitir entre otras cosas predecir comportamientos o situaciones relevantes desde el punto de vista productivo de la planta (Ej.: mantenimiento predictivo de las máquinas), detectar objetos, identificar imágenes, o incluso reconocer instrucciones, permitiendo automatizar y ampliar el conocimiento acerca de todos los activos y procesos en planta, ayudando así en la toma de decisiones de una determinada empresa.
  6. Proyectos de Sistemas ciber-físicos que incorporen componentes, objetos físicos o maquinaría en planta dotados de capacidades de computación y conectividad avanzadas, convirtiéndolos en objetos inteligentes dentro de la cadena de valor de una determinada empresa.
  7. Proyectos de Realidad Virtual, que permitan la recreación de situaciones reales en mundos simulados o ambientes virtuales.
  8. Proyectos de Realidad Aumentada y asistencia remota, que incorporen tecnologías que permitan que un usuario visualice parte de mundo real a través de un dispositivo tecnológico con información gráfica superpuesta, y contenidos (manuales, datos, etc.), en base a procedimientos o indicadores sobre los que se actúa. De esta manera, la información real o física será aumentada con información virtual adicional.
  9. Proyectos de Gemelos Digitales (Digital Twins), que generen una réplica virtual de un objeto o sistema que simula el comportamiento de su homólogo real con el fin de monitorizarlo para analizar su comportamiento en determinadas situaciones y mejorar su eficacia conectando de manera bidireccional el entorno físico y el digital a partir de la simulación y la realimentación de datos. Entre otras ventajas, permite que desarrollar y testar los productos sea más barato y más eficaz que hacerlo con un producto físico. Además, permite crear infinitas copias del modelo virtual y testearlo bajo multitud de escenarios

Artificial Intelligence Internet of Things Advanced Robotics Digital Twins Big Data Additive Manufacturing

Características del participante

Ámbito CASTILLA Y LEÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CASTILLA Y LEÓN
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, las empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.

Para poder concurrir al procedimiento de concesión de estas subvenciones, los solicitantes deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a. Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de
autorización de actividad, y cumplir los requisitos necesarios para su inclusión en la división A -división de establecimientos industriales- del Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
b. La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, las empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.
Para poder concurrir al procedimiento de concesión de estas subvenciones, los solicitantes deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a. Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de
autorización de actividad, y cumplir los requisitos necesarios para su inclusión en la división A -división de establecimientos industriales- del Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
b. La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
CNAE: No podrán tramitar esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 03, 01. ver más
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: 1.– Los beneficiarios deberán realizar el proyecto para el que solicitaron la subvención.
2.– El beneficiario deberá mantener en servicio aquellos elementos perdurables objeto de subvención al menos dos años desde la fecha de instalación.
3.– Justificar ante la Consejería competente en materia de Industria, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión.
4.– Las subvenciones reguladas en la presente orden serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma actuación subvencionada.
5.– El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis, concedidas a una “única empresa”, no excederá de 300.000 euros, a lo largo de un período de 3 años. Se entenderán por “única empresa” al conjunto formado por la empresa solicitante junto con todas aquellas empresas entre las que se establezcan alguno de los vínculos relacionados en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
1.– Los beneficiarios deberán realizar el proyecto para el que solicitaron la subvención.
2.– El beneficiario deberá mantener en servicio aquellos elementos perdurables objeto de subvención al menos dos años desde la fecha de instalación.
3.– Justificar ante la Consejería competente en materia de Industria, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión.
4.– Las subvenciones reguladas en la presente orden serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma actuación subvencionada.
5.– El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis, concedidas a una “única empresa”, no excederá de 300.000 euros, a lo largo de un período de 3 años. Se entenderán por “única empresa” al conjunto formado por la empresa solicitante junto con todas aquellas empresas entre las que se establezcan alguno de los vínculos relacionados en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Se demuestra que la tecnología funciona en las condiciones esperadas. En casi todos los casos, este TRL representa el final del desarrollo del sistema tecnológico y está listo para ser implementado. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
1.– La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos. El porcentaje de subvención se incrementará en un 10% adicional, lo que supondría un 60% de los costes considerados subvencionables, para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de la presente convocatoria o que no esté ubicado en el ámbito de un área funcional estable según lo establecido en la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León.
2.– La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida no siendo, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
3.– Se fija un límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 150.000€, para los gastos considerados subvencionables.
4.– Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no superen este mínimo no serán subvencionables.
Las subvenciones podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Inversiones en activos inmateriales y/o materiales que hagan referencia a la adqu...
1.– La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos. El porcentaje de subvención se incrementará en un 10% adicional, lo que supondría un 60% de los costes considerados subvencionables, para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de la presente convocatoria o que no esté ubicado en el ámbito de un área funcional estable según lo establecido en la Ley 9/2014, de 27 de noviembre, por la que se declaran las áreas funcionales estables de Castilla y León.
2.– La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida no siendo, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
3.– Se fija un límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 150.000€, para los gastos considerados subvencionables.
4.– Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no superen este mínimo no serán subvencionables.
Las subvenciones podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Inversiones en activos inmateriales y/o materiales que hagan referencia a la adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), u otro equipamiento que sea necesario para el funcionamiento de la maquinaria y/o equipamiento avanzado.
b) Colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación del proyecto de Industria 4.0, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia.
El periodo subvencionable será el comprendido entre el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 15 de julio de 2025, incluido.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
^ "pepe"
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.