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Ciberseguridad industrial
Ciberseguridad industrial: Subvenciones dirigidas impulsar la Ciberseguridad industrial en Castilla y León, año 2025
Subvenciones dirigidas a impulsar la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León para el año 2025, con la finalidad de promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos de Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León, así como proteger contra las amenazas y riesgos relacionados con la seguridad digital, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en hardware y software en esta materia.
Sólo fondo perdido 65%
Comunidad autónoma: CASTILLA Y LEÓN
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 15-03-2025 hasta el 14-04-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Las actuaciones subvencionables serán los proyectos relacionados con la Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, en las siguientes áreas:
a) Convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology). Diseño y ejecución de arquitecturas seguras y en su caso materialización de la segmentación de redes industriales.
b) Securización de los accesos remotos a los equipos industriales de la red OT requeridos para el mantenimiento de equipo, control y operación de los mismos.
c) Securización de la información/datos industriales. Auditorías y simulaciones de ataques por personas externas a la organización y auditorias sobre perfiles internos con diferentes niveles de accesos a datos de la compañía.
d) Evaluación de la Ciberseguridad del software industrial en las plantas productivas y mejora del mismo.
e) Iniciativas para la concienciación de la plantilla de la empresa industrial en el ámbito de Ciberseguridad.
f) Diagnóstico de situación actual de la industria en materia de Ciberseguridad industrial y elaboració... ver más

Las actuaciones subvencionables serán los proyectos relacionados con la Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, en las siguientes áreas:
a) Convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology). Diseño y ejecución de arquitecturas seguras y en su caso materialización de la segmentación de redes industriales.
b) Securización de los accesos remotos a los equipos industriales de la red OT requeridos para el mantenimiento de equipo, control y operación de los mismos.
c) Securización de la información/datos industriales. Auditorías y simulaciones de ataques por personas externas a la organización y auditorias sobre perfiles internos con diferentes niveles de accesos a datos de la compañía.
d) Evaluación de la Ciberseguridad del software industrial en las plantas productivas y mejora del mismo.
e) Iniciativas para la concienciación de la plantilla de la empresa industrial en el ámbito de Ciberseguridad.
f) Diagnóstico de situación actual de la industria en materia de Ciberseguridad industrial y elaboración de su plan de acción para la mejora de la Ciberseguridad. Análisis de riesgo industrial y de vulnerabilidad industrial. Análisis de vulnerabilidades y pentesting de cualquier tecnología perteneciente a la red OT.
g) Adopción de buenas prácticas recogidas en estándares de Ciberseguridad industrial (por ejemplo, IEC 62443 o equivalentes) u otros estándares de gestión de la Ciberseguridad (por ejemplo, ISO 27001 o equivalentes) ampliamente reconocidos. Adaptación al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad), Reglamento PIC (Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección de las infraestructuras críticas). Mejora continua del proceso de gestión de Ciberseguridad mediante el despliegue de medidas específicas o evolución de las mismas a niveles de madurez superiores a los preexistentes.
h) Medidas de protección de información estratégica o sensible como puedan ser la propiedad industrial, la propiedad intelectual, estrategias de I+D+i, planos de edificios o de diseño de productos, información afectada por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) o cualquiera otra directamente relacionada con la competitividad y sostenibilidad del negocio (ejemplo de medidas: cifrado del almacenamiento, control de acceso, control de distribución de copias, borrado seguro, etc.).
i) Implementación de dispositivos de seguridad perimetral y de otros dispositivos industriales (Switches, sondas, Appliances, firewalls industriales, PLCs, etc.).
j) Evaluación de los niveles de seguridad implementados en la fase de diseño, así como la gestión del ciclo de vida de seguridad de los sistemas, dispositivos o soluciones.
k) Adopción de un plan de contingencia que mejore la Ciberseguridad y resiliencia de los sistemas de producción (Backup&Recovery).
l) Otros proyectos que incrementen de manera significativa el nivel de Ciberseguridad de las empresas industriales y reduzcan el riesgo y la vulnerabilidad ante los diferentes tipos de ataques existentes. ver menos

Características del participante

Ámbito CASTILLA Y LEÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CASTILLA Y LEÓN
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las empresas industriales privadas
definidas en la base 3ª de la Orden IEM/171/2023, de 8 de febrero, (en adelante industrias) de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.

Estas ayudas no serán de aplicación para empresas de estos sectores:
a) Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura.
b) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
c) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando el importe de la ayuda se determine en función
del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas o cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
d) Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.
e) Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las empresas industriales privadas
definidas en la base 3ª de la Orden IEM/171/2023, de 8 de febrero, (en adelante industrias) de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.
Estas ayudas no serán de aplicación para empresas de estos sectores:
a) Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura.
b) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
c) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando el importe de la ayuda se determine en función
del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas o cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
d) Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.
e) Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.
CNAE: No podrán tramitar esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 03, 01. ver más
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:
– Que los proyectos sean técnica, económica y financieramente viables.
– Que el proyecto sea completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
– Que el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, así como los plazos parciales que en su caso pudieran establecerse, sean cumplidos.
– Que los proyectos deberán ser ejecutados en los establecimientos de la industria beneficiaria en Castilla y León, y los resultados deberán permanecer o tener impacto tangible en Castilla y León.
– No serán subvencionables los proyectos cuya ejecución se haya iniciado con anterioridad a la fecha que se establezca en la correspondiente convocatoria.
– Los proyectos deberán alcanzar la valoración mínima establecida en la convocatoria, de acuerdo a los criterios de valoración.
Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:
– Que los proyectos sean técnica, económica y financieramente viables.
– Que el proyecto sea completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
– Que el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, así como los plazos parciales que en su caso pudieran establecerse, sean cumplidos.
– Que los proyectos deberán ser ejecutados en los establecimientos de la industria beneficiaria en Castilla y León, y los resultados deberán permanecer o tener impacto tangible en Castilla y León.
– No serán subvencionables los proyectos cuya ejecución se haya iniciado con anterioridad a la fecha que se establezca en la correspondiente convocatoria.
– Los proyectos deberán alcanzar la valoración mínima establecida en la convocatoria, de acuerdo a los criterios de valoración.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Los sistemas están integrados, han sido probados en su forma final y bajo condiciones supuestas, habiendo alcanzado en muchos casos, el final del desarrollo del sistema. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

Cuantía de la subvención.
1.– La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será:
- Para inversiones en activos inmateriales (software), el 50% de los costes considerados subvencionables.
- Para inversiones en activos materiales (hardware), el 50% de los costes considerados subvencionables.
- Para colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación de la ciberseguridad industrial, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia, el 65%.
El porcentaje de subvención de la colaboración externa se incrementará en un 10% adicional, lo que supondría un 75% en total, para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2.– La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 35% del total de la subvención concedida. En base a lo indicado en el párrafo anterior no serán, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
3.– Se fija un límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 20.000€, para los gastos considerados subvencionables.
4.– Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 3.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuan...
Cuantía de la subvención.
1.– La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será:
- Para inversiones en activos inmateriales (software), el 50% de los costes considerados subvencionables.
- Para inversiones en activos materiales (hardware), el 50% de los costes considerados subvencionables.
- Para colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación de la ciberseguridad industrial, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia, el 65%.
El porcentaje de subvención de la colaboración externa se incrementará en un 10% adicional, lo que supondría un 75% en total, para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2.– La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 35% del total de la subvención concedida. En base a lo indicado en el párrafo anterior no serán, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
3.– Se fija un límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 20.000€, para los gastos considerados subvencionables.
4.– Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 3.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
Gastos subvencionables.
1.– Las subvenciones se aplicarán a los gastos y/o inversiones que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación y que sean considerados subvencionables. En ningún caso el coste de adquisición de cualquiera de los gastos elegibles podrá ser superior al valor de mercado.
2.– Las subvenciones podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Inversiones en activos inmateriales y/o materiales (software y hardware).
b) Colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación de la Ciberseguridad industrial, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 11.5K.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Ciberseguridad industrial Subvenciones dirigidas impulsar la Ciberseguridad industrial en Castilla y León, año 2025
Las actuaciones subvencionables serán los proyectos relacionados con la Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial de...
¡nueva convocatoria abierta! | Desde 15-03-2025 Hasta el 14-04-2025