Podrán acogerse las Pymes cuyo proyecto de inversión se desarrolle en el Principado de Asturias y se trate de una inversión inicial según:
a) Una inversión en activos materiales e inmateriales relacionados con uno o varios de los objetivos siguientes:
i. La creación de un nuevo establecimiento; la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
ii. La diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él;
iii. Una transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento.
b) Una adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido; la mera adquisición de las acciones de una empresa no se considera inversión inicial. Por lo tanto, una inversión de sustitución no constituye una inversión inicial.
Características del participante
Características del Proyecto
Características de la financiación
Información adicional de la convocatoria
Otras ventajas