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PERTE Economía Circular
PERTE Economía Circular: Impulso de la economía circular en el Sector del Plástico
El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del plástico mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular. Quedan incluidos dentro de esta convocatoria los productos plásticos, sus elementos, componentes y productos intermedios con un contenido mínimo del 50% de polímeros plásticos, así como los residuos pre-consumo y post-consumo de éstos.
Sólo fondo perdido 60%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 23-09-2024.
Hace 2 mes(es) del cierre de la convocatoria y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, puede que esta información se publique pronto.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Serán subvencionables las actuaciones que reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos en alguna de las siguientes categorías y subcategorías:
a) Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de investigación y desarrollo.
b) Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de digitalización para innovar en materia de procesos y organización de la entidad beneficiaria aludida.
c) Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de incremento del nivel de protección medioambiental de los beneficiarios .
d) Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros.

Temáticas Obligatorias del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 4 temáticas.

1. Línea investigación y desarrollo:

2. Línea Digitalización para innovar en materia de procesos y organización de la entidad beneficiaria:

3. Línea incremento del nivel de protección medioambiental de los beneficiarios:

4. Línea mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros:

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden, en tanto en cuanto realicen la actuación que fundamenta su concesión en los términos establecidos por las mismas y cumplan todos los requisitos exigidos, las entidades que se señalan a continuación, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
a) Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social, conforme a lo señalado en el apartado b).
b) Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que les resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.
c) Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumpla con los requisitos del apartado b), sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, debiendo atenerse a las previsiones co...
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden, en tanto en cuanto realicen la actuación que fundamenta su concesión en los términos establecidos por las mismas y cumplan todos los requisitos exigidos, las entidades que se señalan a continuación, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
a) Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social, conforme a lo señalado en el apartado b).
b) Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que les resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.
c) Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumpla con los requisitos del apartado b), sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, debiendo atenerse a las previsiones contenidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Las actuaciones se dirigirán a obtener alguno de los resultados cuantificables establecidos a continuación (anexo I de la convocatoria) Resultados cuantitativos de la actuación expresados como porcentajes de mejora respecto a los procesos que actualmente se ejecutan o mejora del producto puesto en el mercado según corresponda y porcentajes de mejora respecto a los obligatorios por la normativa europea, incluidos los valores límite de emisión que deriven de valores asociados en aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles cuando sean aplicables, y al rendimiento ambiental obligatorio o indicativo de referencia, que apliquen al sector industrial, y a la instalación en particular a través de su permiso ambiental:
• Porcentaje de ahorro de materias primas vírgenes durante el proceso productivo para producir la misma cantidad de producto.
• Porcentaje de materias primas secundarias (reciclado o procedentes de residuos) utilizadas.
• Ratio de volumen de producto envasado/volumen del envase.
• Porcentaje de sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes o número de sustancias alternativas empleadas en sustitución a sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes.
• Nº de productos de un solo uso sustituidos por productos reutilizables.
• Porcentaje de sustitución de la materia prima virgen por la materia prima secundaria.
• Número productos con criterios de ecodiseño y especificaci...
Las actuaciones se dirigirán a obtener alguno de los resultados cuantificables establecidos a continuación (anexo I de la convocatoria) Resultados cuantitativos de la actuación expresados como porcentajes de mejora respecto a los procesos que actualmente se ejecutan o mejora del producto puesto en el mercado según corresponda y porcentajes de mejora respecto a los obligatorios por la normativa europea, incluidos los valores límite de emisión que deriven de valores asociados en aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles cuando sean aplicables, y al rendimiento ambiental obligatorio o indicativo de referencia, que apliquen al sector industrial, y a la instalación en particular a través de su permiso ambiental:
• Porcentaje de ahorro de materias primas vírgenes durante el proceso productivo para producir la misma cantidad de producto.
• Porcentaje de materias primas secundarias (reciclado o procedentes de residuos) utilizadas.
• Ratio de volumen de producto envasado/volumen del envase.
• Porcentaje de sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes o número de sustancias alternativas empleadas en sustitución a sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes.
• Nº de productos de un solo uso sustituidos por productos reutilizables.
• Porcentaje de sustitución de la materia prima virgen por la materia prima secundaria.
• Número productos con criterios de ecodiseño y especificaciones de los mismos puestos en el mercado. Detallando cualitativamente los avances de mejora frente a productos convencionales con presencia de sustancias químicas peligrosas, eficiencia en cuanto al uso de recursos, contenido de material reciclado, huella ecológica, números de usos previstos del producto, limitación de la obsolescencia (funcional y/o percibida).
• Porcentaje de reducción en la liberación no intencionada de microplásticos.
• Mejora en la huella ambiental o ecológica del producto.
• Porcentaje de reducción de residuos generados durante el proceso productivo.
• Porcentaje de reducción de residuos generados una vez que se deseche la sustancia u objeto.
• Porcentaje de los residuos que pierden la condición de peligrosos por modificación del producto y/o proceso productivo.
• Porcentaje de reducción de residuos que se derivan a vertederos o incineradoras con o sin recuperación energética (en el caso de plantas de tratamiento, reducción respecto a ejercicios anteriores).
• Porcentaje de materiales destinados a procesos de reciclado de alta calidad (upcycling).
• Porcentaje de residuo destinado a la preparación para la reutilización.
• Porcentaje de cobertura de volumen de residuos generados anualmente de residuos incluidos en los servicios de retorno de productos usados para reutilización.
• Porcentaje de cobertura de volumen de residuos generados anualmente incluidos en los servicios de retorno de productos usados para remanufactura.
• Porcentaje de recuperación de productos que no son destinados a procesos de incineración con y sin recuperación y depósito en vertedero.
• Otros resultados relacionados con la huella ambiental de la entidad (consumo de agua, acidificación, emisiones de -gases de efecto invernadero, eutrofización…) y/o con la adscripción al proyecto de puestos de trabajo de personal de inserción.
• Otros resultados cuantificables.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 7:. El diseño final está prácticamente completo. El prototipo se prueba en un entorno operativo real y se abordan adecuadamente todas las cuestiones críticas de escalado para demostrar su rendimiento. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
La ayuda que se conceda en el marco de esta convocatoria revestirá la forma de subvención y tendrá una cuantía total máxima de 10.000.000 de euros por proyecto y un importe mínimo de 100.000 euros por proyecto. No obstante, lo anterior, para los estudios de viabilidad, y los proyectos de la categoría de digitalización para innovar en materia de procesos y organización, el importe máximo de la ayuda por proyecto será de 5.000.000 de euros.
Cada entidad beneficiaria podrá obtener una ayuda mínima de 100.000 euros y máxima de 10.000.000 de euros. En el caso de proyectos de agrupaciones, cada una de las entidades que la componen, tendrá la consideración de entidad beneficiaria y deberán cumplir el mínimo de 100.000 euros.
a. Para los proyectos de investigación y desarrollo, la intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria será:
1º. Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
2º. Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
3º. Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
b. Para los proyectos de digitalización para innovar en materia de procesos y organización, la intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria será:
1º. Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME).
2º. Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).
c. Para los proyectos par...
La ayuda que se conceda en el marco de esta convocatoria revestirá la forma de subvención y tendrá una cuantía total máxima de 10.000.000 de euros por proyecto y un importe mínimo de 100.000 euros por proyecto. No obstante, lo anterior, para los estudios de viabilidad, y los proyectos de la categoría de digitalización para innovar en materia de procesos y organización, el importe máximo de la ayuda por proyecto será de 5.000.000 de euros.
Cada entidad beneficiaria podrá obtener una ayuda mínima de 100.000 euros y máxima de 10.000.000 de euros. En el caso de proyectos de agrupaciones, cada una de las entidades que la componen, tendrá la consideración de entidad beneficiaria y deberán cumplir el mínimo de 100.000 euros.
a. Para los proyectos de investigación y desarrollo, la intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria será:
1º. Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
2º. Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
3º. Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
b. Para los proyectos de digitalización para innovar en materia de procesos y organización, la intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria será:
1º. Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME).
2º. Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).
c. Para los proyectos para el incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda, la intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria será:
1º. Del 60 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
2º. Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
3º. Del 40 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.
d. Para los proyectos de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros, lacintensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria será:
1º. Del 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñascempresas y microempresas.
2º. Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianascempresas.
3º. Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas nocPYME.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.

No se tiene información sobre próximas convocatorias.

PERTE Economía Circular Impulso de la economía circular en el Sector del Plástico
Serán subvencionables las actuaciones que reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la...
Cerrada hace 2 meses | Próxima convocatoria prevista para el mes de Junio 2025