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Equipos de Trabajo Castilla y León
Equipos de Trabajo Castilla y León: Subvenciones para adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo dirigidas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud
Convocar para el año 2025, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a la adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo en centros de trabajo de Castilla y León, con la finalidad de mejorar sus condiciones de seguridad y salud laboral.
Sólo fondo perdido 85%
Comunidad autónoma: CASTILLA Y LEÓN
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 19-05-2025 hasta el 18-06-2025. La convocatoria puede cerrar antes si se terminan los fondos.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Será subvencionable la adquisición, adaptación o renovación de los equipos de trabajo en centros de trabajo de Castilla y León, siempre y cuando con ellos se produzca una mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral.
Se considerará equipo de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 a) del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, «cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo».
Se considerará que se mejoran las condiciones de seguridad y salud laboral, a los exclusivos efectos de esta línea de subvención, cuando se evite o se minimice un riesgo indicado como tal en la evaluación de riesgos laborales de la empresa y esté contemplada en la correspondiente planificación preventiva.

Características del participante

Ámbito CASTILLA Y LEÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CASTILLA Y LEÓN
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, las personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las acciones objeto de la subvención, quedando excluidas todas las entidades del Sector Público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria.
a. Ser titular del centro de trabajo donde se vayan a realizar las actuaciones. Dicho centro debe estar ubicado en Castilla y León.
b. Contar con al menos un trabajador por cuenta ajena en dicho centro de trabajo el último día del mes natural anterior a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León.
c. No haber sido sancionados con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la orden de convocatoria.
d. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se determine en la correspondiente convocatoria.
e. Cumplir la empresa, con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, la no sujeción a la misma, o en su caso, la exención de dicha obligación,...
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, las personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las acciones objeto de la subvención, quedando excluidas todas las entidades del Sector Público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria.
a. Ser titular del centro de trabajo donde se vayan a realizar las actuaciones. Dicho centro debe estar ubicado en Castilla y León.
b. Contar con al menos un trabajador por cuenta ajena en dicho centro de trabajo el último día del mes natural anterior a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León.
c. No haber sido sancionados con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la orden de convocatoria.
d. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se determine en la correspondiente convocatoria.
e. Cumplir la empresa, con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, la no sujeción a la misma, o en su caso, la exención de dicha obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
f. Contar la empresa con un plan de igualdad si están obligadas a ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de hombres y mujeres, mediante aportación de una declaración responsable contenida en el formulario de solicitud indicando la fecha del boletín o diario oficial donde figure la resolución de registro del plan de igualdad. En el supuesto de no estar publicado, se presentará el documento firmado por la comisión negociadora y en el supuesto de que el plan haya concluido su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del plan de igualdad.
Las condiciones para ser beneficiarios de estas subvenciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud hasta su liquidación.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Los gastos subvencionables y la totalidad del pago de estos, deberán ser efectuados entre el día 3 de septiembre de 2024 y el día 31 de julio de 2025, ambos inclusive.

No serán objeto de subvención:
a) La adquisición de bienes mediante arrendamiento financiero o formulas equivalentes.
b) Los equipos para el control de las condiciones termo-higrométricas y los equipos de medición portátiles.
c) La adquisición de cualquier tipo de vehículo, así como sus repuestos y accesorios recogido en el Anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por R.D. 2822/1998, de 23 de diciembre (B.O.E. núm. 22, de 26 de enero de 1999).
d) La adquisición de equipos de protección individual y colectiva, así como cualquier otro elemento de protección o de diagnóstico fungibles, así como, los productos de limpieza o desinfección.
e) La adquisición de equipos (CPU) y programas informáticos, así como, tablets, smartphones y cualquier otro dispositivo análogo.
f) La adquisición de herramienta manual. A efectos de esta base, se considerará herramienta manual, de acuerdo en lo dispuesto en la Nota Técnica de Prevención 391 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, «el utensilio de trabajo utilizado generalmente de forma individual que únicamente requiere para su accionamiento la fuerza motriz humana».
Los gastos subvencionables y la totalidad del pago de estos, deberán ser efectuados entre el día 3 de septiembre de 2024 y el día 31 de julio de 2025, ambos inclusive.
No serán objeto de subvención:
a) La adquisición de bienes mediante arrendamiento financiero o formulas equivalentes.
b) Los equipos para el control de las condiciones termo-higrométricas y los equipos de medición portátiles.
c) La adquisición de cualquier tipo de vehículo, así como sus repuestos y accesorios recogido en el Anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por R.D. 2822/1998, de 23 de diciembre (B.O.E. núm. 22, de 26 de enero de 1999).
d) La adquisición de equipos de protección individual y colectiva, así como cualquier otro elemento de protección o de diagnóstico fungibles, así como, los productos de limpieza o desinfección.
e) La adquisición de equipos (CPU) y programas informáticos, así como, tablets, smartphones y cualquier otro dispositivo análogo.
f) La adquisición de herramienta manual. A efectos de esta base, se considerará herramienta manual, de acuerdo en lo dispuesto en la Nota Técnica de Prevención 391 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, «el utensilio de trabajo utilizado generalmente de forma individual que únicamente requiere para su accionamiento la fuerza motriz humana».
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. En esta fase la innovación está en su fase final y es operable en un sin número de condiciones operativas, está probada y disponible para su comercialización y/o producción disponible para la sociedad. Entrega de producto o tecnología para producción en serie y comercialización. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

La cuantía de la subvención será el 85% respecto de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe subvencionado los 30.000 euros por beneficiario. La cuantía de la subvención será el 85% respecto de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe subvencionado los 30.000 euros por beneficiario.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 15.5K.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Equipos de Trabajo Castilla y León Subvenciones para adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo dirigidas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud
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