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Reindustrialización y man...
Reindustrialización y mantenimiento de la actividad: Subvenciones de soporte a proyectos de reindustrialización y mantenimiento de actividad industrial Cataluña
El objeto de estas subvenciones es dar apoyo a los proyectos de reindustrialización y mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña. Concretamente cada subvención va destinada a: 1. Subvencionar proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización. 2. Subvencionar el mantenimiento de actividades industriales en situación de dificultad.
Sólo fondo perdido 30%
Comunidad autónoma: CATALUÑA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 08-01-2025 hasta el 01-10-2025.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

a) Ayudas a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización. Los proyectos de reindustrialización tendrán que mantener o recuperar un mínimo de 20 puestos de trabajo. Por proyecto de reindustrialización se entiende el que cumple las siguientes condiciones:

a.1. Para proyectos de cierre o deslocalización iniciados durante los dos últimos años a contar desde la publicación de la convocatoria a la que se presente la solicitud:
- Debe haber un expediente de regulación de empleo presentado por la empresa que cierra.
- En el acuerdo del expediente de regulación de empleo entre la empresa afectada por el cierre y los representantes de las personas trabajadoras de la empresa, debe recogerse la voluntad de trabajar por la reindustrialización de las instalaciones y el mantenimiento del mayor número posible de puestos de trabajo mediante la búsqueda activa de un nuevo proyecto.
- Se debe constituir una comisión, una mesa o un grupo de trabajo para la reindustrialización, integrada al menos por personas representantes de la empresa objeto del cie... ver más

a) Ayudas a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización. Los proyectos de reindustrialización tendrán que mantener o recuperar un mínimo de 20 puestos de trabajo. Por proyecto de reindustrialización se entiende el que cumple las siguientes condiciones:

a.1. Para proyectos de cierre o deslocalización iniciados durante los dos últimos años a contar desde la publicación de la convocatoria a la que se presente la solicitud:
- Debe haber un expediente de regulación de empleo presentado por la empresa que cierra.
- En el acuerdo del expediente de regulación de empleo entre la empresa afectada por el cierre y los representantes de las personas trabajadoras de la empresa, debe recogerse la voluntad de trabajar por la reindustrialización de las instalaciones y el mantenimiento del mayor número posible de puestos de trabajo mediante la búsqueda activa de un nuevo proyecto.
- Se debe constituir una comisión, una mesa o un grupo de trabajo para la reindustrialización, integrada al menos por personas representantes de la empresa objeto del cierre o deslocalización, la Generalidad de Cataluña, el ayuntamiento o los ayuntamientos afectados y por los representantes de las personas trabajadoras de la empresa afectada por el cierre o la deslocalización.
- El proceso de cierre de la actividad afectará a un mínimo de 100 puestos de trabajo oa la totalidad del personal de la empresa afectada, siempre que se llegue a un mínimo de 50 puestos de trabajo.

a.2. Para proyectos de cierre o deslocalización anteriores, donde las instalaciones hayan quedado cerradas y las personas trabajadoras despedidas en el procedimiento de regulación de empleo, se podrán aceptar proyectos en los que la persona solicitante adecue y ponga en funcionamiento las instalaciones, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- La empresa que haya cerrado hubiera presentado un expediente de regulación de empleo.
- El proceso de cierre de la actividad hubiera afectado a un mínimo de 50 puestos de trabajo.
- El ayuntamiento hubiera concedido, en el momento de presentar la solicitud de la ayuda, la compatibilidad urbanística con los usos previstos para la nueva actividad.

b) Ayudas al mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad. Son objeto de ayuda los proyectos de adquisición de empresas industriales en concurso de acreedores o en situación de dificultad y que, en ambos casos, hayan comunicado esta circunstancia al Departamento de Empresa y Trabajo con anterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes de esta ayuda. Esta comunicación, necesaria para dar la publicidad y transparencia al proceso, deberá realizarse mediante la presentación del formulario habilitado.
Esta comunicación deberá realizarse al menos un mes antes de que se adjudique la unidad productiva a la empresa solicitante de la ayuda, cuando sea consecuencia de un proceso concursal o de la compraventa en escritura pública de la transmisión empresarial de la unidad en situación de dificultad.
Los proyectos de adquisición de empresas industriales en concurso de acreedores o situación de dificultad tendrán que mantener un mínimo de diez puestos de trabajo o al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados y susceptibles de ser incorporados a la actividad industrial de la persona beneficiaria. ver menos

Características del participante

Ámbito CATALUÑA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CATALUÑA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas que prevé esta Orden las empresas industriales con código de clasificación catalana de actividad económica 10, 11, del 13 al 32, ambos inclusive, y 38 que tengan sede operativa en Cataluña o bien que sean de nueva implantación en Cataluña.
Se considera que una empresa es de nueva implantación cuando el proyecto presentado es para instalar su primer centro productivo en Cataluña.

2. En ningún caso pueden tener la condición de personas beneficiarias:
- las personas físicas autónomas,
- las fundaciones,
- las asociaciones.
1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas que prevé esta Orden las empresas industriales con código de clasificación catalana de actividad económica 10, 11, del 13 al 32, ambos inclusive, y 38 que tengan sede operativa en Cataluña o bien que sean de nueva implantación en Cataluña.
Se considera que una empresa es de nueva implantación cuando el proyecto presentado es para instalar su primer centro productivo en Cataluña.
2. En ningún caso pueden tener la condición de personas beneficiarias:
- las personas físicas autónomas,
- las fundaciones,
- las asociaciones.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 38, 32, 31, 30, 29, 28, 27, 26, 25, 24, 23, 22, 21, 20, 19, 18, 17, 16, 15, 14, 13, 11, 10. ver más
Condiciones Especiales: Cuidado: Los proyectos que son objeto de estas ayudas deben ejecutarse desde los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de 24 meses posteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. Este plazo debe ajustarse a la normativa de la Unión Europea de ayudas de estado que corresponda en cada una de las solicitudes, de acuerdo con la base 27.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: a) Condiciones de los proyectos de reindustrialización. Para proyectos de cierre o deslocalización iniciados durante los dos últimos años:
- Tiene que haber un expediente de regulación de empleo presentado por la empresa que cierra. Al acuerdo del expediente de regulación de empleo entre la empresa afectada por el cierre y las personas representantes de las personas trabajadoras de la empresa se tiene que recoger la voluntad de trabajar para la reindutrialitzación de las instalaciones y el mantenimiento del mayor número posible de puestos de trabajo mediante la búsqueda activa de un nuevo proyecto.
- Se tiene que constituir una comisión, mesa o grupo de trabajo para la reindustrialización integrada al menos por personas representantes de la empresa objeto del cierre o deslocalización, la Generalitat de Cataluña, el Ayuntamiento o ayuntamientos afectados y por las personas representantes de las personas trabajadoras de la empresa afectada por el cierre o la deslocalización.
- Que en el proceso de cierre de la actividad se afecte a un mínimo de 100 puestos de trabajo o a la totalidad del personal de la empresa afectada siempre que se llegue a un mínimo de 50 puestos de trabajo. Los proyectos de reindustrialización tendrán que mantener o recuperar un mínimo de 25 puestos de trabajo.
- Para proyectos de cierre o deslocalización anteriores, donde las instalaciones han quedado cerradas y los puestos de trabajo despedidos en el procedimiento de regulación...
a) Condiciones de los proyectos de reindustrialización. Para proyectos de cierre o deslocalización iniciados durante los dos últimos años:
- Tiene que haber un expediente de regulación de empleo presentado por la empresa que cierra. Al acuerdo del expediente de regulación de empleo entre la empresa afectada por el cierre y las personas representantes de las personas trabajadoras de la empresa se tiene que recoger la voluntad de trabajar para la reindutrialitzación de las instalaciones y el mantenimiento del mayor número posible de puestos de trabajo mediante la búsqueda activa de un nuevo proyecto.
- Se tiene que constituir una comisión, mesa o grupo de trabajo para la reindustrialización integrada al menos por personas representantes de la empresa objeto del cierre o deslocalización, la Generalitat de Cataluña, el Ayuntamiento o ayuntamientos afectados y por las personas representantes de las personas trabajadoras de la empresa afectada por el cierre o la deslocalización.
- Que en el proceso de cierre de la actividad se afecte a un mínimo de 100 puestos de trabajo o a la totalidad del personal de la empresa afectada siempre que se llegue a un mínimo de 50 puestos de trabajo. Los proyectos de reindustrialización tendrán que mantener o recuperar un mínimo de 25 puestos de trabajo.
- Para proyectos de cierre o deslocalización anteriores, donde las instalaciones han quedado cerradas y los puestos de trabajo despedidos en el procedimiento de regulación de empleo se podrán aceptar proyectos que impliquen la adecuación y puesta en funcionamiento de las instalaciones por parte de la persona solicitando siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes:
1. Se hubiera presentado un expediente de regulación de empleo por la empresa que cerraba.
2. Que en el proceso de cierre de la actividad hubiera afectado a un mínimo de 50 puestos de trabajo.
3. Que el Ayuntamiento haya concedido en el momento de presentar la solicitud de subvención la compatibilidad urbanística con los usos previstos por la nueva actividad.
Importe: hasta un máximo de 2.250.000 euros.
Plazo de ejecución: desde los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de los 24 meses posteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
Tipología de proyectos subvencionables:
La inversión en activos fijas del establecimiento productivo objeto del cierre. Los activos fijas subvencionables se tendrán que incluir al activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 5 años desde la fecha de finalización del proyecto, no pudiendo la empresa beneficiaria aplicar en el indicado periodo ninguna medida que suponga el cese de la actividad. La contratación de los puestos de trabajo afectados por el proyecto de reindustrialización que se tendrán que mantener al menos durante tres años desde su contratación. Sólo se subvencionan activos fijos productivos y costes laborales
b) Condiciones para el mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad:
- Se subvencionarán los proyectos de adquisición de empresas industriales en concurso de acreedores o en situación de dificultad y que, en ambos casos.
- Hayan comunicado esta circunstancia al Departamento con anterioridad a la finalización del periodo de presentación de solicitudes.
- Hará falta, que esta comunicación se haga al menos un mes antes de que se adjudique la unidad productiva en la empresa solicitando de la subvención cuando sea consecuencia de un proceso concursal o de la compraventa en escritura pública de la transmisión empresarial de la unidad en situación de dificultad.
- Tendrán que mantener un mínimo de 10 puestos de trabajo o al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados y susceptibles de ser incorporados a la actividad industrial de la beneficiaria.
- Por centros productivos se entienden todos aquellos que desarrollen proyectos industriales que tengan un CCAE 10, 11 o del 13 a 32 ambos incluidos, y 38.
Importe: hasta un máximo de 350.000 euros.
Plazo de ejecución: desde los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de los 24 meses posteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
Tipología de proyectos subvencionables:
La adquisición de los activos fijos productivos de la unidad productiva en situación de dificultad que se tendrán que mantener al menos 5 años desde su adquisición. La subrogación de los puestos de trabajo de la unidad productiva en situación concursal o situación de dificultad que se tendrán que mantener al menos durante tres años desde su contratación. Sólo se subvencionan activos fijos productivos y costes laborales
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. En esta fase la innovación está en su fase final y es operable en un sin número de condiciones operativas, está probada y disponible para su comercialización y/o producción disponible para la sociedad. Entrega de producto o tecnología para producción en serie y comercialización. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

1. El importe de la ayuda será de:
Hasta un máximo de 2.250.000,00 euros para los proyectos definidos en la base a).
Hasta un máximo de 350.000,00 euros para los proyectos definidos en la base b).
Este importe se ajustará a los requisitos y al régimen de ayudas europeas aplicable en cada caso.
2. El importe de la ayuda se calculará de la siguiente forma:
a) Para los proyectos definidos en la base 1.a)
- Para los activos fijos, hasta el 25% del valor de los activos fijos productivos de la compra del centro productivo objeto del cierre o deslocalización, y las inversiones necesarias para la adecuación de los espacios y la reanudación de la actividad (IVA excluido).
- Para los costes laborales, 7.500,00 euros por puesto de trabajo que se mantenga del centro objeto del cierre.
b) Para los proyectos definidos en la base 1.b)
- Para los activos fijos, hasta el 30% del valor de los activos fijos productivos de la compra de la unidad productiva (IVA excluido). En caso de transmisión de compañías mediante la adquisición del 100% de las acciones, se tendrá en cuenta el precio escriturado en la compraventa por el valor exclusivo de los activos fijos productivos.
- No se otorgará ninguna ayuda a las inversiones posteriores a la compra de la unidad productiva, ni cualquier otro gasto pagado implícitamente en la compra de la unidad productiva en situación de dificultad, tales como la asunción de deudas con el personal, administraciones públ...
1. El importe de la ayuda será de:
Hasta un máximo de 2.250.000,00 euros para los proyectos definidos en la base a).
Hasta un máximo de 350.000,00 euros para los proyectos definidos en la base b).
Este importe se ajustará a los requisitos y al régimen de ayudas europeas aplicable en cada caso.
2. El importe de la ayuda se calculará de la siguiente forma:
a) Para los proyectos definidos en la base 1.a)
- Para los activos fijos, hasta el 25% del valor de los activos fijos productivos de la compra del centro productivo objeto del cierre o deslocalización, y las inversiones necesarias para la adecuación de los espacios y la reanudación de la actividad (IVA excluido).
- Para los costes laborales, 7.500,00 euros por puesto de trabajo que se mantenga del centro objeto del cierre.
b) Para los proyectos definidos en la base 1.b)
- Para los activos fijos, hasta el 30% del valor de los activos fijos productivos de la compra de la unidad productiva (IVA excluido). En caso de transmisión de compañías mediante la adquisición del 100% de las acciones, se tendrá en cuenta el precio escriturado en la compraventa por el valor exclusivo de los activos fijos productivos.
- No se otorgará ninguna ayuda a las inversiones posteriores a la compra de la unidad productiva, ni cualquier otro gasto pagado implícitamente en la compra de la unidad productiva en situación de dificultad, tales como la asunción de deudas con el personal, administraciones públicas o terceros, los pasivos laborales, las cuentas que deban cobrarse, las existencias y cualquier otra.
- Para los costes laborales, 7.500,00 euros por cada puesto de trabajo que se subrogue de la unidad productiva que se adquiere.
Garantías:
Exige Garantías en la solicitud
A partir de la concesión, el pago de la ayuda se tramita mediante un anticipo del 100% del importe otorgado, para el que se exigen garantías del 50% del importe del anticipo. Previamente a la emisión de la resolución definitiva, y de acuerdo con lo que se indica en la base 16.2, debe acreditarse haber depositado en la Caja General de Depósitos la garantía financiera correspondiente mediante un aval bancario. El importe del aval se devuelve cuando la persona beneficiaria haya justificado totalmente la ayuda concedida, y obtenga su aprobación. En caso contrario, una vez instruido el correspondiente procedimiento de revocación, se ejecuta el aval. A partir de la concesión, el pago de la ayuda se tramita mediante un anticipo del 100% del importe otorgado, para el que se exigen garantías del 50% del importe del anticipo. Previamente a la emisión de la resolución definitiva, y de acuerdo con lo que se indica en la base 16.2, debe acreditarse haber depositado en la Caja General de Depósitos la garantía financiera correspondiente mediante un aval bancario. El importe del aval se devuelve cuando la persona beneficiaria haya justificado totalmente la ayuda concedida, y obtenga su aprobación. En caso contrario, una vez instruido el correspondiente procedimiento de revocación, se ejecuta el aval.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Reindustrialización y mantenimiento de la actividad Subvenciones de soporte a proyectos de reindustrialización y mantenimiento de actividad industrial Cataluña
A) Ayudas a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos obje...
¡Nueva! | Abierta | Desde 08-01-2025 Hasta el 01-10-2025