Las ayudas que podrán concederse a una PYME serán:
a) Ayudas para proyectos de inversión para cualquier forma de inversión inicial, definida como la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
P1.- La creación de un nuevo establecimiento;
P2.- La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
P3.- La diversifcación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, siempre que los costes subvencionables superen como mínimo el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos;
P4.- La transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente, siempre que los costes subvencionables superen la amortización de los activos vinculados a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
b) Ayudas para proyectos de inversión para mejorar la productividad y la competitividad mediante la utilización de servicios externos de consultoría e ingeniería que realicen actuaciones destinadas a:
P5.- La aplicación de un nuevo método...
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Las ayudas que podrán concederse a una PYME serán:
a) Ayudas para proyectos de inversión para cualquier forma de inversión inicial, definida como la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
P1.- La creación de un nuevo establecimiento;
P2.- La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
P3.- La diversifcación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, siempre que los costes subvencionables superen como mínimo el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos;
P4.- La transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente, siempre que los costes subvencionables superen la amortización de los activos vinculados a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
b) Ayudas para proyectos de inversión para mejorar la productividad y la competitividad mediante la utilización de servicios externos de consultoría e ingeniería que realicen actuaciones destinadas a:
P5.- La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de la empresa.
P6.- La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o signifcativamente mejorado (incluidos cambios signifcativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).
P7.- La aplicación de un nuevo método organizativo o de un método de producción nuevo y su certifcación según normas ISO o en marcas de reconocido prestigio (marca N de AENOR, sello ASME, etc.) que sean de cumplimiento voluntario para la empresa.
Las ayudas que podrán concederse a una gran empresa serán ayudas a la inversión para una inversión inicial en favor de una nueva actividad económica defnida como la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
P8.- La creación de un nuevo establecimiento;
P9.- La diversifcación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la o las realizadas anteriormente en el establecimiento, entendiendo por «la misma actividad o una actividad similar» una actividad que entra en la misma categoría (código numérico de cuatro dígitos) de la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Rev. 2.
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