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EFICIENCIA ENERGÉTICA CAS...
EFICIENCIA ENERGÉTICA CASTILLA Y LEÓN: Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial de Castilla y León
Ayuda en forma de subvención del 30% del coste subvencionable, destinadas a actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
Sólo fondo perdido 30%
Comunidad autónoma: CASTILLA Y LEÓN
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 30-06-2023.
Hace más de 16 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

El objetivo de la convocatoria es incentivar y promover la realización de actuaciones en PYME y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética.

Las actuaciones subvencionables, que en todo caso deberán realizarse en Castilla y León, con independencia del lugar de domicilio social de la empresa, son las siguientes:

‐ Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Inversiones en sustitución de equipos, instalaciones, o sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO₂. La cuantía del coste subvencionable en este caso debe ser superior a 200.000 €.

‐ Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética.
Inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO₂. La cuantía del coste subvencionable debe ser superior a 30.000 €.

Temáticas del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 2 temáticas.

1. Equipos y procesos industriales:

2. Sistemas de gestión energética:

Características del participante

Ámbito CASTILLA Y LEÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CASTILLA Y LEÓN
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 39, 38, 37, 35, 33, 32, 31, 30, 29, 28, 27, 26, 25, 24, 23, 22, 21, 20, 19, 18, 17, 16, 15, 14, 13, 11, 10, 099, 091, 089, 081, 072, 071, 062, 061, 052, 051. ver más
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Las actuaciones subvencionables, que en todo caso deberán realizarse en Castilla y León, con independencia del lugar de domicilio social de la empresa, son las siguientes, reguladas en el artículo 6 del RD 263/2019, de 12 de abril, así como en su Anexo IV.
‐ Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Serán subvencionables las inversiones en sustitución de equipos, instalaciones, o sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO₂.
En todo caso deberán cumplir con los requisitos de eficiencia energética establecidos en el Anexo IV del RD 263/2019, de 12 de abril.
La cuantía del coste subvencionable, establecido según lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, deberá ser superior a 200.000 €.
‐ Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética.
Serán subvencionables las inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO₂, siempre que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en el anexo IV del RD 263/2019, de 12 de abril.
La cuantía del coste subvencionable, establecido según lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, deberá ser superior a 30.000 €.
Las actuaciones subvencionables, que en todo caso deberán realizarse en Castilla y León, con independencia del lugar de domicilio social de la empresa, son las siguientes, reguladas en el artículo 6 del RD 263/2019, de 12 de abril, así como en su Anexo IV.
‐ Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Serán subvencionables las inversiones en sustitución de equipos, instalaciones, o sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO₂.
En todo caso deberán cumplir con los requisitos de eficiencia energética establecidos en el Anexo IV del RD 263/2019, de 12 de abril.
La cuantía del coste subvencionable, establecido según lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, deberá ser superior a 200.000 €.
‐ Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética.
Serán subvencionables las inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO₂, siempre que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en el anexo IV del RD 263/2019, de 12 de abril.
La cuantía del coste subvencionable, establecido según lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, deberá ser superior a 30.000 €.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.