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Modernización de la indus...
Ayudas para fomentar la modernización de la industria agroalimentaria y la transición justa en Castilla y León
Convocar la línea de subvención prevista en las bases reguladoras, con la finalidad de fomentar la modernización de la industria agroalimentaria y la transición justa, incluidas en el Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, para Pymes.
Sólo fondo perdido 35%
Comunidad autónoma: CASTILLA Y LEÓN
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 13-11-2024 hasta el 30-04-2025.
Esta ayuda tiene otras 2 convocatoria(s) que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Las inversiones objeto de ayuda deberán tener como destino alguna de las siguientes formas de inversión inicial en activos materiales:
1. La creación de un nuevo establecimiento.
2. La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
3. La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo. En este caso, la inversión auxiliable deberá superar como mínimo el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.
4. Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente. En este caso, la inversión auxiliable deberá superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.

Características del participante

Ámbito CASTILLA Y LEÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CASTILLA Y LEÓN
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Empresas Micro, Pequeña, Mediana
Los beneficiarios de esta línea de ayuda deberán tener la categoría de PYME en los términos previstos por la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE). Los beneficiarios de esta línea de ayuda deberán tener la categoría de PYME en los términos previstos por la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE).
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 7731, 4781, 4776, 4729, 472, 4711, 4661, 4639, 4638, 463, 4621, 462, 4617, 4611, 2893, 2830, 283, 1092, 1091, 109, 1089, 1086, 108, 1073, 107, 10, 0161, 016, 0150, 015, 01. ver más
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño:
Requisitos técnicos: Las actuaciones consistirán en proyectos de inversión, a ubicar en cualquiera de los municipios de las provincias de LEÓN o PALENCIA, relativos a operaciones de transformación de productos agroalimentarios. El solicitante de ayuda deberá especificar el tipo de inversión concreto, de entre los citados, al que dirige su solicitud particularizando para cada uno de sus ECI (elementos constitutivos de inversión).
Los establecimientos industriales objeto de los proyectos de inversión deberán cumplir las normas mínimas, que en su caso les afecten, en materia medioambiental, urbanística, e higiénico sanitaria.
A este fin deberán incluir un plan de negocio, o proyecto empresarial, que permita asegurar la viabilidad del proyecto y de la empresa solicitante, y que exponga las ventajas derivadas de la ejecución de las inversiones. Los proyectos de inversión no deben estar dirigidos a la compra de empresas.
Deben existir salidas normales al mercado y demanda para el producto, o productos, objeto de la actuación, o bien, esta debe justificarse por una necesidad estructural o territorial.
Las inversiones no podrán estar dirigidas al comercio minorista en destino.
Las inversiones de simple sustitución no podrán optar a la ayuda. La fecha de inicio de los trabajos del proyecto de inversión no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda
Las actuaciones consistirán en proyectos de inversión, a ubicar en cualquiera de los municipios de las provincias de LEÓN o PALENCIA, relativos a operaciones de transformación de productos agroalimentarios. El solicitante de ayuda deberá especificar el tipo de inversión concreto, de entre los citados, al que dirige su solicitud particularizando para cada uno de sus ECI (elementos constitutivos de inversión).
Los establecimientos industriales objeto de los proyectos de inversión deberán cumplir las normas mínimas, que en su caso les afecten, en materia medioambiental, urbanística, e higiénico sanitaria.
A este fin deberán incluir un plan de negocio, o proyecto empresarial, que permita asegurar la viabilidad del proyecto y de la empresa solicitante, y que exponga las ventajas derivadas de la ejecución de las inversiones. Los proyectos de inversión no deben estar dirigidos a la compra de empresas.
Deben existir salidas normales al mercado y demanda para el producto, o productos, objeto de la actuación, o bien, esta debe justificarse por una necesidad estructural o territorial.
Las inversiones no podrán estar dirigidas al comercio minorista en destino.
Las inversiones de simple sustitución no podrán optar a la ayuda. La fecha de inicio de los trabajos del proyecto de inversión no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Se demuestra que la tecnología funciona en las condiciones esperadas. En casi todos los casos, este TRL representa el final del desarrollo del sistema tecnológico y está listo para ser implementado. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

– Cuando el solicitante tenga la condición de pequeña empresa: 35 %
– Cuando el solicitante tenga la condición de mediana empresa: 25 %
Importe máximo de la ayuda. El importe máximo de subvención susceptible de ser concedida ascenderá a 900.000 euros
– Cuando el solicitante tenga la condición de pequeña empresa: 35 %
– Cuando el solicitante tenga la condición de mediana empresa: 25 %
Importe máximo de la ayuda. El importe máximo de subvención susceptible de ser concedida ascenderá a 900.000 euros
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
Exige Garantías en la concesión
Contendrá la obligación del depósito de una garantía de buena ejecución, por una cuantía igual, al menos, al 5 % del importe total de subvención concedida. Esta garantía deberá sustanciarse mediante el depósito bien de un aval, o avales, o bien de la cantidad equivalente en metálico. Los avales deberán ser otorgados solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos de la Comunidad. Contendrá la obligación del depósito de una garantía de buena ejecución, por una cuantía igual, al menos, al 5 % del importe total de subvención concedida. Esta garantía deberá sustanciarse mediante el depósito bien de un aval, o avales, o bien de la cantidad equivalente en metálico. Los avales deberán ser otorgados solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos de la Comunidad.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.