Innovating Works

CDTI

Cerrada
Proyectos CDTI-Eurostars...
Proyectos CDTI-Eurostars 2022: Proyectos de I+D con participación española seleccionados en las convocatorias internacionales competitivas del programa Eurostars-3
Ayudas destinadas a proyectos empresariales de carácter internacional orientados al mercado presentados por una única empresa española que forma parte de un consorcio internacional cuyo proyecto EUROSTARS ha recibido la carta de aprobación del Secretariado EUREKA. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
Sólo fondo perdido 70%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 22-11-2022.
Hace más de 24 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

1. Las actividades subvencionables del proyecto de investigación y desarrollo o estudio de viabilidad objeto de la ayuda serán las definidas como subvencionables en virtud de las normas del programa Horizonte Europa, excluidas las actividades que vayan más allá de las actividades de desarrollo experimental, según lo previsto en el Reglamento general de exención.
2. Las actividades subvencionables en la convocatoria del programa Eurostars-3 son actividades de investigación y desarrollo (nivel TRL 4 a 6).
3. Los proyectos financiados deberán ser de tipo individual, entendidos como proyectos en cuyo desarrollo interviene únicamente un beneficiario. Si en el proyecto internacional participase más de una entidad española que cumple los requisitos para ser beneficiaria de esta ayuda, cada una de ellas presentará una solicitud de financiación individual y por separado. Los proyectos podrán ser de ejecución anual o plurianual, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2022; en todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2022. La duración de los proyectos será de 36 meses como máximo.
4. En cualquier caso, los proyectos Eurostars-3 deberán finalizar antes... ver más

1. Las actividades subvencionables del proyecto de investigación y desarrollo o estudio de viabilidad objeto de la ayuda serán las definidas como subvencionables en virtud de las normas del programa Horizonte Europa, excluidas las actividades que vayan más allá de las actividades de desarrollo experimental, según lo previsto en el Reglamento general de exención.
2. Las actividades subvencionables en la convocatoria del programa Eurostars-3 son actividades de investigación y desarrollo (nivel TRL 4 a 6).
3. Los proyectos financiados deberán ser de tipo individual, entendidos como proyectos en cuyo desarrollo interviene únicamente un beneficiario. Si en el proyecto internacional participase más de una entidad española que cumple los requisitos para ser beneficiaria de esta ayuda, cada una de ellas presentará una solicitud de financiación individual y por separado. Los proyectos podrán ser de ejecución anual o plurianual, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2022; en todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2022. La duración de los proyectos será de 36 meses como máximo.
4. En cualquier caso, los proyectos Eurostars-3 deberán finalizar antes del 1 de julio de 2026. ver menos

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Condiciones Especiales: Cuidado: Unicamente podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas españolas que formen parte de un consorcio internacional cuyo proyecto EUROSTARS ha recibido la carta de aprobación del Secretariado EUREKA.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Podrán ser beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente resolución exclusivamente las pequeñas y medianas empresas que desarrollen los proyectos de investigación y desarrollo definidos en el artículo 1, siempre y cuando se les haya comunicado expresamente por el Secretariado Eureka que cuentan con financiación nacional asegurada mediante subvención. Se excluyen los empresarios individuales, las grandes empresas y las empresas que hayan aceptado acometer el proyecto con financiación alternativa o con autofinanciación y así lo ha notificado el Secretariado Eureka.

2. Por empresas se entenderá las entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda y que tengan domicilio fiscal en España. Dentro del concepto de empresa, se diferencian las pequeñas y medianas empresas (PYME), según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante “Reglamento general de exención por categorías”).
Podrán ser beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente resolución exclusivamente las pequeñas y medianas empresas que desarrollen los proyectos de investigación y desarrollo definidos en el artículo 1, siempre y cuando se les haya comunicado expresamente por el Secretariado Eureka que cuentan con financiación nacional asegurada mediante subvención. Se excluyen los empresarios individuales, las grandes empresas y las empresas que hayan aceptado acometer el proyecto con financiación alternativa o con autofinanciación y así lo ha notificado el Secretariado Eureka.
2. Por empresas se entenderá las entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda y que tengan domicilio fiscal en España. Dentro del concepto de empresa, se diferencian las pequeñas y medianas empresas (PYME), según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante “Reglamento general de exención por categorías”).
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 5:. Los componentes se integran de forma que la configuración del sistema coincida con la aplicación final en casi todos los aspectos. Se prueba el rendimiento en un entorno operativo simulado. La diferencia principal con el TRL 4 es el aumento a una fidelidad media y la aplicación al entorno real. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
El importe máximo de la subvención por solicitud y beneficiario es de 400.000 euros con los siguientes límites de intensidad de ayuda que marca la convocatoria.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto y de la disponibilidad presupuestaria, respetando el límite de intensidad máxima del 70% de los costes subvencionables. En caso de falta de disponibilidad presupuestaria para financiar todos los proyectos presentados que cumplan las condiciones y características indicadas en el presente resolución con la intensidad máxima ayuda establecida, se concederá una intensidad máxima para las pequeñas empresas del 60 % de los costes subvencionables y para las medianas empresas del 50 % de los costes subvencionables, hasta consumir el presupuesto de la presente convocatoria.
La percepción de estas ayudas será compatible con la percepción de cualesquiera otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos o privados nacionales, salvo que se superen las intensidades máximas de ayuda aplicables en la normativa comunitaria.
No obstante, la percepción de estas ayudas será incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad procedente de fondos de la Unión Europea, en particular con las ayudas del Programa Marco de Investigación e Innovación (Horizonte 2020, periodo 2014-2020, y Horizonte Europa, periodo 2021-2027), de los Fondos Estructurales y de Inversión Europ...
El importe máximo de la subvención por solicitud y beneficiario es de 400.000 euros con los siguientes límites de intensidad de ayuda que marca la convocatoria.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto y de la disponibilidad presupuestaria, respetando el límite de intensidad máxima del 70% de los costes subvencionables. En caso de falta de disponibilidad presupuestaria para financiar todos los proyectos presentados que cumplan las condiciones y características indicadas en el presente resolución con la intensidad máxima ayuda establecida, se concederá una intensidad máxima para las pequeñas empresas del 60 % de los costes subvencionables y para las medianas empresas del 50 % de los costes subvencionables, hasta consumir el presupuesto de la presente convocatoria.
La percepción de estas ayudas será compatible con la percepción de cualesquiera otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos o privados nacionales, salvo que se superen las intensidades máximas de ayuda aplicables en la normativa comunitaria.
No obstante, la percepción de estas ayudas será incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad procedente de fondos de la Unión Europea, en particular con las ayudas del Programa Marco de Investigación e Innovación (Horizonte 2020, periodo 2014-2020, y Horizonte Europa, periodo 2021-2027), de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info