Proyectos en colaboración público-privada 2022
El objetivo de la convocatoria de ayudas a proyectos de colaboración público-privada es el apoyo a proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.
Convocatoria
Áreas
Cerrada
Presentación
- El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa.
- El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado.
- La participación mínima por entidad será del 10 % del presupuesto total del proyecto.
- La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser, al menos, del 51 % del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por sí sola con más del 70 % de dicho presupuesto.
Puedes aplicar a ella en el siguiente link.
Objetivo
Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado. Asimismo, con estos proyectos se pretende movilizar inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza tecnológica del país, así como reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación y de sus agentes, contribuyendo a mejorar la competitividad del tejido empresarial.
Características del líder del consorcio
Ambito
Categorias
Características del Proyecto
Requisitos
Presupuesto del líder: mínimo 400K hasta 15.0M.
Requisitos
a) Organismos públicos de investigación.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios.
c) Institutos de investigación sanitaria acreditados.
d) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
g) Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.
i) Asociaciones empresariales sectoriales.
Capítulos
Tecnología
CTI
Características de la financiación
%
Intensidad de la ayuda: Crédito con tipo de interes + info
Crédito máximo
EURIBOR
+ %
36 M de carencia
Amort. 10 años
Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención o la de préstamo. Las ayudas bajo la modalidad de subvención se otorgarán a entidades del sector público y organismos de investigación privados, siendo de hasta el 100% del presupuesto financiable.
Las empresas pertenecientes al sector privado solo podrán obtener ayuda en forma de préstamo, de máximo el 95% del presupuesto financiable. Excepto si realizan nuevas contrataciones, con carácter indefinido, de investigadores con el grado de doctor destinados a la ejecución del proyecto, esta será en forma de subvención.
Las entidades presentan un presupuesto. Sobre este presupuesto se determina la parte del mismo que es financiable. Establecido el financiable se asigna un porcentaje de ayuda. Para las empresas puede llegar hasta el 95%, dependiendo del tamaño, de la calificación financiera, de la capacidad de solvencia de la entidad y de la disponibilidad presupuestaria. La intensidad de ayuda máxima para las empresas, dependerá de su tamaño:
a) Para las pequeñas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 60%.
b) Para las medianas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 50%.
c) Para las grandes empresas la intensidad de ayuda máxima será del 40%.
Las características del préstamo serán las siguientes:
- Tipo de interés: para el cálculo del tipo de interés al que se concede el préstamo se utilizará como referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si éste fuera negativo, el interés aplicable será el 0%.
- Plazo fijo de carencia: 3 años
- Plazo máximo de devolución: 7 años
- Plazo máximo de amortización: 10 años
Fondos
Esta línea esta financiada por fondos: NEXT GENERATION.
Condiciones
Información adicional de la convocatoria
E. Incentiv.
Respuesta
Competitiva
Minimis
DNSH
Otras ventajas
Sello