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PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS...
PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS 2022: Ayudas a Plataformas Tecnológicas y de Innovación
El objetivo de la convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas y de Innovación que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión, que fomenten la colaboración en materia de I+D+i entre el sector público y el sector empresarial, y que favorezcan la detección de nuevas demandas en el ámbito de los Retos de la Sociedad.
Sólo fondo perdido 100%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 22-11-2022.
Hace más de 24 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Consorcio Consorcio: Esta ayuda está diseñada para aplicar a ella en formato consorcio..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Las Plataformas Tecnológicas y de Innovación son un agente imprescindible para impulsar el diálogo y la colaboración público-privada y constituyen un instrumento de la política de I+D+I. Impulsadas por el tejido empresarial, son un importante actor en la definición de prioridades de I+D+I tanto sectoriales como intersectoriales.

La finalidad de esta convocatoria es promover la incorporación de todos los agentes de la cadena de valor del sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación; e identificar las agendas de investigación aplicada y desarrollo experimental que, dando respuesta a las demandas sectoriales, permitan abordar los retos científico-técnicos que conlleven. Para satisfacer esta finalidad es necesaria la convergencia de tecnologías y de conocimientos mediante la promoción de la colaboración entre plataformas.

Las actividades que se financian son:

a) Organización de la Asamblea Anual de la Plataforma.
b) Actividades de difusión o jornadas temáticas relacionadas con la actividad de la Plataforma.
c) Elaboración de documentos relacionados con la actividad de la Plataforma.
d) Elaboración de estudios prospe... ver más

Las Plataformas Tecnológicas y de Innovación son un agente imprescindible para impulsar el diálogo y la colaboración público-privada y constituyen un instrumento de la política de I+D+I. Impulsadas por el tejido empresarial, son un importante actor en la definición de prioridades de I+D+I tanto sectoriales como intersectoriales.

La finalidad de esta convocatoria es promover la incorporación de todos los agentes de la cadena de valor del sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación; e identificar las agendas de investigación aplicada y desarrollo experimental que, dando respuesta a las demandas sectoriales, permitan abordar los retos científico-técnicos que conlleven. Para satisfacer esta finalidad es necesaria la convergencia de tecnologías y de conocimientos mediante la promoción de la colaboración entre plataformas.

Las actividades que se financian son:

a) Organización de la Asamblea Anual de la Plataforma.
b) Actividades de difusión o jornadas temáticas relacionadas con la actividad de la Plataforma.
c) Elaboración de documentos relacionados con la actividad de la Plataforma.
d) Elaboración de estudios prospectivos y estudios de demanda temprana.
e) Actividades en el ámbito de las agrupaciones temáticas recogidas en el PEICTI en colaboración con otras Plataformas.
f) Actividades encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i.
g) Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i. ver menos

Características del consorcio

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: El diseño de consorcio necesario para la tramitación de esta ayuda necesita de:

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Beneficiarios:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2001, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, cualquiera que sea su forma jurídica.
f) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.
g) Asociaciones empresariales sectoriales.
Beneficiarios:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2001, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, cualquiera que sea su forma jurídica.
f) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.
g) Asociaciones empresariales sectoriales.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Otros Gastos.
Se incluyen costes adicionales como viajes, dietas, formación, y servicios externos necesarios para el proyecto, siempre que sean justificados y directamente relacionados con las actividades

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
Todos los gastos imputados al proyecto deben estar intrinsecamente relacionados con las actuaciones de la Plataforma Tecnológica. Todos los gastos imputados al proyecto deben estar intrinsecamente relacionados con las actuaciones de la Plataforma Tecnológica.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Muy Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info