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Cerrada
PROGRAMA ATRAE
PROGRAMA ATRAE: Ayudas para incentivar la incorporación de talento consolidado
Facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un SECTI más competitivo a nivel nacional e internacional.
Sólo fondo perdido 100%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 27-07-2023.
Hace más de 15 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Se considera investigador/a consolidado/a, de reconocido prestigio internacional, a personas que respondan a criterios tales como encontrarse dentro del 10% de investigadores/as más destacados en su área de especialización a nivel global, ser investigador/a responsable de un proyecto activo del Consejo Europeo de Investigación (ERC), poseer el nivel más alto de la carrera académica/investigadora en el país de origen, o haber dirigido como IP un número significativo de proyectos de investigación en convocatorias competitivas, ya sean nacionales de cualquier país o internacionales, habiendo realizado a lo largo de su carrera contribuciones de gran relevancia e impacto en su área de especialización.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Condiciones Especiales: Cuidado: Requisitos del/de la investigador/a principal (IP):
- Estar en posesión del grado de doctor. La fecha de obtención del grado de doctor/a deberá ser anterior al 1 de enero de 2016.
- Haber estado vinculado profesionalmente con organismos de investigación extranjeros durante, al menos, 5 años, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: Requisitos de las entidades beneficiarias.
1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
a) Organismos públicos de investigación.
b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
c) Entidades e instituciones sanitarias públicas, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
d) Institutos de investigación sanitaria acreditados, de naturaleza pública.
e) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
2. Centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I. Si alguno de ellos careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca.
Requisitos de las entidades beneficiarias.
1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
a) Organismos públicos de investigación.
b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
c) Entidades e instituciones sanitarias públicas, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
d) Institutos de investigación sanitaria acreditados, de naturaleza pública.
e) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
2. Centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I. Si alguno de ellos careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 4:. Es el primer paso para determinar si los componentes individuales funcionarán juntos como un sistema en un entorno de laboratorio. Es un sistema de baja fidelidad para demostrar la funcionalidad básica y se definen las predicciones de rendimiento asociadas en relación con el entorno operativo final. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
1. Serán objeto de ayuda las actuaciones que faciliten la incorporación de manera estable de talento investigador consolidado, en los términos descritos en el artículo 1. Las actividades financiables incluidas en las actuaciones, a realizar con carácter obligatorio, son:
a) La ejecución de un proyecto propio de I+D+i liderado por el/la IP de la actuación
b) La contratación del/de la IP de la actuación.
Asimismo, será financiable la adecuación de espacios, renovación de laboratorio y similares, necesarios para el inicio o el afianzamiento de la línea de investigación del/de la IP de la actuación, no siendo esta actividad de carácter obligado en la ejecución de las actuaciones.
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. La cuantía de la ayuda será de 1.000.000,00 de euros por actuación, donde se incluyen tanto los costes directos como los costes indirectos, siempre y cuando el coste financiable real de la actuación lo permita.
El presupuesto de la actuación se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, independientemente de la naturaleza jurídica de la entidad beneficiaria. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes marginales solicitados.
Duración del proyecto: 3 o 4 años. (Las actuaciones se realizarán de forma individual por un único beneficiario. La duración de las actuaciones podrá ser de 3 o 4 años, conforme a lo indicado en la solicitud de ayuda. La...
1. Serán objeto de ayuda las actuaciones que faciliten la incorporación de manera estable de talento investigador consolidado, en los términos descritos en el artículo 1. Las actividades financiables incluidas en las actuaciones, a realizar con carácter obligatorio, son:
a) La ejecución de un proyecto propio de I+D+i liderado por el/la IP de la actuación
b) La contratación del/de la IP de la actuación.
Asimismo, será financiable la adecuación de espacios, renovación de laboratorio y similares, necesarios para el inicio o el afianzamiento de la línea de investigación del/de la IP de la actuación, no siendo esta actividad de carácter obligado en la ejecución de las actuaciones.
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. La cuantía de la ayuda será de 1.000.000,00 de euros por actuación, donde se incluyen tanto los costes directos como los costes indirectos, siempre y cuando el coste financiable real de la actuación lo permita.
El presupuesto de la actuación se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, independientemente de la naturaleza jurídica de la entidad beneficiaria. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes marginales solicitados.
Duración del proyecto: 3 o 4 años. (Las actuaciones se realizarán de forma individual por un único beneficiario. La duración de las actuaciones podrá ser de 3 o 4 años, conforme a lo indicado en la solicitud de ayuda. La fecha de inicio del periodo de ejecución se especificará en la resolución de concesión que, en cualquier caso, será posterior al 1 de diciembre de 2023.)
La vinculación laboral de los/as IP a las entidades beneficiarias deberá realizarse a través de la modalidad de contrato de investigador/a distinguido/a, previsto en el artículo 23 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. La retribución mínima salarial será de 80.000 euros brutos anuales.
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info