Descripción del proyecto
EL DERECHO DE LOS SEGUROS SE ENCUENTRA INMERSO EN UN PROCESO MODERNIZADOR QUE AFECTA A SUS DIFERENTES FACETAS ORDENACION, DISTRIBUCION Y CONTRATOS- Y AL QUE, RECIENTEMENTE, SE HA SUMADO TAMBIEN EL ESTATUTO JURIDICO DE SUS ORGANOS DE SUPERVISION, TRAS LA NUEVA LEY DE ORDENACION Y SUPERVISION (LOSSEAR), LE TOCA EL TURNO A LA DISTRIBUCION DE SEGUROS, NO SOLO DESTINADA A LOS MEDIADORES COMO LA NORMA ANTERIOR SINO A LAS EMPRESAS DE SEGUROS Y, EN GENERAL, A TODOS LOS CANALES DE DISTRIBUCION EN EL MERCADO ASEGURADOR, EN LA ACTUALIDAD, CONTAMOS CON UN BORRADOR DE PROYECTO DE LEY DESTINADO A ADAPTAR NUESTRO ORDENAMIENTO A LA RECIENTE DIRECTIVA EUROPEA DE DISTRIBUCION, QUE SERA OBJETO DE ATENCION EN EL TRABAJO, EL ESTUDIO DEL BORRADOR SE CENTRA, PRINCIPALMENTE, EN LOS INSTRUMENTOS JURIDICOS EN ESPECIAL, LAS OBLIGACIONES DE INFORMACION- QUE SE INCORPORAN PARA DOTAR DE UNA TRANSPARENCIA QUE GARANTICE SUFICIENTEMENTE LA PROTECCION DE LOS ADQUIRENTES DE PRODUCTOS FINANCIEROS DE SEGUROS, EL ESTUDIO DE LA DISTRIBUCION DE SEGUROS NO IMPLICA DESATENCION A LOS OTROS RETOS EXISTENTES EN LA REGULACION DE LAS OTRAS FACETAS ANTES ALUDIDAS, ASI, SE ANALIZARA ALGUNOS ASPECTOS RELEVANTES EN LA APLICACION DE LA LOSSEAR QUE ESTA PENDIENTES, COMO EL FORTALECIMIENTO DEL GOBIERNO CORPORATIVO EN LAS ENTIDADES ASEGURADORAS Y EN SUS GRUPOS, LA REESTRUCTURACION DE LAS ENTIDADES MUTUALISTICAS PARA CONTINUAR SIENDO COMPETITIVAS, ETC, IGUALMENTE, Y CONTINUANDO CON LO ANALIZADO EN LOS PROYECTOS ANTERIORES, SE PRESTA ATENCION A LAS REFORMAS PUNTUALES PREVISTAS EN LA LEGISLACION CONTRACTUAL DE SEGUROS,EN CUANTO A LA REALIDAD DEL TRAFICO DE PRODUCTOS DE SEGURO, CONCURREN, EN NUESTROS DIAS, UNA SERIE DE NOVEDADES NECESITADAS TAMBIEN DE UN ANALISIS DETALLADO, ASI, DESTACA DE UN MODO ESPECIAL LA INCORPORACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN LA ACTIVIDAD ASEGURADORA -INSURTECH- QUE ESTAN AFECTANDO DE MODO CONSIDERABLE AL MODO HASTA AHORA EMPLEADO DE CONTRATAR POR LOS OPERADORES ECONOMICOS (BIG DATA, INTERNET DE LAS COSAS, ETC,), EN ESTE SENTIDO, CONVIENE EXAMINAR EL TRATAMIENTO QUE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS ESTAN REALIZANDO DE LA INFORMACION FACILITADA POR SUS CLIENTES, SUS LIMITES Y LOS MECANISMOS DE PROTECCION ANTE EL RIESGO DE PERDIDA O MAL USO DE MATERIA TAN SENSIBLE, EN ESTE NUEVO ESCENARIO PROPICIADO POR UN ENTORNO TECNOLOGICO CADA VEZ MAS PREDOMINANTE SE PLANTEA SI ES NECESARIO NUEVAS NORMAS O MODIFICAR LAS YA EXISTENTES, ESPECIALMENTE EN LA ESFERA CONTRACTUAL PARA ADAPTARSE AL NUEVO ESCENARIO DIGITAL, SIENDO MAS TRANSPARENTES Y SIMPLIFICANDO EL LENGUAJE EMPLEADO EN LAS POLIZAS,ASIMISMO, NO PUEDE DEJAR DE ATENDERSE A LAS CONSECUENCIAS TANTO JURIDICAS COMO ECONOMICAS QUE LA SALIDA DEL REINO UNIDO DE LA UNION EUROPEA BREXIT- TENGA SOBRE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, ESPECIALMENTE EN LOS AMBITOS DEL REASEGURO Y DEL SEGURO MARITIMO, EN TAL SENTIDO, Y AUNQUE PUEDA PARECER CONTRADICTORIO, ELLO PUEDE SIGNIFICAR UN PASO ADELANTE EN LA CREACION DE UN MERCADO EUROPEO DE SEGUROS MAS INTEGRADO,FINALMENTE, CABE ANALIZAR OTRAS CUESTIONES NO MENOS RELEVANTES QUE AFECTAN A LOS ORGANOS ENCARGADOS DE LA SUPERVISION DE LOS OPERADORES DE SEGUROS, EN ESTE SENTIDO, EL TRABAJO ANALIZA LA REFORMA DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES Y SU RECONVERSION COMO UN NUEVO SUPERVISOR INDEPENDIENTE A SEMEJANZA DE LA CNMV O DEL BANCO DE ESPAÑA, IGUALMENTE, SE EXAMINA EL CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS Y LA REFORMULACION PREVISTA DE SUS FUNCIONES, DERECHO DEL SEGURO\TRANSPARENCIA\COMPETITIVIDAD