Descripción del proyecto
LA PROTECCION CONSTITUCIONAL DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES Y LOS DERECHOS HUMANOS CONSTITUYE UN EVIDENTE PUNTO DE ENCUENTRO DEL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL DE UN RELEVANTE NUMERO DE ESTADOS, QUE SE VE REFORZADA POR EL RECONOCIMIENTO DE LOS MENCIONADOS DERECHOS Y LIBERTADES A TRAVES DE DIVERSOS TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES, MEDIANTE LOS QUE SE PRETENDEN DOTAR DE UNIFORMIDAD Y EFICACIA A TAN RELEVANTES GARANTIAS INDIVIDUALES,LOGICAMENTE, EL ORDENAMIENTO FINANCIERO Y TRIBUTARIO NO ES AJENO A LA REFERIDA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES, ANTES AL CONTRARIO, CABE AFIRMAR QUE EL DERECHO DE LA HACIENDA PUBLICA ES UNA PARCELA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO PARTICULARMENTE FERTIL EN LO QUE SE REFIERE A LA INVOCACION POR LOS ADMINISTRADOS Y A LA TOMA EN CONSIDERACION POR LOS TRIBUNALES DE LOS DERECHOS DE REFERENCIA,LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS DESPLIEGAN SUS EFECTOS EN LAS DOS VERTIENTES DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO Y TRIBUTARIO, ACTUANDO DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS INGRESOS PUBLICOS, Y EN PARTICULAR DE LOS TRIBUTARIOS, COMO UN RELEVANTE LIMITE AL ESTABLECIMIENTO DE PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARACTER PUBLICO Y AL EJERCICIO DE LAS PRERROGATIVAS ADMINISTRATIVAS, EN LA ESFERA DEL GASTO PUBLICO, HABIDA CUENTA DEL CARACTER INSTRUMENTAL DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO EN RELACION CON LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA, LOS DERECHOS FUNDAMENTALES SE ERIGEN TAMBIEN COMO UN LIMITE A LOS PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO A LA HORA DE CONFIGURAR Y APROBAR EL PRESUPUESTO, DEBIENDO DESTINARSE MEDIOS SUFICIENTES QUE GARANTICEN EL EJERCICIO DE DERECHOS FUNDAMENTALES TALES COMO EL ACCESO A LA EDUCACION, LA SANIDAD, ACCESO A LA JUSTICIA GRATUITA, ETC,DADA LA ACTUALIDAD DEL TEMA Y LA ESPECIAL RELEVANCIA DE LA MATERIA, RESULTA ESPECIALMENTE OPORTUNO ACOMETER UN TRABAJO CONJUNTO, EN EL QUE PARTICIPAN ESPECIALISTAS DEL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL, EN TORNO A LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES EN EL ORDENAMIENTO FINANCIERO Y TRIBUTARIO, PORQUE ES UNA REGULACION VIVA, QUE SE HA VISTO AFECTADA RECIENTEMENTE POR CAMBIOS NORMATIVOS DE RANGO INTERNACIONAL, Y QUE TIENE ESPECIAL CALADO, TODA VEZ QUE LA CONSTITUCION Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE FORMA PARTE NUESTRO PAIS OBLIGAN A INTERPRETAR LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES A LA LUZ DE LAS NORMAS DE RANGO INTERNACIONAL, ASIMISMO, NO PUEDE PASARSE POR ALTO QUE, DADO QUE LA CONFIGURACION DE TALES DERECHOS SE REALIZA EN ULTIMA INSTANCIA EN SEDE JURISDICCIONAL, ES IMPRESCINDIBLE ANALIZAR LA JURISPRUDENCIA QUE SOBRE LA MATERIA CONSTANTEMENTE EMANA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESPAÑOL, DE LOS TRIBUNALES CONSTITUCIONALES DE OTROS ESTADOS, DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Y DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA, DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS\TRIBUTOS\GASTO PÚBLICO\FINANCIERO Y TRIBUTARIO