Descripción del proyecto
LA APROBACION DE LA LEY 13/2015, DE 24 DE JUNIO, QUE MODIFICA LA LH Y EL TRLC, HA CONSAGRADO EN NUESTRO ORDENAMIENTO LA INCLUSION DE LA REPRESENTACION GRAFICA DE LAS FINCAS REGISTRALES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DANDO ENTRADA ASI A INFORMACION DE CARACTER GRAFICO EN UNA INSTITUCION QUE HASTA EL MOMENTO CONTENIA MERAS DESCRIPCIONES LITERARIAS DE LAS FINCAS SOBRE LAS QUE RECAIAN LOS DERECHOS, ANOTADOS O INSCRITOS, ESTA APARENTE NOVEDAD TIENE SUS ANTECEDENTES EN UNA PRACTICA CONSOLIDADA EN MAS DE LA MITAD DE LOS REGISTROS ESPAÑOLES A PARTIR DE LA INSTRUCCION DE LA DGRN DE 2 DE MARZO DE 2000, QUE PERMITIA A LOS REGISTRADORES TRADUCIR DE MANERA GRAFICA LA DESCRIPCION LITERARIA DE LAS FINCAS CONTENIDA EN LOS ASIENTOS REGISTRALES, SI BIEN DICHA PRACTICA PRESENTABA INNEGABLES VENTAJAS, LA EXISTENCIA DE UNA CARTOGRAFIA INMOBILIARIA CATASTRAL DE ALCANCE UNIVERSAL (TODOS LOS INMUEBLES DEBEN FIGURAR EN EL CATASTRO), QUE NO SIEMPRE SE UTILIZABA COMO BASE PARA LA ELABORACION DE LA REPRESENTACION GRAFICA DE LA FINCA REGISTRAL, HIZO SURGIR DIFICULTADES DE COORDINACION ENTRE LA INFORMACION GRAFICA INMOBILIARIA CONTENIDA EN EL CATASTRO Y LA ELABORADA POR LOS REGISTRADORES, PARA EVITAR ESTAS Y OTRAS DISFUNCIONES SE DICTA LA LEY 13/2015, QUE SERA OBJETO DE ANALISIS CRITICO EN EL PRESENTE PROYECTO, COMO SE EXPONDRA, LA NUEVA REGULACION IMPONE LA INSCRIPCION REGISTRAL DE LAS REPRESENTACIONES GRAFICAS DE LAS FINCAS EN TODOS LOS SUPUESTOS DE INMATRICULACION Y DE MODIFICACION DE ENTIDADES HIPOTECARIAS, DEJANDO AL ARBITRIO DEL TITULAR REGISTRAL LA INCORPORACION DE LA REPRESENTACION GRAFICA EN OTROS SUPUESTOS, HA DE DECIRSE, NO OBSTANTE, QUE NO ES ESTA LA UNICA NUEVA INFORMACION QUE TIENE ACCESO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, COMO RESULTA DE LA VIGENTE REDACCION DEL ART, 9 LH,POR LO TANTO, EN PRIMER LUGAR, SE TRATARA DE CLASIFICAR LOS DISTINTOS TIPOS DE INFORMACION QUE PUEDEN INGRESAR EN EL REGISTRO A PARTIR DEL ART, 9 LH, EN SEGUNDO LUGAR, SE ANALIZARAN LOS REQUISITOS QUE SE EXIGEN PARA QUE TALES CLASES DE INFORMACION PUEDAN APARECER EFECTIVAMENTE REFLEJADAS EN LOS LIBROS REGISTRALES, LO QUE OBLIGARA A EXAMINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE COORDINACION REGISTRO-CATASTRO, EN TERCER LUGAR, SE PROFUNDIZARA EN LA EFICACIA Y ALCANCE QUE TAL INFORMACION PUEDE DESPLEGAR, POR ULTIMO Y ESTA ES UNA IMPORTANTE NOVEDAD CON RESPECTO A LOS PROYECTOS QUE ESTE GRUPO DE INVESTIGACION HA LLEVADO A CABO CON ANTERIORIDAD, JUSTIFICADA POR LA DEMANDA DE LAS ENTIDADES INTERESADAS EN NUESTRA INVESTIGACION SE ABORDARA EL ESTUDIO DE LAS POSIBLES APLICACIONES PRACTICAS DE ESTA NUEVA INFORMACION REGISTRAL, YA QUE AL SER EL TERRITORIO EN GENERAL (Y LOS BIENES INMUEBLES, EN PARTICULAR) EL SOPORTE SOBRE EL QUE LA PERSONA DESARROLLA LA MAYOR PARTE DE SUS ACTIVIDADES, ES DEL MAXIMO INTERES CONTAR CON INFORMACION ACTUALIZADA Y FIABLE SOBRE LOS POSIBLES USOS A DESARROLLAR EN DICHO ESPACIO, ASI COMO SOBRE LA VERDADERA SITUACION JURIDICO-REAL DE LOS INMUEBLES, DE ESTE MODO SE PRESTARA UN MEJOR SERVICIO A LA CIUDADANIA EN RELACION CON AMBITOS COMO EL URBANISMO, EL MEDIO AMBIENTE O LA ORDENACION DEL TERRITORIO, AL TIEMPO QUE SE PODRA ATENDER A ASPECTOS MAS CONCRETOS (QUE SE ABORDARAN CON UNA PERSPECTIVA DE GENERO) COMO SON, POR EJEMPLO, LOS RELATIVOS A LA INFORMACION SOBRE CARGAS HIPOTECARIAS Y PORCENTAJE DE EJECUCIONES SOBRE PRIMERAS Y SEGUNDAS VIVIENDAS, O SOBRE TITULARIDADES POR UNIDADES FAMILIARES Y ATRIBUCION DEL USO O DE LA PROPIEDAD DE LA VIVIENDA ANTES Y DESPUES DE LAS RUPTURAS DE PAREJA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD\INFORMACIÓN TERRITORIAL\INFORMACIÓN GRÁFICA\ORDENACIÓN DEL TERRITORIO\USOS DEL SUELO