HIPOTECA, PRENDA DE CREDITOS, GARANTIAS FINANCIERAS Y DERECHO FORAL SOBRE GARANT...
HIPOTECA, PRENDA DE CREDITOS, GARANTIAS FINANCIERAS Y DERECHO FORAL SOBRE GARANTIAS MOBILIARIAS: UNA REFLEXION SOBRE LOS PILARES DE LAS GARANTIAS REALES Y LAS INCERTIDUMBRES DE LAS ULTIMAS REFORMAS
ESTE PROYECTO PROPONE UN ESTUDIO SOBRE LOS PILARES DE LA HIPOTECA INMOBILIARIA Y DE LAS GARANTIAS REALES MOBILIARIAS EN UN CONTEXTO INTERNACIONAL (SIGNIFICATIVAMENTE DE LA PRENDA DE CREDITOS Y DE LOS ACUERDOS DE GARANTIA FINANCIER...
ESTE PROYECTO PROPONE UN ESTUDIO SOBRE LOS PILARES DE LA HIPOTECA INMOBILIARIA Y DE LAS GARANTIAS REALES MOBILIARIAS EN UN CONTEXTO INTERNACIONAL (SIGNIFICATIVAMENTE DE LA PRENDA DE CREDITOS Y DE LOS ACUERDOS DE GARANTIA FINANCIERA), MATERIA SOBRE LA QUE EL INVESTIGADOR PRINCIPAL TIENE UNA AMPLIA EXPERIENCIA (ES MIEMBRO DEL ADVISORY GROUP / SECURITY INTEREST, DEL STUDY GROUP FOR AN EUROPEAN CIVIL CODE, ENCARGADO DE LA ELABORACION UN SOFT LAW COMUNITARIO, BASADO EN LA ELABORACION DE PRINCIPIOS JURIDICOS COMPARTIDOS, QUE LA COMISION EUROPEA PODRIA ASUMIR, TAMBIEN ES MIEMBRO DEL INTERNATIONAL WORKING GROUP ON EUROPEAN SECURITY RIGHTS, Y HA INTERVENIDO EN OTROS PROYECTOS PARALELOS QUE ACTUALMENTE SE LLEVAN A CABO A MENOR ESCALA, PERO SIEMPRE CON EL PROPOSITO COMUN DE REFLEXIONAR SOBRE LOS EFECTOS TRANSFRONTERIZOS DE LAS GARANTIAS MOBILIRIAS CFR, SIGMAN / KIENNINGER [EDS,], CROSS-BORDER SECURITY OVER TANGIBLES, 2007), ESTE ESFUERZO DE RACIONALIZACION VIENE EXIGIDO POR EL HECHO DE QUE LAS RECIENTES REFORMAS LEGISLATIVAS EN LA MATERIA HAN AFECTADO A LA CONFIGURACION DEL REGIMEN JURIDICO DE ESTAS GARANTIAS REALES INTRODUCIENDO CONTRADICCIONES INTERNAS EN EL SISTEMA Y ALTERANDO LOS CRITERIOS SOBRE LOS QUE EN LA ACTUALIDAD HABIA CONSENSO EN LA COMUNIDAD JURIDICA, EN EFECTO, LA HIPOTECA HA SIDO AFECTADA POR LA LEY 41/2007 EN SUS PILARES FUNDAMENTALES: ESPECIALIDAD, GLOBALIDAD, FLEXIBILIDAD, SUSCEPTIBILIDAD DE APLICACION A CREDITOS DISTINTOS Y ACCESORIEDAD, UTILIZACION COMO METODO DE COMPLEMENTO DE RENTAS DE LA TERCERA EDAD, POR OTRO LADO, LA PRACTICA Y TEORIA DE LA PRENDA SOBRE CREDITOS SE HA VISTO SACUDIDA POR TRES ACONTECIMIENTOS NORMATIVOS CUYA RACIONALIZACION DISTA DE ESTAR ASEGURADA Y QUE AFECTAN PROFUDAMENTE AL MERCADO DEL CREDITO, A SABER, LA NUEVA REGULACION DE LAS CESIONES Y TITULACION DE CREDITOS PUBLICOS Y PRIVADOS QUE SE HACE EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PUBLICO, LA SORPRESIVA MODIFICACION DE TODO EL REGIMEN DE PRENDAS SOBRE DERECHOS INCORPORALES QUE SE INTRODUCE EN LA DISP, FINAL 3ª DE LA LEY 41/2007 Y LA PROMULGACION DEL LIBRO V DEL CODIGO CIVIL DE CATALUÑA, QUE CONTIENE UNA REGULACION DE LAS PRENDAS EN GENERAL, POR OTRA PARTE, EL REGIMEN JURIDICO DE LAS GARANTIAS FINANCIERAS, CONTENIDO EN EL RDL 5/2005, ESTA NECESITADO DE UNA PROFUNDA RACIONALIZACION, YA QUE EL LEGISLADOR ESPAÑOL SE LIMITO A REPRODUCIR LOS TERMINOS DE LA DIRECTIVA SIN DELIMITAR SIQUIERA CON ALGUNA SERIEDAD CUAL ES EL SUPUESTO DE HECHO Y EL TIPO DE GARANTIA CUBIERTO POR LA NORMA, POR ULTIMO, EL PROYECTO PROPONDRA SOLUCIONES PARA UNIFORMIZAR EL REGIMEN APLICABLE A LAS GARANTIAS MOBILIARIAS ASI COMO ESTABLECER UN NUEVO SISTEMA REGISTRAL PARA LAS MISMAS CON NUEVOS PRINCIPIOS, POR EJEMPLO, EL DE AUSENCIA DE TITULO PUBLICO, ESTE ES UN AMBITO EN EL QUE EL INVESTIGADOR PRINCIPAL Y ALGUNOS DE LOS INVESTIGADORES PARTICIPANTES CUENTAN CON GRAN EXPERIENCIA POR HABER ELABORADO DOS PROPUESTAS LEGISLATIVAS AL RESPECTO POR ENCARGO DEL COLEGIO NACIONAL DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, hipoteca\prenda\garantías\acuerdos de garantía financieraver más
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