Descripción del proyecto
LA ARMONIZACION O, SI SE PREFIERE, LA EUROPEIZACION DE LOS PROCESOS CIVILES NACIONALES ES UNO DE LOS PRINCIPALES DESAFIOS A LOS QUE SE ENFRENTA LA CONSTRUCCION DEL ESPACIO EUROPEO DE JUSTICIA, UNA VEZ QUE YA ESTAN EN VIGOR EL TRATADO DE LISBOA Y LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA, LAS INSTITUCIONES EUROPEAS TIENEN EL DEBER DE SEGUIR PROMOVIENDO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA DE LAS PERSONAS Y DE LAS EMPRESAS; NO OBSTANTE, EN ASUNTOS TRANSFRONTERIZOS, LAS DIFERENCIAS ENTRE LOS ORDENAMIENTOS PROCESALES DE LOS DIVERSOS ESTADOS MIEMBROS SE ACABAN CONVIRTIENDO EN OBSTACULOS PARA UNA BUENA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, EL ARTICULO 81 DEL TRATADO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNION EUROPEA FACULTA AL LEGISLADOR EUROPEO PARA ARMONIZAR, POR MEDIO DE DIRECTIVA, LOS ORDENAMIENTOS PROCESALES NACIONALES, EN LA MEDIDA EN QUE RESULTE NECESARIO PARA HACER POSIBLE LA COOPERACION JUDICIAL EN MATERIA CIVIL, DE HECHO, EN LOS ULTIMOS AÑOS SE HAN ALCANZADO RESULTADOS ESPECTACULARES SOBRE ESTA BASE, COMO LA SUPRESION DEL PROCEDIMIENTO DE EXEQUATUR OPERADA POR EL NUEVO REGLAMENTO BRUSELAS I BIS, LA ORDEN EUROPEA DE RETENCION DE CUENTAS BANCARIAS, O LOS NUEVOS REGLAMENTOS EN MATERIA DE SUCESIONES, DE INSOLVENCIA Y DE DERECHO DE FAMILIA, POR OTRA PARTE, EL ARTICULO 114 TFUE TAMBIEN OFRECE BASE JURIDICA PARA LA ADOPCION DE NORMAS ARMONIZADORAS, CUANDO RESULTE NECESARIO PARA EL ESTABLECIMIENTO Y EL FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO INTERIOR, BASE QUE SE HA USADO YA PARA MEJORAR LA TUTELA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES (INCLUIDOS LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS), LA PROTECCION DE LOS SECRETOS COMERCIALES O PARA REACCIONAR MAS EFICAZMENTE FRENTE A LAS INFRACCIONES DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA,EL PROYECTO DE INVESTIGACION PROPUESTO PRETENDE ANALIZAR ESTE FENOMENO DE CONVERGENCIA DEL DERECHO PROCESAL HACIA EL DERECHO EUROPEO DESDE UNA PERSPECTIVA DOBLE, DE UN LADO, SE CONSIDERA NECESARIO ESTUDIAR Y ANALIZAR EN PROFUNDIDAD EL ACERVO COMUNITARIO EN MATERIA PROCESAL CIVIL, CON ESPECIAL ENFASIS EN LOS INSTRUMENTOS MAS RECIENTES, DADA SU ESPECIAL UTILIDAD PARA LOS JUSTICIABLES, PERO, DE OTRO LADO, RESULTA CADA VEZ MAS NECESARIO CENTRAR EL ANALISIS EN EL IMPACTO QUE LA NORMATIVA EUROPEA PRODUCE DIRECTA O INDIRECTAMENTE SOBRE LOS ORDENAMIENTOS PROCESALES NACIONALES, ESTE IMPACTO HASTA AHORA SE PRODUCIA DE FORMA MAS SECTORIAL (AL AMPARO DEL ART, 114 TFUE), PERO LA PROPUESTA DE DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE NORMAS MINIMAS EN LOS PROCESOS CIVILES DE 2017 ES UN CLARO INDICIO DE QUE SE AVECINAN NUEVOS TIEMPOS, EN LOS QUE ES IMPORTANTE ESTAR EN CONDICIONES DE VALORAR ADECUADAMENTE LAS PROPUESTAS QUE SE HAGAN, EN ESTE PUNTO, SERA INEVITABLE DEDICAR UNA PARTE RELEVANTE DE LOS ESFUERZOS A LAS REPERCUSIONES DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE, NO SOLO POR SU CONTRIBUCION A IDENTIFICAR Y DEFINIR ESOS ESTANDARES MINIMOS DE JUSTICIA QUE DEBEN SER PROPIOS DE TODO PROCESO CIVIL, SINO TAMBIEN PORQUE EL TRIBUNAL SE HA CONVERTIDO EN UNA ESPECIE DE LEGISLADOR NEGATIVO QUE CONTROLA LA ADECUACION AL DERECHO DE LA UE DE LAS NORMATIVAS PROCESALES NACIONALES Y, CON ELLO, MARCA TAMBIEN LA PAUTA PARA REFORMAS FUTURAS, ARMONIZACIÓN\PROCESO CIVIL\COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL\GARANTÍAS PROCESALES\ESTÁNDARES MÍNIMOS\RECONOCIMIENTO MUTUO\TUTELA JUDICIAL\ACCESO A LA JUSTICIA