Descripción del proyecto
VIVIMOS MOMENTOS DE CAMBIO, EN EL TERRENO JURIDICO Y, EN CONCRETO, EN EL AMBITO DEL DERECHO MERCANTIL, ASI LO PRUEBAN VARIOS DATOS, POR UN LADO, LAS NUMEROSAS LEYES ESPECIALES QUE VIENEN APROBANDOSE PARA OFRECER SOLUCIONES JURIDICAS NUEVAS O CORREGIR LAS YA EXISTENTES, POR OTRO LADO, LA RECIENTE PRESENTACION DE LA PROPUESTA DE CODIGO MERCANTIL QUE SE JUSTIFICA PRINCIPALMENTE POR LA CONVENIENCIA DE ACTUALIZAR Y PERFECCIONAR DESDE EL PUNTO DE VISTA TECNICO Y POLITICO-JURIDICO LA LEGISLACION MERCANTIL ESPAÑOLA Y, AL MISMO TIEMPO, POR LA NECESIDAD DE ASEGURAR EL PRINCIPIO DE UNIDAD DE MERCADO, EN ESTAS NORMAS APROBADAS O MERAMENTE PROYECTADAS SE CONDENSAN LAS TENDENCIAS DEL DERECHO MERCANTIL EN LOS ALBORES DEL SIGLO XXI, Y ESTE ES EL CONTEXTO DEL PRESENTE PROYECTO DE INVESTIGACION PRESENTADO POR UN EQUIPO HUMANO INTEGRADO POR SEIS DOCTORES, DOS MAGISTRADOS DE LO MERCANTIL Y PROFESORES UNIVERSITARIOS Y UN LICENCIADO CON TITULO DE MASTER, EL PROPOSITO QUE CON EL SE PERSIGUE CONSISTE EN ANALIZAR LAS NUEVAS TENDENCIAS QUE HOY SE VISLUMBRAN EN LOS DOS SECTORES NORMATIVOS A LOS QUE SE ALUDE EN LA DENOMINACION DEL PROYECTO: EL DE LOS CONTRATOS MERCANTILES Y EL DE LA COMPETENCIA EMPRESARIAL, PARA ELLO SE PRESTARA ATENCION A LOS LIBROS TERCERO, CUARTO Y QUINTO DE LA PROPUESTA DE CODIGO EN LOS QUE SE ABORDAN ESTAS MATERIAS, PERO SIENDO CONSCIENTES DE QUE SU ESTUDIO CONSTITUIRA UNA INMEJORABLE OCASION PARA EL ANALISIS DE PROBLEMAS ACTUALES DEL DERECHO MERCANTIL QUE EXISTEN CON INDEPENDENCIA DE DICHA PROPUESTA, ADEMAS, LA INVESTIGACION PROYECTADA NO DESCUIDA EL ANALISIS DE OTRAS CUESTIONES QUE, AUNQUE AUSENTES DE LA PROPUESTA, CONSTITUYEN RETOS INCUESTIONABLES DEL DERECHO MERCANTIL CONTEMPORANEO, ASI OCURRE, ENTRE OTROS, CON EL ASUNTO DE LAS CONEXIONES NORMATIVAS Y FUNCIONALES ENTRE EL DERECHO DE LA COMPETENCIA Y EL DERECHO DE CONTRATOS, HOY NO ES DUDOSO QUE LOS ACTOS DE PROMOCION, CELEBRACION Y EJECUCION DE CONTRATOS CONSTITUYEN PRACTICAS COMERCIALES EN SENTIDO LEGAL, SOMETIDAS, POR UNA PARTE, AL DERECHO DE LOS CONTRATOS Y, POR OTRA, AL DE LA COMPETENCIA, SIN EMBARGO, EN NUESTRO ORDENAMIENTO EXISTE UNA ABSOLUTA INCOMUNICACION ENTRE ESAS DOS ESFERAS REGULADORAS Y LA PROPUESTA DE CODIGO MERCANTIL NO CAMBIA ESTA SITUACION, DE MODO QUE SI UN SUJETO CELEBRA UN CONTRATO Y ES ENGAÑADO POR LA PARTE EMPRESARIAL, SOLO PODRA PRETENDER SU ANULACION CON FUNDAMENTO EN LA DISCIPLINA DE LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO DEL CODIGO CIVIL, PARA LO CUAL TENDRA QUE DEMOSTRAR QUE HA HABIDO ERROR O DOLO, Y, COMO SE SABE, EL CODIGO CIVIL ES MUY EXIGENTE PARA CONCLUIR QUE SE HA PRODUCIDO UN VICIO DEL CONSENTIMIENTO NEGOCIAL INVALIDANTE, POR TANTO, PUEDE OCURRIR QUE LO QUE ES DECLARADO ILICITO POR EL DERECHO DE LA COMPETENCIA DESLEAL, NO SEA INVALIDADO POR EL DERECHO DE CONTRATOS, QUIENES FIRMAMOS EL PRESENTE PROYECTO DE INVESTIGACION INTUIMOS QUE ESTA SITUACION DEBERIA CAMBIAR POR CUANTO QUE EL BIEN JURIDICO PROTEGIDO ES EL MISMO: LA LIBRE DECISION NEGOCIAL DE LOS CONTRATANTES, LA IDEA DE UNIDAD DEL SISTEMA JURIDICO REQUIERE ARMONIA ENTRE LAS DECISIONES Y VALORACIONES JURIDICAS PERTENECIENTES A DOS SECTORES NORMATIVOS CADA VEZ MAS IMBRICADOS Y COMPROMETIDOS EN UN DESTINO COMUN, COMO SON EL DERECHO DE LA COMPETENCIA Y EL DERECHO DE LA CONTRATACION, AMBOS CON FUNCIONES NORMATIVAS Y POLITICO-JURIDICAS DIVERSAS AUNQUE COMPLEMENTARIAS, BASICAMENTE, ESTOS SON LOS OBJETIVOS PRINCIPALES DE LA INVESTIGACION PROYECTADA, QUE ENCUENTRAN UN MAYOR DESARROLLO Y CONCRECION EN LA MEMORIA, CONTRATACIÓN MERCANTIL\ OBLIGACIONES MERCANTILES\ COMPETENCIA DESLEAL\ ANTITRUST\ FORMACIÓN DEL CONTRATO\ PUBLICIDAD\ CONSENTIMIENTO NEGOCIAL\ CONTRATANTE DÉBIL\ CONEXIONES NORMATIVAS Y FUNCIONALES