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Videojuegos y creación digital 2025: Ayudas para la promoción del sector del videojuego, del pódcast y otras formas de creación digital
Las ayudas para la promoción del sector del videojuego, del pódcast y otras formas de creación digital, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tienen por objeto el apoyo al ecosistema del videojuego, del pódcast y de la creación digital. En todo caso, todos los proyectos deberán tener carácter y/o interés cultural.
Sólo fondo perdido 80%
Nacional
Convocatoria Cerrada, se espera que reabra en Noviembre Esta línea abrirá próximamente, el inicio de convocatoria será en el próximo mes de Noviembre.
Esta ayuda tiene otras 3 convocatoria(s) que puedes consultar.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Actividades objeto de la ayuda:

- La preproducción, producción y posproducción de videojuegos.
- La preproducción, producción y posproducción de pódcast de ficción o pódcastdivulgativos cuyo contenido verse sobre disciplinas culturales.
- La preproducción, producción y posproducción de productos culturales que usen tecnologías de realidad extendida u otros formatos de creación digital.
- La organización de eventos profesionales, programas de incubación y aceleración de empresas y exposiciones culturales, siempre que tengan relación directa con las actividades expuestas en los apartados anteriores.

Temáticas Obligatorias del proyecto: Temática videojuegos y creación digital: Actividades objeto de la ayuda: La preproducción, producción y posproducción de videojuegos. La preproducción, producción y posproducción de pódcast de ficción o pódcastdivulgativos cuyo contenido verse sobre disciplinas culturales. La preproducción, producción y posproducción de productos culturales que usen tecnologías de realidad extendida u otros formatos de creación digital. La organización de eventos profesionales, programas de incubación y aceleración de empresas y exposiciones culturales, siempre que tengan relación directa con las actividades expuestas en los apartados anteriores.

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las microempresas, pequeñas y medianas empresas con ánimo de lucro, que tengan residencia fiscal en España. Profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las microempresas, pequeñas y medianas empresas con ánimo de lucro, que tengan residencia fiscal en España.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Todas las actividades propuestas deberán contar con un interés cultural y/o artístico o servir a la promoción de las industrias creativas y culturales, en línea con el ejercicio de las competencias y atribuciones propias del Ministerio de Cultura. No se financiarán proyectos cuya actividad esencial sea netamente formativa o académica, ni competiciones, ligas o torneos de jugadores de videojuegos, como deportes electrónicos (esports).

La justificación de las ayudas que se concedan se realizará ante el Centro de Coordinación de Industrias Culturales, en los tres meses siguientes a la terminación del plazo de ejecución de las actividades, que se producirá entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

En el apartado de gastos:
a) El presupuesto incluirá el total de los gastos a realizar en el proyecto y no sólo los imputados a la ayuda solicitada.
b) Los gastos imputados a la ayuda solicitada en esta convocatoria no podrán superar el 80% del presupuesto total del proyecto.
c) Las partidas correspondientes a los gastos no subvencionables por esta línea de ayudas deberán ser financiadas con ingresos ajenos a la ayuda solicitada.
d) En el Anexo I de la presente convocatoria se establecen los gastos subvencionables.
Todas las actividades propuestas deberán contar con un interés cultural y/o artístico o servir a la promoción de las industrias creativas y culturales, en línea con el ejercicio de las competencias y atribuciones propias del Ministerio de Cultura. No se financiarán proyectos cuya actividad esencial sea netamente formativa o académica, ni competiciones, ligas o torneos de jugadores de videojuegos, como deportes electrónicos (esports).
La justificación de las ayudas que se concedan se realizará ante el Centro de Coordinación de Industrias Culturales, en los tres meses siguientes a la terminación del plazo de ejecución de las actividades, que se producirá entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
En el apartado de gastos:
a) El presupuesto incluirá el total de los gastos a realizar en el proyecto y no sólo los imputados a la ayuda solicitada.
b) Los gastos imputados a la ayuda solicitada en esta convocatoria no podrán superar el 80% del presupuesto total del proyecto.
c) Las partidas correspondientes a los gastos no subvencionables por esta línea de ayudas deberán ser financiadas con ingresos ajenos a la ayuda solicitada.
d) En el Anexo I de la presente convocatoria se establecen los gastos subvencionables.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Se demuestra que la tecnología funciona en las condiciones esperadas. En casi todos los casos, este TRL representa el final del desarrollo del sistema tecnológico y está listo para ser implementado. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%

a) La ayuda solicitada en esta convocatoria no podrá superar la cuantía de 80.000 euros.
b) Se especificarán las aportaciones ajenas a la ayuda para la realización del proyecto, que podrán consistir en otros ingresos públicos o privadas, o en fondos propios. El porcentaje mínimo que representen estas aportaciones ajenas a la ayuda sobre la cuantía total del proyecto estará condicionado por la cantidad solicitada como subvención, no pudiendo ser en ningún caso inferior al indicado en el siguiente apartado para cada tramo de ayudas.
AYUDA SOLICITADA PORCENTAJE MÍNIMO DE APORTACIONES AJENAS A LA AYUDA
Hasta 40.000,00 € (20%)
De 40.000,01 € a 60.000,00 € (30%)
De 60.000,01 € a 80.000,00 € (40%)
Las aportaciones ajenas a la ayuda solicitada no podrán ser en especie.
c) El solicitante deberá explicitar el origen de los ingresos que financiarán los gastos del presupuesto no imputados a la ayuda solicitada (fondos propios, aportaciones de otras entidades públicas o privadas…).
d) En el caso de que una parte o la totalidad de la financiación ajena a esta ayuda se base en una estimación de la posibilidad de percibir otras ayudas o patrocinios, su no obtención no eximirá de la obligación de disponer de un mínimo del 20% de ingresos distintos a esta ayuda.
a) La ayuda solicitada en esta convocatoria no podrá superar la cuantía de 80.000 euros.
b) Se especificarán las aportaciones ajenas a la ayuda para la realización del proyecto, que podrán consistir en otros ingresos públicos o privadas, o en fondos propios. El porcentaje mínimo que representen estas aportaciones ajenas a la ayuda sobre la cuantía total del proyecto estará condicionado por la cantidad solicitada como subvención, no pudiendo ser en ningún caso inferior al indicado en el siguiente apartado para cada tramo de ayudas.
AYUDA SOLICITADA PORCENTAJE MÍNIMO DE APORTACIONES AJENAS A LA AYUDA
Hasta 40.000,00 € (20%)
De 40.000,01 € a 60.000,00 € (30%)
De 60.000,01 € a 80.000,00 € (40%)
Las aportaciones ajenas a la ayuda solicitada no podrán ser en especie.
c) El solicitante deberá explicitar el origen de los ingresos que financiarán los gastos del presupuesto no imputados a la ayuda solicitada (fondos propios, aportaciones de otras entidades públicas o privadas…).
d) En el caso de que una parte o la totalidad de la financiación ajena a esta ayuda se base en una estimación de la posibilidad de percibir otras ayudas o patrocinios, su no obtención no eximirá de la obligación de disponer de un mínimo del 20% de ingresos distintos a esta ayuda.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda tiene efecto incentivador, por lo que el proyecto no puede haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
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