Innovating Works
Proyecto TechFabLab C. Valenciana
Ayudas para la financiación de proyectos de innovación tecnológic...
Se convoca la concesión de ayudas, en forma de subvenciones de capital, a otorgar por la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo con destino a la inversión en proyectos de Innovación tecnológica, sostenible, social e inteligente, a acometer por pymes.
Sólo fondo perdido 100%
Comunidad autónoma: COMUNITAT VALENCIANA
Esta convocatoria está abierta temporalmente Convocatoria de ayuda abierta temporalmente del 25-07-2025 hasta el 30-09-2025. La convocatoria puede cerrar antes si se terminan los fondos.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual.
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

1. Podrán ser objeto de ayuda los proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en las pymes para favorecer su transformación digital, mejorar su competitividad y adaptarlas a los desafíos del entorno actual. Estos proyectos deberán permitir la implementación en la pyme solicitante de soluciones innovadoras a través de las tecnologías habilitadoras digitales, en relación con los ámbitos subvencionables establecidos en la base 4 de las bases reguladoras.
2. Los proyectos deberán permitir la implementación en la pyme, empresa o persona autónoma solicitante, de soluciones innovadoras a través de las tecnologías habilitadoras digitales, en relación con los siguientes ámbitos subvencionables:
– Ciberseguridad: Inversiones en software y hardware para proteger infraestructuras, implementación de sistemas de gestión de la seguridad.
– Cloud Computing: Migración de datos y sistemas a la nube, contratación de servicios de almacenamiento y gestión de datos.
– Digitalización y automatización: Implementación de soluciones ERP/CRM, automatización de procesos productivos y administrativos; integración de bloc... ver más

1. Podrán ser objeto de ayuda los proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en las pymes para favorecer su transformación digital, mejorar su competitividad y adaptarlas a los desafíos del entorno actual. Estos proyectos deberán permitir la implementación en la pyme solicitante de soluciones innovadoras a través de las tecnologías habilitadoras digitales, en relación con los ámbitos subvencionables establecidos en la base 4 de las bases reguladoras.
2. Los proyectos deberán permitir la implementación en la pyme, empresa o persona autónoma solicitante, de soluciones innovadoras a través de las tecnologías habilitadoras digitales, en relación con los siguientes ámbitos subvencionables:
– Ciberseguridad: Inversiones en software y hardware para proteger infraestructuras, implementación de sistemas de gestión de la seguridad.
– Cloud Computing: Migración de datos y sistemas a la nube, contratación de servicios de almacenamiento y gestión de datos.
– Digitalización y automatización: Implementación de soluciones ERP/CRM, automatización de procesos productivos y administrativos; integración de blockchain a procesos.
– Industria 4.0: Adopción de tecnologías IoT, análisis de datos, inteligencia artificial, 5G y conectividad avanzada, robótica, diseño de agentes y machine learning para la optimización de procesos.
– Comercio electrónico y marketing digital: Desarrollo o mejora de plataformas de e-commerce, integración de herramientas de análisis de comportamiento y estrategias de marketing digital, así como automatización de procesos. ver menos

Características del participante

Ámbito COMUNITAT VALENCIANA :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: COMUNITAT VALENCIANA
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
1. Las personas beneficiarias de estas ayudas son todas las que encajen en las diferentes categorías que dentro del concepto de PYME se definen en el anexo I del mencionado Reglamento (UE) n.º 651/2014, que incluye tanto a microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como a personas autónomas, que encajen en los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas en ese mismo Anexo I y cuya sede social o establecimiento de producción se encuentre ubicado en el territorio de la Comunitat Valenciana en el momento de presentación de la solicitud, tal y como se determina en la Base 3 de las bases reguladoras. No se exige una antigüedad mínima en el desarrollo de la actividad previa a la solicitud ni una prolongación mínima de su mantenimiento una vez obtenida la ayuda.
2. Los proyectos deberán presentarse de forma individual, no siendo admisible su presentación en la modalidad en cooperación.
1. Las personas beneficiarias de estas ayudas son todas las que encajen en las diferentes categorías que dentro del concepto de PYME se definen en el anexo I del mencionado Reglamento (UE) n.º 651/2014, que incluye tanto a microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como a personas autónomas, que encajen en los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas en ese mismo Anexo I y cuya sede social o establecimiento de producción se encuentre ubicado en el territorio de la Comunitat Valenciana en el momento de presentación de la solicitud, tal y como se determina en la Base 3 de las bases reguladoras. No se exige una antigüedad mínima en el desarrollo de la actividad previa a la solicitud ni una prolongación mínima de su mantenimiento una vez obtenida la ayuda.
2. Los proyectos deberán presentarse de forma individual, no siendo admisible su presentación en la modalidad en cooperación.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: 1. Para cada una de estas temáticas, serán subvencionables la inversión en hardware, software o adquisición de licencias y alguno de los siguientes conceptos:
a. Diagnóstico de necesidades: Evaluación de la situación actual de la empresa en el ámbito de interés.
b. Implementación: Elaboración de un plan de adaptación personalizado para cada empresa beneficiaria.
c. Plan de formación: Definición e impartición de formación para el personal de la beneficiaria con la finalidad de implantar buenas prácticas en el uso de las tecnologías.
2. La ejecución de los proyectos deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2025 y deberán estar finalizados e íntegramente pagados en la fecha de finalización del plazo de justificación del gasto.
3. El presupuesto de la inversión deberá estar comprendido entre un mínimo de 5.000 € y un máximo de 50.000 €, IVA excluido.
4. Las tipologías de costes que se podrán considerar como subvencionables son las que figuran a continuación:
4.1. Servicios externos:
Los gastos de formación y obtención de conocimientos de tipo técnico adquirida por la asistencia de personal dedicado al desarrollo del proyecto a jornadas, cursos, estancias en centros de conocimiento, no podrán superar el 20 % de los costes subvencionables del proyecto.
4.2. Adquisición de inmovilizado intangible (activos inmateriales)
4.3. Adquisición o adaptación de inmovilizado material (activos materi...
1. Para cada una de estas temáticas, serán subvencionables la inversión en hardware, software o adquisición de licencias y alguno de los siguientes conceptos:
a. Diagnóstico de necesidades: Evaluación de la situación actual de la empresa en el ámbito de interés.
b. Implementación: Elaboración de un plan de adaptación personalizado para cada empresa beneficiaria.
c. Plan de formación: Definición e impartición de formación para el personal de la beneficiaria con la finalidad de implantar buenas prácticas en el uso de las tecnologías.
2. La ejecución de los proyectos deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2025 y deberán estar finalizados e íntegramente pagados en la fecha de finalización del plazo de justificación del gasto.
3. El presupuesto de la inversión deberá estar comprendido entre un mínimo de 5.000 € y un máximo de 50.000 €, IVA excluido.
4. Las tipologías de costes que se podrán considerar como subvencionables son las que figuran a continuación:
4.1. Servicios externos:
Los gastos de formación y obtención de conocimientos de tipo técnico adquirida por la asistencia de personal dedicado al desarrollo del proyecto a jornadas, cursos, estancias en centros de conocimiento, no podrán superar el 20 % de los costes subvencionables del proyecto.
4.2. Adquisición de inmovilizado intangible (activos inmateriales)
4.3. Adquisición o adaptación de inmovilizado material (activos materiales)
4.4. Gastos no encuadrables en las anteriores categorías, para los que se acredite su directa y exclusiva relación con el proyecto subvencionado.
No se considerarán subvencionables:
– Los gastos de personal.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 8:. Los sistemas están integrados, han sido probados en su forma final y bajo condiciones supuestas, habiendo alcanzado en muchos casos, el final del desarrollo del sistema. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:

1. La ayuda consistirá en una subvención del 100% de los costes del proyecto considerados subvencionables. Los costes subvencionables serán avalados por pruebas documentales claras, específicas y actualizadas.
2. La subvención máxima que se podrá conceder a cada proyecto no podrá superar los 50.000 euros. En caso de que la persona solicitante presente el máximo de dos proyectos de innovación, la subvención máxima por persona beneficiaria queda establecida en 100.000 euros.
3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
1. La ayuda consistirá en una subvención del 100% de los costes del proyecto considerados subvencionables. Los costes subvencionables serán avalados por pruebas documentales claras, específicas y actualizadas.
2. La subvención máxima que se podrá conceder a cada proyecto no podrá superar los 50.000 euros. En caso de que la persona solicitante presente el máximo de dos proyectos de innovación, la subvención máxima por persona beneficiaria queda establecida en 100.000 euros.
3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: La ejecución de los proyectos deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2025 y deberán estar finalizados e íntegramente pagados en la fecha de finalización del plazo de justificación del gasto (La justificación se presentará en el plazo de dos meses desde la realización de la inversión subvencionada, o un mes desde la notificación de la resolución de concesión si esta fuese posterior, y, en todo caso, con fecha límite el 15 de noviembre de 2025) + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Proyectos financiables en esta convocatoria.
* Este cálculo se ha realizado teniendo en cuenta un proyecto medio de 27.5K.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Será necesario presentar Declaración Responsable del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH (Do No Significant Harm) en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
+ info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.
Proyecto TechFabLab C. Valenciana Ayudas para la financiación de proyectos de innovación tecnológica a PYMES Comunidad Valenciana
1. Podrán ser objeto de ayuda los proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en las pymes para favorecer s...
Abierta | Desde 25-07-2025 Hasta el 30-09-2025