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Pequeñas empresas de base...
Pequeñas empresas de base tecnológica, Asturias: Subvenciones a pequeñas empresas de base tecnológica en el Principado de Asturias
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones por el IDEPA, en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar la puesta en marcha y desarrollo de EBT en el Principado de Asturias, con el fin de que los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico puedan convertirse en una realidad empresarial que aporte valor añadido al tejido empresarial de la región.
Sólo fondo perdido 80%
Comunidad autónoma: PRINCIPADO DE ASTURIAS
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 27-09-2022.
Hace más de 25 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Los proyectos subvencionables deberán ser desarrollados por pequeñas empresas, quedando excluidos los empresarios individuales/autónomos, deberán enmarcarse en los ámbitos y retos recogidos en la S3 y encuadrarse en una de las siguientes Fases:

Fase I.- Creación y puesta en marcha de una EBT
Fase II. Desarrollo y crecimiento de la EBT

Los proyectos subvencionables deberán tener como objeto la puesta en marcha o el desarrollo y crecimiento de una EBT en el Principado de Asturias, realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y la fecha que se establezca en cada caso en la Resolución de concesión.

En la Fase I se encuadrarán los proyectos dirigidos a la creación y puesta de marcha de la EBT, así como a la realización de actividades de I+D+i para el desarrollo de sus productos o servicios. Por otra parte, deberán de tratarse de nuevos proyectos empresariales, no siendo objeto de este programa apoyar la diversificación de empresas ya existentes o de empresarios establecidos que creen nuevas sociedades, en donde el proyecto surja como mera extensión de otro anterior, sin la justificación adecuada de la novedad en el... ver más

Los proyectos subvencionables deberán ser desarrollados por pequeñas empresas, quedando excluidos los empresarios individuales/autónomos, deberán enmarcarse en los ámbitos y retos recogidos en la S3 y encuadrarse en una de las siguientes Fases:

Fase I.- Creación y puesta en marcha de una EBT
Fase II. Desarrollo y crecimiento de la EBT

Los proyectos subvencionables deberán tener como objeto la puesta en marcha o el desarrollo y crecimiento de una EBT en el Principado de Asturias, realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y la fecha que se establezca en cada caso en la Resolución de concesión.

En la Fase I se encuadrarán los proyectos dirigidos a la creación y puesta de marcha de la EBT, así como a la realización de actividades de I+D+i para el desarrollo de sus productos o servicios. Por otra parte, deberán de tratarse de nuevos proyectos empresariales, no siendo objeto de este programa apoyar la diversificación de empresas ya existentes o de empresarios establecidos que creen nuevas sociedades, en donde el proyecto surja como mera extensión de otro anterior, sin la justificación adecuada de la novedad en el modelo de negocio.
En la Fase II se enmarcarán los proyectos dirigidos a promover el desarrollo empresarial y crecimiento de la EBT, entendiéndose éste como la realización de actividades dirigidas a la promoción y despliegue comercial de la empresa y de sus productos o servicios, quedando excluido el desarrollo de actividades de I+D+i. ver menos

Temáticas Obligatorias del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 5 temáticas.

1. 1. Agroalimentación: Agriculture and Food Technology, Biotechnology

2. 2. Envejecimiento Activo y Saludable: Medical Technology, Biomedical Imaging, Health Informatics, Medical Devices, Drug Delivery Systems, Genetic Engineering

3. 3. Patrimonio y Biodiversidad:

4. 4. Energía y Circularidad:

5. 5. Industria Inteligente y Resiliente: Materials Science, Mechanical Engineering, Robotics and Automation, Electronics, Production Engineering

Características del participante

Ámbito PRINCIPADO DE ASTURIAS :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: PRINCIPADO DE ASTURIAS
Fecha constitución: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con fecha de constitución "posterior" al 23-11-2019.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Duración:
Requisitos técnicos: PEQUEÑAS empresas innovadoras (EXCLUIDOS autónomos y comunidades de bienes) con las siguientes condiciones:
Tener un establecimiento en el Principado de Asturias y no estar inhabilitadas para la obtención de subvenciones.
Que al menos el 25% del capital social de la empresa pertenezca a uno o varios de los socios científico-técnicos que tengan una relación laboral a tiempo completo con la empresa solicitante, según se define en las bases reguladoras, y que cumplan uno de los dos requisitos siguientes:
-Tener una titulación oficial de al menos nivel 2 según el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), establecido por el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio (o una titulación universitaria oficial equivalente), que guarde una relación directa con la especialización tecnológica del proyecto que se plantea.
-Haber desarrollado actividades de I+D+i en empresas, durante al menos dos años, siempre que las funciones realizadas guarden una relación directa con la especialización tecnológica del proyecto que se plantea.
No haber distribuido beneficios, ni surgir de una operación de concentración.

Fase I
Haberse constituido en el ejercicio en curso o en los tres ejercicios anteriores.
Certificado de validación del "Plan de creación y puesta en marcha" emitido por el CEEI, que acredite que se trata de una empresa innovadora.

Fase II
Tener una fecha de constitución i...
PEQUEÑAS empresas innovadoras (EXCLUIDOS autónomos y comunidades de bienes) con las siguientes condiciones:
Tener un establecimiento en el Principado de Asturias y no estar inhabilitadas para la obtención de subvenciones.
Que al menos el 25% del capital social de la empresa pertenezca a uno o varios de los socios científico-técnicos que tengan una relación laboral a tiempo completo con la empresa solicitante, según se define en las bases reguladoras, y que cumplan uno de los dos requisitos siguientes:
-Tener una titulación oficial de al menos nivel 2 según el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), establecido por el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio (o una titulación universitaria oficial equivalente), que guarde una relación directa con la especialización tecnológica del proyecto que se plantea.
-Haber desarrollado actividades de I+D+i en empresas, durante al menos dos años, siempre que las funciones realizadas guarden una relación directa con la especialización tecnológica del proyecto que se plantea.
No haber distribuido beneficios, ni surgir de una operación de concentración.
Fase I
Haberse constituido en el ejercicio en curso o en los tres ejercicios anteriores.
Certificado de validación del "Plan de creación y puesta en marcha" emitido por el CEEI, que acredite que se trata de una empresa innovadora.
Fase II
Tener una fecha de constitución inferior a 5 años en el momento de la solicitud.
Que hayan disfrutado de ayudas previas (EBT fase I, NEOTEC del CDTI) o bien dispongan de la marca CEEI EIBT.
Certificado de validación del "Plan de desarrollo y crecimiento" emitido por el CEEI, que acredite que se trata de una empresa innovadora.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Personal.
Los costes de personal sólo cubrirán las horas de trabajo efectivo de las personas directamente dedicadas a la ejecución de la acción
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 1:. Es el nivel más bajo de madurez tecnológica. Incluye estudios en papel de las propiedades básicas de una tecnología o trabajo experimental que consiste principalmente en observaciones que identifican los principios que subyace a la tecnología. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase I será como máximo de 150.000,00 € y además no podrá superar 10 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de solicitud. En los proyectos de la Fase I la intensidad de la ayuda será del 70%, si bien el porcentaje de ayuda se podrá incrementar de forma acumulativa, hasta un máximo del 80%, en los supuestos descritos en la convocatoria.
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase II será como máximo de 60.000,00 € y además no podrá superar 4 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de solicitud. En estos proyectos la intensidad de la ayuda será del 50%.
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase I será como máximo de 150.000,00 € y además no podrá superar 10 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de solicitud. En los proyectos de la Fase I la intensidad de la ayuda será del 70%, si bien el porcentaje de ayuda se podrá incrementar de forma acumulativa, hasta un máximo del 80%, en los supuestos descritos en la convocatoria.
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase II será como máximo de 60.000,00 € y además no podrá superar 4 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de solicitud. En estos proyectos la intensidad de la ayuda será del 50%.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
^ "pepe"
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.

Otras ventajas

Deducción I+D+i:
0% 25% 50% 75% 100%
La empresa puede aplicar deducciones fiscales en I+D+i de los gastos del proyecto y reducir su impuesto de sociedades. + info