Pequeñas empresas de base tecnológica, Asturias: Subvenciones a pequeñas empresas de base tecnológica en el Principado de Asturias
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones por el IDEPA, en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar la puesta en marcha y desarrollo de EBT en el Principado de Asturias, con el fin de que los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico puedan convertirse en una realidad empresarial que aporte valor añadido al tejido empresarial de la región.
Convocatoria
Áreas
Cerrada
Presentación
Objetivo
Los proyectos subvencionables deberán ser desarrollados por pequeñas empresas, quedando excluidos los empresarios individuales/autónomos, deberán enmarcarse en los ámbitos y retos recogidos en la S3 y encuadrarse en una de las siguientes Fases:
Fase I.- Creación y puesta en marcha de una EBT
Fase II. Desarrollo y crecimiento de la EBT
Los proyectos subvencionables deberán tener como objeto la puesta en marcha o el desarrollo y crecimiento de una EBT en el Principado de Asturias, realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y la fecha que se establezca en cada caso en la Resolución de concesión.
En la Fase I se encuadrarán los proyectos dirigidos a la creación y puesta de marcha de la EBT, así como a la realización de actividades de I+D+i para el desarrollo de sus productos o servicios. Por otra parte, deberán de tratarse de nuevos proyectos empresariales, no siendo objeto de este programa apoyar la diversificación...
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Los proyectos subvencionables deberán ser desarrollados por pequeñas empresas, quedando excluidos los empresarios individuales/autónomos, deberán enmarcarse en los ámbitos y retos recogidos en la S3 y encuadrarse en una de las siguientes Fases:
Fase I.- Creación y puesta en marcha de una EBT
Fase II. Desarrollo y crecimiento de la EBT
Los proyectos subvencionables deberán tener como objeto la puesta en marcha o el desarrollo y crecimiento de una EBT en el Principado de Asturias, realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y la fecha que se establezca en cada caso en la Resolución de concesión.
En la Fase I se encuadrarán los proyectos dirigidos a la creación y puesta de marcha de la EBT, así como a la realización de actividades de I+D+i para el desarrollo de sus productos o servicios. Por otra parte, deberán de tratarse de nuevos proyectos empresariales, no siendo objeto de este programa apoyar la diversificación de empresas ya existentes o de empresarios establecidos que creen nuevas sociedades, en donde el proyecto surja como mera extensión de otro anterior, sin la justificación adecuada de la novedad en el modelo de negocio.
En la Fase II se enmarcarán los proyectos dirigidos a promover el desarrollo empresarial y crecimiento de la EBT, entendiéndose éste como la realización de actividades dirigidas a la promoción y despliegue comercial de la empresa y de sus productos o servicios, quedando excluido el desarrollo de actividades de I+D+i.
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Temáticas
- 1. Agroalimentación
- 2. Envejecimiento Activo y Saludable
- 3. Patrimonio y Biodiversidad
- 4. Energía y Circularidad
- 5. Industria Inteligente y Resiliente
Características del participante
Ambito
Constitución
Características del Proyecto
Requisitos
Presupuesto: mínimo 20.0K hasta 150.0K.
Requisitos
Tener un establecimiento en el Principado de Asturias y no estar inhabilitadas para la obtención de subvenciones.
Que al menos el 25% del capital social de la empresa pertenezca a uno o varios de los socios científico-técnicos que tengan una relación laboral a tiempo completo con la empresa solicitante, según se define en las bases reguladoras, y que cumplan uno de los dos requisitos siguientes:
-Tener una titulación oficial de al menos nivel 2 según el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), establecido por el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio (o una titulación universitaria oficial equivalente), que guarde una relación directa con la especialización tecnológica del proyecto que se plantea.
-Haber desarrollado actividades de I+D+i en empresas, durante al menos dos años, siempre que las funciones realizadas guarden una relación directa con la especialización tecnológica del proyecto que se plantea.
No haber distribuido beneficios, ni surgir de una operación de concentración.
Fase I
Haberse constituido en el ejercicio en curso o en los tres ejercicios anteriores.
Certificado de validación del "Plan de creación y puesta en marcha" emitido por el CEEI, que acredite que se trata de una empresa innovadora.
Fase II
Tener una fecha de constitución inferior a 5 años en el momento de la solicitud.
Que hayan disfrutado de ayudas previas (EBT fase I, NEOTEC del CDTI) o bien dispongan de la marca CEEI EIBT.
Certificado de validación del "Plan de desarrollo y crecimiento" emitido por el CEEI, que acredite que se trata de una empresa innovadora.
Capítulos
Tecnología
Características de la financiación
%
Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase I será como máximo de 150.000,00 € y además no podrá superar 10 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de solicitud. En los proyectos de la Fase I la intensidad de la ayuda será del 70%, si bien el porcentaje de ayuda se podrá incrementar de forma acumulativa, hasta un máximo del 80%, en los supuestos descritos en la convocatoria.
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase II será como máximo de 60.000,00 € y además no podrá superar 4 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de solicitud. En estos proyectos la intensidad de la ayuda será del 50%.
Fondos
Esta línea esta financiada por fondos: FEDER.
Condiciones
Información adicional de la convocatoria
E. Incentiv.
Respuesta
Competitiva
Minimis