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PERTE de digitalización d...
PERTE de digitalización del ciclo del agua: Proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua
En línea con la primera convocatoria, esta segunda convocatoria de ayudas está destinada a financiar proyectos de digitalización y mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua en línea con los objetivos del PERTE de digitalización del ciclo del agua. En concreto, la presente convocatoria está relacionada con la Componente 5, Inversión 3, del PRTR financiando actuaciones que pueden enmarcarse dentro de la submedida C5.I3a relativa a la mejora del conocimiento y la utilización de los recursos hídricos.
Sólo fondo perdido 100%
Nacional
Esta convocatoria está cerrada Esta línea ya está cerrada por lo que no puedes aplicar. Cerró el pasado día 13-12-2023.
Hace más de 11 mes(es) del cierre y aún no tenemos información sobre los proyectos financiados, no parece que se vaya a publicar esta información.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

En la práctica, esta segunda convocatoria busca financiar proyectos de digitalización del ciclo urbano del agua abarcando desde el abastecimiento en alta, distribución, saneamiento y depuración con el objetivo claro de mejorar el conocimiento de los usos del agua, reducir las pérdidas, mejorar la eficiencia de los sistemas, optimizar el gasto energético, impulsar la transparencia y la comunicación con la ciudadanía y los diferentes entes públicos y privados involucrados en las diferentes fases del ciclo urbano.

Serán objeto de financiación aquellos proyectos que se conformen con los siguientes tipos de actuaciones: de planificación (tipo A), de implementación de acciones de mejora de la eficiencia y digitalización (tipo B) o de gestión de la información (tipo C)

Temáticas Obligatorias del proyecto: El proyecto debe encajar en una de estas 3 temáticas.

1. Planificación (tipo A): Water Resources Management, Urban Water Management, Groundwater

2. Implementación de acciones de mejora de la eficiencia y digitalización (tipo B): Water Management, Wastewater Treatment, Water Reuse, Digitalization of Water Systems, Hydraulic Efficiency

3. Gestión de la información (tipo C): Digital Tools, Information Systems, Cybersecurity, Digital Management, Artificial Intelligence

Características del participante

Ámbito Nacional : La ayuda es de ámbito nacional, puede tramitarlo cualquier empresa con sede en España.
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán ser beneficiarias, conforme al artículo 6 de las Bases:
- Las personas jurídicas o las Uniones Temporales de Empresas (UTE), que sean operadores, titulares o tengan las competencias, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable.
- Los ayuntamientos, mancomunidades y demás entes locales de ámbito supramunicipal titulares de los citados servicios.
- Diputaciones, Comunidades Autónomas uniprovinciales, Cabildos y Consejos insulares.

Podrán presentarse de forma individual o constituyendo una agrupación tal y como se
contempla en las Bases.
Podrán ser beneficiarias, conforme al artículo 6 de las Bases:
- Las personas jurídicas o las Uniones Temporales de Empresas (UTE), que sean operadores, titulares o tengan las competencias, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable.
- Los ayuntamientos, mancomunidades y demás entes locales de ámbito supramunicipal titulares de los citados servicios.
- Diputaciones, Comunidades Autónomas uniprovinciales, Cabildos y Consejos insulares.
Podrán presentarse de forma individual o constituyendo una agrupación tal y como se
contempla en las Bases.
Condiciones Especiales: Cuidado: Es condición obligatoria que los beneficiarios sean operadores, titulares o tengan las competencias, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable.

A. Gestión directa:
a. Gestión por la propia Entidad Local.
b. Organismo autónomo local.
c. Entidad pública empresarial local.
d. Sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pública.
B. Gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión
de servicios públicos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

El operador es la entidad que realiza la gestión de los servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración, pudiendo ser dicha gestión, de acuerdo a lo explicado en el epígrafe anterior, directa o indirecta.
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Para optar a estas ayudas, cada proyecto deberá incluir uno o varios términos municipales, de forma que, de manera individual o conjunta, el proyecto seleccionado atienda, como mínimo, a una población de forma permanente no inferior a 20.000 habitantes. Se emplearán los datos del INE para el año 2021. Se suministrará este valor de referencia en la página web de la presente convocatoria.

No obstante lo anterior, de manera excepcional el solicitante o la agrupación de solicitantes, podrá incluir la población estacional de los términos municipales incluidos en el ámbito de actuación del proyecto para llegar al umbral mínimo de 20.000 habitantes.

El periodo de ejecución material del proyecto estará comprendido entre 1 de febrero de 2020 y como máximo el 30 de junio de 2026. Los beneficiarios deberán certificar el inicio de las actuaciones objeto de subvención en el plazo de nueve (9) meses desde el otorgamiento de la ayuda, así como la ejecución al menos del 40% del importe del coste subvencionable de las actuaciones previstas en el plazo de dieciocho (18) meses desde el otorgamiento de la ayuda.
Para optar a estas ayudas, cada proyecto deberá incluir uno o varios términos municipales, de forma que, de manera individual o conjunta, el proyecto seleccionado atienda, como mínimo, a una población de forma permanente no inferior a 20.000 habitantes. Se emplearán los datos del INE para el año 2021. Se suministrará este valor de referencia en la página web de la presente convocatoria.
No obstante lo anterior, de manera excepcional el solicitante o la agrupación de solicitantes, podrá incluir la población estacional de los términos municipales incluidos en el ámbito de actuación del proyecto para llegar al umbral mínimo de 20.000 habitantes.
El periodo de ejecución material del proyecto estará comprendido entre 1 de febrero de 2020 y como máximo el 30 de junio de 2026. Los beneficiarios deberán certificar el inicio de las actuaciones objeto de subvención en el plazo de nueve (9) meses desde el otorgamiento de la ayuda, así como la ejecución al menos del 40% del importe del coste subvencionable de las actuaciones previstas en el plazo de dieciocho (18) meses desde el otorgamiento de la ayuda.
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 7:. El diseño final está prácticamente completo. El prototipo se prueba en un entorno operativo real y se abordan adecuadamente todas las cuestiones críticas de escalado para demostrar su rendimiento. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
IMPORTE MÁXIMO DE LA AYUDA:
La cuantía máxima de la ayuda para cada municipio del ámbito territorial del proyecto será determinada en función de la población residente de forma permanente, de acuerdo a los siguientes umbrales, no pudiendo superarse la cuantía máxima de 10.000.000,00 de euros por proyecto en ningún caso. El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud de ayuda será de 500.000 euros.
> 500.000 habitantes - 8.000.000,00 €
> 100.000 - 500.000 habitantes - 6.000.000,00 €
> 50.000 - 100.000 habitantes - 4.000.000,00 €
5.000 - 50.000 habitantes - 1.500.000,00 €
< 5.000 habitantes - 500.000,00 €
INTENSIDAD DE LA AYUDA
La intensidad máxima de la ayuda no tiene un valor único asignado al proyecto, sino que la intensidad de la ayuda puede ser diferente para cada una de las actuaciones.
a) Actuaciones financiables que den servicio a términos municipales con una población permanente inferior a 20.000 habitantes:
– Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un máximo del 90% de los costes elegibles.
b) Actuaciones financiables implementadas en las tipologías A, C, B.3 y B.4, excepto aquellas recogidas en el punto anterior:
– Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un máximo del 80% de los costes elegibles.
c) Actuaciones financiables para el resto de las tipologías:
– Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un máximo del 60% de los costes elegibles.
d) Complementos de financiación:
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IMPORTE MÁXIMO DE LA AYUDA:
La cuantía máxima de la ayuda para cada municipio del ámbito territorial del proyecto será determinada en función de la población residente de forma permanente, de acuerdo a los siguientes umbrales, no pudiendo superarse la cuantía máxima de 10.000.000,00 de euros por proyecto en ningún caso. El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud de ayuda será de 500.000 euros.
> 500.000 habitantes - 8.000.000,00 €
> 100.000 - 500.000 habitantes - 6.000.000,00 €
> 50.000 - 100.000 habitantes - 4.000.000,00 €
5.000 - 50.000 habitantes - 1.500.000,00 €
< 5.000 habitantes - 500.000,00 €
INTENSIDAD DE LA AYUDA
La intensidad máxima de la ayuda no tiene un valor único asignado al proyecto, sino que la intensidad de la ayuda puede ser diferente para cada una de las actuaciones.
a) Actuaciones financiables que den servicio a términos municipales con una población permanente inferior a 20.000 habitantes:
– Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un máximo del 90% de los costes elegibles.
b) Actuaciones financiables implementadas en las tipologías A, C, B.3 y B.4, excepto aquellas recogidas en el punto anterior:
– Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un máximo del 80% de los costes elegibles.
c) Actuaciones financiables para el resto de las tipologías:
– Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un máximo del 60% de los costes elegibles.
d) Complementos de financiación:
– En los proyectos que incorporen actuaciones B.1, B.2, B.3 y B.4 y que, por lo tanto, mejoren de forma integral la gestión del ciclo del agua en todo el ámbito territorial del proyecto, se añadirá un 10% adicional al porcentaje de intensidad máxima aplicable a los costes elegibles de todas las actividades financiables del proyecto.
e) La cuantía de la ayuda en relación a actuaciones tipo B.2, B.5, B.6 y B.7 no podrán representar, en total, más del 40% del presupuesto de la ayuda solicitada en el proyecto.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
Competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
^ "pepe"
Minimis: Esta línea de financiación NO considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

Sello PYME: Tramitar esta ayuda con éxito permite conseguir el sello de calidad de “sello pyme innovadora”. Que permite ciertas ventajas fiscales.