Temáticas obligatorias de los proyectos para la ayuda PERTE AGROALIMENTARIO
Línea bloque de competitividad:
1. Dentro de este bloque, las entidades que integran la agrupación deberán llevar a cabo actuaciones a nivel individual, así como en cooperación. Las mismas se clasifican en actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de carácter obligatorio. Estas últimas se tendrán que llevar a cabo si la agrupación opta por considerar este bloque como uno de los dos a los que hace referencia el artículo 10.4 de las bases. En el anexo III A.1) se especifican, de forma indicativa, alguna de las actividades que se pueden desarrollar en el marco de las actuaciones definidas en este artículo. 2. Las actuaciones individuales que se contemplan para este bloque y que, de forma obligatoria, deben ser llevadas a cabo por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación son: Automatización de procesos. Sensorización de procesos y toma y tratamiento masivo de datos. 3. Las actuaciones individuales que se contemplan, de forma voluntaria, para este bloque, y que deben ser ejecutadas por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación, en caso de considerarse son: Introducción de robótica. Implantación de sistemas de visión artificial en los procesos productivos. Innovación en la gestión de aprovisionamientos y la logística interna de la empresa.&nb...
1. Dentro de este bloque, las entidades que integran la agrupación deberán llevar a cabo actuaciones a nivel individual, así como en cooperación. Las mismas se clasifican en actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de carácter obligatorio. Estas últimas se tendrán que llevar a cabo si la agrupación opta por considerar este bloque como uno de los dos a los que hace referencia el artículo 10.4 de las bases. En el anexo III A.1) se especifican, de forma indicativa, alguna de las actividades que se pueden desarrollar en el marco de las actuaciones definidas en este artículo. 2. Las actuaciones individuales que se contemplan para este bloque y que, de forma obligatoria, deben ser llevadas a cabo por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación son: Automatización de procesos. Sensorización de procesos y toma y tratamiento masivo de datos. 3. Las actuaciones individuales que se contemplan, de forma voluntaria, para este bloque, y que deben ser ejecutadas por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación, en caso de considerarse son: Introducción de robótica. Implantación de sistemas de visión artificial en los procesos productivos. Innovación en la gestión de aprovisionamientos y la logística interna de la empresa. Implantación de soluciones de inteligencia artificial y simulación de procesos. 4. La actuación en cooperación que se contempla para este bloque, y que de forma obligatoria se tiene que llevar a cabo garantizando la participación de, al menos, dos de las entidades que integran la agrupación es: Integración a través de la digitalización para la mejora en la eficiencia de los procesos. 5. Las actuaciones en cooperación que se contemplan para este bloque, de forma voluntaria, que deben ser ejecutadas garantizando la participación de, al menos, dos de las entidades que integran la agrupación, en caso de que se consideren, son: Diseño de mecanismos de toma de decisión conjunta basados en digitalización. Optimización del manteniendo a lo largo de la cadena de valor de un producto. leer más
Automation
Data Processing
Robotics
Artificial Intelligence
Digital Integration
Efficiency Improvement
Línea bloque de sostenibilidad:
1. Dentro de este bloque, las entidades que integran la agrupación deberán llevar a cabo actuaciones a nivel individual, así como en cooperación. Las mismas se clasifican en actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de carácter obligatorio. Éstas últimas se tendrán que llevar a cabo si la agrupación opta por considerar este bloque como uno de los dos a los que hace referencia el artículo 10.4 de las bases. En el anexo III A.2) se especifican, de forma indicativa, alguna de las actividades que se pueden desarrollar en el marco de las actuaciones definidas en este artículo. 2. Las actuaciones individuales que se contemplan para este bloque y que, de forma obligatoria, deben ser llevadas a cabo por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación son: Actuaciones de ahorro energético en planta. Reducción de los consumos de recursos. 3. Las actuaciones individuales que se contemplan, de forma voluntaria, para este bloque, y que deben ser ejecutadas por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación, en caso de considerarse son: Implantación de instalaciones de energía renovable y autoconsumo. Puesta en marcha de sistemas de aprovisionamiento sostenible. Introducción de sistemas de reutilización y depuración de agua. En procesos d...
1. Dentro de este bloque, las entidades que integran la agrupación deberán llevar a cabo actuaciones a nivel individual, así como en cooperación. Las mismas se clasifican en actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de carácter obligatorio. Éstas últimas se tendrán que llevar a cabo si la agrupación opta por considerar este bloque como uno de los dos a los que hace referencia el artículo 10.4 de las bases. En el anexo III A.2) se especifican, de forma indicativa, alguna de las actividades que se pueden desarrollar en el marco de las actuaciones definidas en este artículo. 2. Las actuaciones individuales que se contemplan para este bloque y que, de forma obligatoria, deben ser llevadas a cabo por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación son: Actuaciones de ahorro energético en planta. Reducción de los consumos de recursos. 3. Las actuaciones individuales que se contemplan, de forma voluntaria, para este bloque, y que deben ser ejecutadas por, al menos, alguna de las entidades que integran la agrupación, en caso de considerarse son: Implantación de instalaciones de energía renovable y autoconsumo. Puesta en marcha de sistemas de aprovisionamiento sostenible. Introducción de sistemas de reutilización y depuración de agua. En procesos de envasado, introducción de nuevos materiales y diseños. 4. Las actuaciones en cooperación que se contemplan para este bloque, de forma obligatoria, que tienen que ser llevadas a cabo garantizando la participación de al menos, dos de las entidades que integran la agrupación, son: Gestión ambiental conjunta. Adopción de compromisos globales de reducción de huella ambiental de un producto. 5. La actuación en cooperación que se contempla para este bloque, de forma voluntaria, que tiene que ser llevada a cabo garantizando la participación de, al menos, dos de las entidades que integran la agrupación, en caso de que se consideren, es: Propuestas para el diseño del ciclo de vida integral de un producto. Ninguna de las actuaciones previstas en este artículo podrán contemplar inversiones que estén destinadas a realizar una adecuación de la entidad a normas de la Unión Europea ya adoptadas, y que aún no hayan entrado en vigor.
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Energy Efficiency
Resource Consumption Reduction
Renewable Energy
Sustainable Practices
Water Management
Packaging Innovation
Environmental Management
Product Life Cycle Design
Línea bloque de trazabilidad y seguridad alimentaria:
Este bloque debe de incluirse obligatoriamente en el proyecto tractor, y en el mismo se prevé una única actuación que habrá de ser llevada a cabo en cooperación con la participación de todas las entidades que integren la agrupación, siempre que pertenezcan a la cadena de valor sobre el que se desarrolla el proyecto tractor. La actuación comprende la elaboración y ejecución de un plan integral de trazabilidad y seguridad alimentaria (PITSA). En el anexo III A.3) se especifican de forma más detallada los aspectos más concretos de la actuación definida en este artículo.
Este bloque debe de incluirse obligatoriamente en el proyecto tractor, y en el mismo se prevé una única actuación que habrá de ser llevada a cabo en cooperación con la participación de todas las entidades que integren la agrupación, siempre que pertenezcan a la cadena de valor sobre el que se desarrolla el proyecto tractor. La actuación comprende la elaboración y ejecución de un plan integral de trazabilidad y seguridad alimentaria (PITSA). En el anexo III A.3) se especifican de forma más detallada los aspectos más concretos de la actuación definida en este artículo.
Food Traceability
Food Safety
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