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SUBVENCIONES DESTINADAS A...
SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS: Proyectos empresariales Castilla y León para la creación de empresas
Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.
Sólo fondo perdido 50%
Comunidad autónoma: CASTILLA Y LEÓN
Esta convocatoria está siempre abierta Esta línea no tiene fechas de inicio y final, es una linea a la que puedes aplicar todo el año. Las condiciones suelen ser estables pero podrían cambiar eventualmente.
Presentación: Individual Individual: Esta ayuda esta diseñada para aplicar a ella de manera individual..
Esta ayuda financia Proyectos: Objetivo del proyecto:

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad.
a) Obra civil y adquisición de bienes inmuebles
b) Bienes de equipo
c) Los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos
d) Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, utensilios necesarios para prestación del servicio, etc.
e) Otras inversiones en activos inmateriales, consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados
f) Los gastos notariales y registrales para la constitución de la sociedad.
g) Los gastos de consultoría externa para la elaboración del plan de empresa necesario para la puesta en marcha de la nueva actividad

Características del participante

Ámbito CASTILLA Y LEÓN :
Solo pueden aplicar a esta linea las empresas con sede en: CASTILLA Y LEÓN
Tipo y tamaño de organizaciones: La tramitación de esta ayuda sólo permite:
Podrán tener la condición de empresa beneficiaria de las subvenciones reguladas en esta convocatoria los autónomos y PYMES, que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable, perteneciente a los sectores económicos indicados en el apartado de CNAES subvencionables. Podrán tener la condición de empresa beneficiaria de las subvenciones reguladas en esta convocatoria los autónomos y PYMES, que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable, perteneciente a los sectores económicos indicados en el apartado de CNAES subvencionables.
CNAE: Sólo se permite aplicar a esta ayuda aquellas empresas con CNAE: 95, 91, 90, 873, 869, 855, 851, 70, 69, 58, 5610, 55, 479, 478, 4730, 4726, 4671, 463, 462, 461, 43, 39, 38, 301, 254, 12, 11, 10, 09, 08. ver más
No ser empresa en crisis: No puedes tramitar esta ayuda si tu compañía se encuentra “en crisis”.

Características del Proyecto

Requisitos de diseño: Presupuesto:
Requisitos técnicos: Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos siguientes:
a) Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
b) El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
c) El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida en la convocatoria
Los proyectos de inversión deben reunir los requisitos siguientes:
a) Se debe presentar la solicitud de subvención, antes de concluir materialmente o ejecutar íntegramente el proyecto, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
b) El proyecto tiene que ser viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
c) El proyecto aprobado por el Instituto debe superar, en su caso, la cuantía mínima establecida en la convocatoria
Capítulos financiables: Los capítulos de gastos financiables para esta línea son:
Materiales.
Los costes de material incluyen, entre otros, los gastos en materias primas, suministros y componentes necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que sean justificables y directamente relacionados con las actividades del proyecto
Subcontrataciones.
Gastos en contratar a terceros para realizar actividades específicas del proyecto, siempre que estas tareas no puedan ser realizadas por el personal propio, o otro miembro del proyecto, y sean esenciales para el desarrollo del proyecto
Amortizaciones.
Los gatos en Amortización incluyen la parte proporcional del valor de los equipos y materiales duraderos utilizados en el proyecto, calculada en función de su depreciación durante el periodo de ejecución del proyecto
Activos.
Se incluye la adquisición de equipos, activos y tecnologías necesarias para el desarrollo del proyecto, siempre que sean indispensables y se justifique su utilidad exclusiva para las actividades
Madurez tecnológica: La tramitación de esta ayuda requiere de un nivel tecnológico mínimo en el proyecto de TRL 9:. La tecnología está en su forma final y funciona bajo una amplia gama de condiciones. + info.
TRL esperado:

Características de la financiación

Intensidad de la ayuda: Sólo fondo perdido + info
Fondo perdido:
0% 25% 50% 75% 100%
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido y la cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable. En los proyectos subvencionables que se localicen en los municipios incluidos en Planes de Recuperación aprobados por el órgano competente, se aplicará el 75% sobre el coste subvencionable, durante el periodo que se determine en cada Plan.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido y la cuantía se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable. En los proyectos subvencionables que se localicen en los municipios incluidos en Planes de Recuperación aprobados por el órgano competente, se aplicará el 75% sobre el coste subvencionable, durante el periodo que se determine en cada Plan.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
Fondos: Esta línea esta financiada por:
Garantías:
No exige Garantías
No existen condiciones financieras para el beneficiario.

Información adicional de la convocatoria

Efecto incentivador: Esta ayuda no tiene efecto incentivador. + info.
Respuesta Organismo: Se calcula que aproximadamente, la respuesta del organismo una vez tramitada la ayuda es de:
Meses de respuesta:
No competitiva:
No Competitiva Competitiva Muy Competitiva
El presupuesto total de la convocatoria asciende a
Presupuesto total de la convocatoria.
Minimis: Esta línea de financiación se considera una “ayuda de minimis”. Puedes consultar la normativa aquí.
Certificado DNSH: Los proyectos presentados a esta línea deben de certificarse para demostrar que no causan perjuicio al medio ambiente. + info

Otras ventajas

No se han especificado otras ventajas que se obtienen de la tramitación de esta ayuda.